Cumplimiento legal y supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras Cláusulas de Ejemplo

Cumplimiento legal y supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras. Credix está inscrita y vigente en el Registro Público xx Xxxxx Rica, que opera bajo las normas más estrictas y de calidad acatando todas las normas contables según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIFF), promulgadas por el International Accounting Standars Board (IASB), mismas que son auditadas anualmente por la firma Deloitte. Así mismo, cumple en todos sus extremos con las leyes y reglamentos vigentes en Xxxxx Rica siendo además, una entidad bajo la supervisión del Ministerio de Economía, Industria y Comercio el cual tiene la competencia de ser el ente rector de las políticas públicas
Cumplimiento legal y supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras. Se advierte al público que Credix World S.A 0-000-000000 es supervisada solamente en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva, y además se encuentra sujeta a disposiciones vinculantes de la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas. Por lo tanto, la SUGEF no supervisa en materia financiera a Credix World S.A , ni los negocios que ofrece, ni su seguridad, estabilidad o solvencia.
Cumplimiento legal y supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras. Credix está inscrita y vigente en el Registro Público xx Xxxxx Rica, que opera bajo las normas más estrictas y de
Cumplimiento legal y supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras. Credix está inscrita y vigente en el Registro Público xx Xxxxx Rica, que opera bajo las normas más estrictas y de calidad acatando todas las normas contables según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIFF), promulgadas por el International Accounting Standars Board (IASB), mismas que son auditadas anualmente por la firma Deloitte. Así mismo, cumple en todos sus extremos con las leyes y reglamentos vigentes en Xxxxx Rica siendo además, una entidad bajo la supervisión del Ministerio de Economía, Industria y Comercio el cual tiene la competencia de ser el ente rector de las políticas públicas de Estado en materia de fomento a la iniciativa privada, desarrollo empresarial y fomento de la cultura empresarial para los sectores de la industria, comercio y servicios, así como para el sector de pequeñas y medianas empresas. La inscripción de CREDIX WORLD SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- quinientos setenta y cinco mil ochocientos ochenta y cinco, ante la Superintendencia General de Entidades Financieras no es una autorización para operar, y la supervisión que ejerce esa Superintendencia es sólo en materia de

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  • REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley 8653, bajo el registro número Gxx-xx-Axx-xxx de fecha xx de xxxxxxx de 2013.

  • SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Concurso Público N° 007-2019-SBS 60

  • Comisión de Seguimiento Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía e Infraestructuras, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios Avanza- dos a Pymes, SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio. El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección3.ª, Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía e Infraestructuras, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empa- te. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funciona- miento del presente convenio. A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones: a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente. b) Xxxxxxx y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio. c) Aprobar, cuando no sean objeto de addenda, las modificaciones previstas en la cláusula xxxxxxx xxx xxxxxxxx xxxxxxxx. 00 xx 00 x) Xxxxxxx la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de la información. e) Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión xx Xxxxx- miento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituiciones firmantes.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • VIGENCIA DEL SERVICIO “El Prestador de Servicios” se obliga a la prestación del servicio a partir del día 19 (Diecinueve) xx Xxxxx y hasta el 31 (Treinta y Uno) de Diciembre de 2017.-------------------------

  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • GARANTÍA DEL SERVICIO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DEBERÁ GARANTIZAR QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE REALIZARÁ DE CONFORMIDAD A LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DESCRITAS EN EL ANEXO TÉCNICO Y A PROPORCIONARLO EN ESTRICTAS CONDICIONES DE EFICIENCIA Y CONFIDENCIALIDAD, EN LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS PARA TAL EFECTO.

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.