Common use of DE LA CONTRATACIÓN Clause in Contracts

DE LA CONTRATACIÓN. El CONCESIONARIO declara y reconoce expresamente que ha logrado dicha condición como consecuencia del Concurso. Que, el CONCESIONARIO no tiene impedimento ni está sujeto a restricciones (por vía contractual, judicial, arbitral, legal o cualquier otra) para celebrar contratos con el Estado conforme a las Leyes y Disposiciones Aplicables o para asumir y cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le corresponden o pudieran corresponder conforme a las Bases, la Propuesta Técnica, la Propuesta Económica y el presente Contrato. Que, no tiene impedimento de contratar conforme a lo normado por el Artículo 1366° del Código Civil, el artículo 18 del Decreto Legislativo N° 1224, y no se encuentra sancionado administrativamente con inhabilitación temporal o permanente en el ejercicio de sus derechos para contratar con el Estado. A la Fecha de Suscripción del Contrato, toda la información, declaraciones, certificación y, en general, todos los documentos presentados en los Sobres N° 1 y Nº 2 en la etapa del Concurso permanecen vigentes. En caso que luego de la suscripción del Contrato se demuestre la falsedad en la declaración antes señalada, el presente Contrato se resolverá de manera automática por incumplimiento del CONCESIONARIO, procediéndose a ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento.

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