DAÑOS POR AGUA. SE AMPARAN LOS DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS DESCRITOS EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O SUS CONDICIONES PARTICULARES CAUSADOS DIRECTAMENTE POR AGUA NO PROVENIENTE DEL EXTERIOR DE LA EDIFICACIÓN DESCRITA EN ESTE CONTRATO DE SEGURO. PARA LOS EFECTOS DE ESTE AMPARO SE ENTIENDE POR "EDIFICACIÓN” LA TOTALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN ASEGURADA O QUE CONTIENE LOS BIENES ASEGURADOS. PARA CUALQUIER PREDIO CONFORMADO POR VARIOS EDIFICIOS SEPARADOS SE CONSIDERA EDIFICACIÓN CADA UNO DE ELLOS EN FORMA INDEPENDIENTE.
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Samples: Póliza De Seguro Todo Riesgo
DAÑOS POR AGUA. SE AMPARAN LOS DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS DESCRITOS EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O SUS CONDICIONES PARTICULARES CAUSADOS DIRECTAMENTE POR AGUA NO PROVENIENTE DEL EXTERIOR DE LA EDIFICACIÓN DESCRITA EN ESTE CONTRATO DE SEGURO. PARA LOS EFECTOS DE ESTE AMPARO SE ENTIENDE POR "“EDIFICACIÓN” LA TOTALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN ASEGURADA O QUE CONTIENE LOS BIENES ASEGURADOS. PARA CUALQUIER PREDIO CONFORMADO POR VARIOS EDIFICIOS SEPARADOS SEPARADOS, SE CONSIDERA EDIFICACIÓN A CADA UNO DE ELLOS EN FORMA INDEPENDIENTE.
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Samples: Póliza De Seguro Todo Riesgo
DAÑOS POR AGUA. SE AMPARAN LOS DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS DESCRITOS EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O SUS CONDICIONES PARTICULARES CAUSADOS DIRECTAMENTE POR AGUA NO PROVENIENTE DEL EXTERIOR DE LA EDIFICACIÓN DESCRITA EN ESTE CONTRATO DE SEGURO. PARA LOS EFECTOS DE ESTE AMPARO SE ENTIENDE POR "“EDIFICACIÓN” LA TOTALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN ASEGURADA O QUE CONTIENE LOS BIENES ASEGURADOS. PARA CUALQUIER PREDIO CONFORMADO POR VARIOS EDIFICIOS SEPARADOS SE CONSIDERA EDIFICACIÓN CADA UNO DE ELLOS EN FORMA INDEPENDIENTE.
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Samples: Póliza De Seguro
DAÑOS POR AGUA. SE AMPARAN CON SUJECIÓN A LOS TÉRMINOS, CONDICIONES Y LÍMITE DE VALOR ASEGURADO CONSIGNADOS EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA O EN SUS ANEXOS, AXA COLPATRIA INDEMNIZARÁ LAS PÉRDIDAS O DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS DESCRITOS ASEGURADOS, CAUSADOS DIRECTAMENTE POR AGUA PROVENIENTE DEL INTERIOR DE CUALQUIER EDIFICIO QUE FORME PARTE DEL RIESGO CONSIGNADO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O SUS CONDICIONES PARTICULARES CAUSADOS DIRECTAMENTE POR AGUA NO PROVENIENTE DEL EXTERIOR DE LA EDIFICACIÓN DESCRITA EN ESTE CONTRATO DE SEGUROPÓLIZA. PARA LOS EFECTOS DE ESTE AMPARO SE ENTIENDE POR "CUANDO EL RIESGO ASEGURADO SEA UNA EDIFICACIÓN” LA TOTALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN ASEGURADA O QUE CONTIENE LOS BIENES ASEGURADOS. PARA CUALQUIER PREDIO CONFORMADO POR , ES DECIR VARIOS EDIFICIOS SEPARADOS SEPARADOS, SE CONSIDERA EDIFICACIÓN CONSIDERARÁ CADA UNO DE ELLOS EN FORMA INDEPENDIENTE.
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Samples: Póliza De Seguro De Incendio