Definición de Comisión de Seguimiento

Comisión de Seguimiento estará integrada por el Ministerio de Turismo y Deporte, la Comisión de Patrimonio Cultural de la Nación, la Intendencia de Paysandú, la Comisión de Turismo de la Junta Departamental de Paysandú y la Junta Local de Chapicuy. Su función es realizar el seguimiento del desempeño del concesionario de acuerdo a lo dispuesto en el contrato de gestión, y velar por los objetivos del proyecto global. Comitente Público: esta expresión se empleará en las presentes bases refiriéndose al MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE. CPCN: acrónimo de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación.
Comisión de Seguimiento. Ambas partes establecen que la comisión de seguimiento, responsable de la correcta aplicación de las medidas y acciones contenidas en este pacto, será la comisión por la igualdad, constituida el pasado 26 xx xxxx de 2004 en acuerdo de la comisión de seguimiento del III acuerdo marco del grupo Repsol. Para facilitar el seguimiento del plan en cada negocio, los sindicatos firmantes del acuerdo podrán designar agentes colaboradores en materia de igualdad de oportunidades.
Comisión de Seguimiento. Ambas partes designarán un coordinador del Programa no sólo para supervisar y facilitar la implementación del presente MOU, sino también para el desarrollo de futuros acuerdos.

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  • Toda controversia surgida de la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y ejecución del presente convenio, deberá solventarse de común acuerdo y mediante consulta o negociación entre ambas partes, a través de la Comisión de Seguimiento o de cualquier otro mecanismo acordado por ambas partes.

  • Dispóngase la creación de una Comisión de Seguimiento e Interpretación del Convenio Colectivo, que tendrá como primera finalidad efectuar un control y evaluación sobre el cumplimiento del presente, informando las dificultades que se encuentren y con facultades de sugerir modificaciones a ser tratadas en el futuro.

  • Se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de cada una de las partes firmantes del Convenio.

  • La Comisión de Seguimiento quedará inmediatamente constituida tras la firma del presente Convenio, debiendo comunicar cada una de las partes a las otras sus representantes en el plazo de dos semanas desde la firma.

  • En caso que la Comisión Negociadora de Nivel Particular no se encuentre constituida en la Institución Universitaria Nacional, se podrá requerir la intervención de la Comisión de Seguimiento e Interpretación.

  • La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los miembros de la Comisión de Seguimiento, será anunciada en la convocatoria de la reunión correspondiente, y quedará debidamente reflejada en el acta de la misma.

  • En el supuesto de producirse situaciones de este tipo, en la Comisión de Seguimiento se acordarán las medidas necesarias para conseguir suficiente información para que esta situación no afecte al seguimiento del cumplimiento de los objetivos.

  • En su caso, la Comisión de Seguimiento adoptará las medidas necesarias para facilitar la liquidación de las obligaciones en curso, de acuerdo con la normativa vigente.

  • Formarán parte de la Comisión de Seguimiento, por parte de la Universidad Autónoma de Madrid, el/la Vicerrector/a de Internacionalización o persona en quien delegue y el/la Director/a del Servicio de Relaciones Internacionales y Movilidad o persona en quien delegue.

  • En cualquier caso, el doctorando o doctoranda tiene la obligación de seguir las recomendaciones que se deriven tanto de la Comisión de Seguimiento del proyecto como de la Comisión Académica del programa de doctorado.


More Definitions of Comisión de Seguimiento

Comisión de Seguimiento. Comisión de Seguimiento al Servicio Profesional Electoral Nacional con carácter administrativa.
Comisión de Seguimiento. Con el objeto de seguir este acuerdo, Iberia y SEPLA-Iberia constituirán una Comisión a tal efecto que se reunirá cada seis meses (julio y enero). Esta Comisión dispondrá de la información necesaria para realizar un seguimiento efectivo del acuerdo. Acta Comisión Negociadora aneja al VI Convenio Colectivo de Pilotos Se mantiene durante la vigencia del VI Convenio Colectivo de Pilotos el Fondo para Consecución de Objetivos fijados por la Dirección de la empresa, con tratamiento independiente de la masa salarial. El logro de los mismos determinado por la Dirección dará lugar a la percepción de las cantidades por niveles que a continuación se relacionan: Nivel Año 1996 — Pesetas Año 1997 — Pesetas Año 1998 — Pesetas Año 1999 — Pesetas 1D 153.429 156.498 159.784 163.139 1C 143.862 146.739 149.821 152.967 1B 134.892 137.590 140.479 143.429 1A 124.789 127.285 129.958 132.687 1 114.574 116.865 119.319 121.825 2 103.811 105.887 108.111 110.381 3 92.914 94.772 96.762 98.794 4 81.882 83.520 85.274 87.065 5 62.946 64.205 65.553 66.930 6 55.465 56.574 57.762 58.975 7 47.503 48.453 49.471 50.510 8 36.599 37.331 38.115 38.915 Reducción salarial: 16,37 por 100 .... 16,37 por 100 16,37 por 100 16,37 por 100 Reducción salarial por cesión de acti- vidad: 4,51 por 100 .................. — — — El abono de esta cantidad se efectuará, en nómina separada, coin- cidiendo con el pago de la nómina de diciembre, y con el nivel en el que el Piloto se encuentre a 31 de diciembre. Durante la vigencia del VI Convenio Colectivo y ligado a la consecución de beneficios, la compañía aportará al Fondo Solidario de Pilotos una cantidad anual por cada Tripulante, piloto equivalente a 33.820 pesetas para el año 1996, 34.496 pesetas para el año 1997, 35.220 pesetas para el año 1998 y 35.960 pesetas para el año 1999. Esta cantidad tendrá tra- tamiento independiente de la masa salarial. El abono de esta cantidad se efectuará coincidiendo con el pago de la nómina de diciembre. 17894 ORDEN de 26 de julio de 1999 por la que se corrige error referido a la extensión del Convenio Colectivo de la empresa Advertido error en la extensión del Convenio Colectivo de la empresa «El Norte xx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima», con vigencia para los años 1996, 1997 y 1998, al Sector de Prensa y Agencias Informativas de todo el ámbito nacional acordada por este Departamento con fecha 23 xx xxxxx de 1999 («Boletín Oficial del Estado número 138, de 10 xx xxxxx), error que se concreta en el apartado 3 del Acuerdo de extens...
Comisión de Seguimiento. Órgano consultivo, encargado de dirimir todas aquellas cuestiones o problemas no resueltos o no previstos en este Convenio Marco, así como de coadyuvar en las labores de interpretación del cuerpo del Convenio y de los problemas existentes en la ejecución del mismo.
Comisión de Seguimiento. La Comisión de Seguimiento estará integrada por un representante de cada una de las partes con nivel de Subdirector General o equivalente, que podrá delegar sus funciones en la persona que considere con un nivel mínimo de Jefe de Área. Corresponderá a la Comisión de Seguimiento la aprobación de la solicitud de cambios o mejoras significativos en la aplicación o en su entorno de explotación, así como la determinación de la forma de llevarlos a cabo, su seguimiento y en su caso, sus costes. También tomará conocimiento de cualesquiera otros cambios o mejoras que el Ministerio de Justicia decida incorporar a los aplicativos de cara a un mejor funcionamiento de los mismos. En la Comisión de Seguimiento se revisarán los cambios en el escenario de uso. La Comisión de Seguimiento podría ser convocada por cualquiera de las partes,
Comisión de Seguimiento. Se formará una comisión de seguimiento del Memorando de Entendimiento, integrada por dos miembros de cada institución que se reunirán de forma ordinaria una vez al año para evaluar el funcionamiento del mismo. También se reunirá de forma extraordinaria a petición de alguna de las partes. Dichas reuniones podrán realizarse de forma no presencial utilizando cualquiera de las tecnologías de la comunicación disponibles.
Comisión de Seguimiento. Se establecerá una comisión de seguimiento que atienda las incidencias que pudieran darse con las personas adscritas a esta modalidad durante su ausencia de la empresa.

Related to Comisión de Seguimiento

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Cumplimiento significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores Fracción Arancelaria TIGIE Descripción a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Fideicomiso significa el contrato de fideicomiso maestro, irrevocable, de administración y fuente de pago, de fecha [●] de [●] de [●], celebrado entre el Estado, en calidad de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, y [●] como fiduciario, para que sirva como fuente de pago de los financiamientos o créditos, las garantías de pago oportuno y/o los instrumentos de intercambio de flujos que celebre, en su caso, el Estado, según el mismo sea modificado, de tiempo en tiempo, e inclusive reexpresado en su totalidad.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato.