DECLARACIONES, GARANTIAS Y OBLIGACIONES DEL FIDUCIANTE. Artículo 3.1. Declaraciones y garantías. El Fiduciante declara y garantiza que: (a) Las Cuentas de Tarjetas se encuentran vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantienen consumos desconocidos posteriores a denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; y han sido otorgadas bajo las normas legales y contractuales aplicables conforme a las Pautas de las Cuentas, cumplen en todos sus aspectos con los requisitos y características previstas en este Contrato Suplementario de Fideicomiso, provienen de la actividad normal del Fiduciante; y que de las mismas nacen derechos legítimos; (b) Las Cuentas de los Tarjetahabientes deberán cumplir con las siguientes características: (i) ser de propiedad del Fiduciante y libremente disponibles por el Fiduciante ; (ii) estar abiertas y operativas conforme a las Pautas de las Cuentas y cumplir con las Condiciones Generales y Particulares; (iii) haber originado la emisión de Tarjetas de Crédito que estén vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantengan consumos desconocidos posteriores a las denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; (iv) corresponden a Tarjetahabientes que no han registrado atrasos durante los seis meses anteriores en sus pagos por más de sesenta (60) días. (c) Ninguno de los Créditos tienen atrasos superiores a los treinta (30) días a la Fecha de Determinación ni son producto de ninguna refinanciación. (d) Los Créditos existen, son legítimos, y en su caso no registran impugnación por el Tarjetahabiente o deudor a la fecha de transferencia; (e) Ha tomado todos los recaudos necesarios para obtener certeza sobre la solvencia de los deudores, y asimismo ha efectuado un control de los mismos mediante consulta a los sistemas de información crediticia usualmente empleados en el sistema financiero, tales como “Veraz” o “Nosis”. (f) Los contratos con los Recaudadores se encuentran vigentes a la fecha de la firma de este Contrato Suplementario de Fideicomiso. (g) Está debidamente inscripta como sociedad anónima, opera válidamente y existe bajo las leyes que rigen su constitución y existencia, posee todas las habilitaciones necesarias para llevar a cabo sus actividades en la forma en que lo hace en la actualidad, y está debidamente autorizado y habilitado para realizar todos los negocios que realice. (h) Al menos el 75% de los Créditos derivados de Tarjetas corresponden a Cuentas con una antigüedad igual o mayor a noventa (90) días. (i) Conforme a lo convenido oportunamente, los pagos efectuados por los Tarjetahabientes Cedidos-una vez deducidos los impuestos y gastos correspondientes- se imputan al pago mínimo, integrado por todos y cada uno de los siguientes conceptos: (i) 100% de la cuota de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 y que tengan un plan de 12 cuotas o más. (ii) 100% de la cuota de los planes de consumos anteriores al 20/04/2011 y que tengan un plan de 24 cuotas o más, más (iii) 100% de la cuota de los planes de refinanciación, más (iv) 100% de la cuota de los planes de consumos fideicomitidos, más (v) 35% de la cuota de los de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 12 cuotas, más (vi) 35% de la cuota de los cupones dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 24 cuotas, más (vii) 35% del saldo anterior menos pagos realizados, más (viii) 35% de las comisiones e intereses compensatorios y moratorios correspondientes a la financiación de saldos, más (ix) 35% de los gastos de Mantenimiento, sellado, seguro de Vida e IVA.
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Samples: Fiduciary Trust Agreement
DECLARACIONES, GARANTIAS Y OBLIGACIONES DEL FIDUCIANTE. Artículo 3.1. Declaraciones y garantías. El Fiduciante declara y garantiza que:
(a) Las Cuentas de Tarjetas se encuentran vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantienen consumos desconocidos posteriores a denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; y han sido otorgadas bajo las normas legales y contractuales aplicables conforme a las Pautas de las Cuentas, cumplen en todos sus aspectos con los requisitos y características previstas en este Contrato Suplementario de Fideicomiso, provienen de la actividad normal del Fiduciante; y que de las mismas nacen derechos legítimos;en
(b) Las Cuentas de los Tarjetahabientes deberán cumplir con las siguientes características: (i) ser de propiedad del Fiduciante y libremente disponibles por el Fiduciante ; (ii) estar abiertas y operativas conforme a las Pautas de las Cuentas y cumplir con las Condiciones Generales y Particulares; (iii) haber originado la emisión de Tarjetas de Crédito que estén vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantengan consumos desconocidos posteriores a las denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; (iv) corresponden a Tarjetahabientes que no han registrado atrasos durante los seis meses anteriores en sus pagos por más de sesenta (60) días.
(c) Ninguno de los Créditos tienen atrasos superiores a los treinta (30) días a la Fecha de Determinación ni son producto de ninguna refinanciación.
(d) Los Créditos existen, son legítimos, y en su caso no registran impugnación por el Tarjetahabiente o deudor a la fecha de transferencia;
(e) Ha tomado todos los recaudos necesarios para obtener certeza sobre la solvencia de los deudores, y asimismo ha efectuado un control de los mismos mediante consulta a los sistemas de información crediticia usualmente empleados en el sistema financiero, tales como “Veraz” ―Veraz‖ o “Nosis”.―Nosis‖.
(f) Los contratos con los Recaudadores se encuentran vigentes a la fecha de la firma de este Contrato Suplementario de Fideicomiso.
(g) Está debidamente inscripta como sociedad anónima, opera válidamente y existe bajo las leyes que rigen su constitución y existencia, posee todas las habilitaciones necesarias para llevar a cabo sus actividades en la forma en que lo hace en la actualidad, y está debidamente autorizado y habilitado para realizar todos los negocios que realice.
(h) Al menos el 75% de los Créditos derivados de Tarjetas corresponden a Cuentas con una antigüedad igual o mayor a noventa (90) días.
(i) Conforme a lo convenido oportunamente, los pagos efectuados por los Tarjetahabientes Cedidos-Cedidos- una vez deducidos los impuestos y gastos correspondientes- se imputan al pago mínimo, integrado por todos y cada uno de los siguientes conceptos: (i) 100% de la cuota de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 y que tengan un plan de 12 cuotas o más. (ii) 100% de la cuota de los planes de consumos anteriores al 20/04/2011 y que tengan un plan de 24 cuotas o más, más (iii) 100% de la cuota de los planes de refinanciación, más (iv) 100% de la cuota de los planes de consumos fideicomitidos, más (v) 35% de la cuota de los de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 12 cuotas, más (vi) 35% de la cuota de los cupones dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 24 cuotas, más (vii) 35% del saldo anterior menos pagos realizados, más (viii) 35% de las comisiones e intereses compensatorios y moratorios correspondientes a la financiación de saldos, más (ix) 35% de los gastos de Mantenimiento, sellado, seguro de Vida e IVA.
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Samples: Fiduciary Trust Agreement
DECLARACIONES, GARANTIAS Y OBLIGACIONES DEL FIDUCIANTE. Artículo 3.1. Declaraciones y garantías. El Fiduciante declara y garantiza que:
(a) Las Cuentas de Tarjetas se encuentran vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantienen consumos desconocidos posteriores a denuncias de fraudevigentes, hurto, robo, pérdida o destrucción; y han sido otorgadas bajo las normas legales y contractuales aplicables conforme a las Pautas de las Cuentas, cumplen en todos sus aspectos con los requisitos y características previstas en este Contrato Suplementario de Fideicomisoy en el Acuerdo Preliminar para Integraciones Parciales respectivo, provienen de la actividad normal del Fiduciante; y que de las mismas nacen derechos legítimos;
(b) Las Cuentas de los Tarjetahabientes deberán cumplir con las siguientes características: (ia) ser de propiedad del Fiduciante o de alguna sociedad vinculada y libremente disponibles por el Fiduciante o dicha sociedad vinculada; (iib) estar abiertas y operativas conforme a las Pautas de las Cuentas y cumplir con las Condiciones Generales y Particulares; (iiic) haber originado la emisión de Tarjetas de Crédito que estén vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantengan consumos desconocidos posteriores a las denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; ;
(ivc) Los Créditos originados en el uso de Tarjetas de Crédito corresponden a Tarjetahabientes que no han registrado atrasos durante los seis meses anteriores en sus pagos por más de sesenta (60) días.
(cd) Ninguno de los Créditos tienen atrasos superiores a los treinta quince (3015) días a la Fecha de Determinación ni son producto de ninguna refinanciaciónxx Xxxxx.
(de) Los Créditos existen, son legítimos, y en su caso no registran impugnación por el Tarjetahabiente o deudor a la fecha de transferencia;
(ef) Ha tomado todos los recaudos necesarios para obtener certeza sobre la solvencia de los deudores, y asimismo ha efectuado un control de los mismos mediante consulta a los sistemas de información crediticia usualmente empleados en el sistema financiero, tales como “Veraz” o “Nosis”.
(fg) Los contratos con los Recaudadores se encuentran vigentes a la fecha de la firma de este Contrato Suplementario de Fideicomiso.
(gh) Está debidamente inscripta como sociedad anónima, opera válidamente y existe bajo las leyes que rigen su constitución y existencia, posee todas las habilitaciones necesarias para llevar a cabo sus actividades en la forma en que lo hace en la actualidad, y está debidamente autorizado y habilitado para realizar todos los negocios que realice.
(h) Al menos el 75% de los Créditos derivados de Tarjetas corresponden a Cuentas con una antigüedad igual o mayor a noventa (90) días.
(i) Conforme a lo convenido oportunamente, los pagos efectuados por los Tarjetahabientes Cedidos-una vez deducidos los impuestos y gastos correspondientes- se imputan al pago mínimo, integrado por todos y cada uno de los siguientes conceptos: (i) 100% de la cuota de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 y que tengan un plan de 12 cuotas o más. (ii) 100% de la cuota de los planes de consumos anteriores al 20/04/2011 y que tengan un plan de 24 cuotas o más, más (iii) 100% de la cuota de los planes de refinanciación, más (iv) 100% de la cuota de los planes de consumos fideicomitidos, más (v) 35% de la cuota de los de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 12 cuotas, más (vi) 35% de la cuota de los cupones dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 24 cuotas, más (vii) 35% del saldo anterior menos pagos realizados, más (viii) 35% de las comisiones e intereses compensatorios y moratorios correspondientes a la financiación de saldos, más (ix) 35% de los gastos de Mantenimiento, sellado, seguro de Vida e IVA.
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Samples: Fiduciary Trust Agreement
DECLARACIONES, GARANTIAS Y OBLIGACIONES DEL FIDUCIANTE. Artículo 3.1. Declaraciones y garantías. El Fiduciante declara y garantiza garantiza, al presente y en cada oportunidad de determinación de nuevas Cuentas o incorporación de nuevos Créditos para el Fideicomiso, que:
(a) Las Cuentas El Fiduciante es una sociedad anónima constituida en la República Argentina, existe y cuenta con plena capacidad y autorización para ser titular de Tarjetas se encuentran vigentes sus bienes, ceder los Bienes Fideicomitidos y respecto para llevar a cabo su actividad comercial en forma regular, celebrar el presente y obligarse conforme a sus términos.
(b) La celebración del presente, el cumplimiento de las obligaciones y el ejercicio de los derechos que corresponden al Fiduciante, conforme al presente Contrato, han sido debidamente autorizados por su directorio. Las obligaciones asumidas por el Fiduciante bajo el presente representan obligaciones válidas, vinculantes y plenamente exigibles al Fiduciante conforme a sus términos.
(c) La celebración del presente y el cumplimiento de las obligaciones y el ejercicio de los derechos que corresponden al Fiduciante conforme al presente, no violan ni resultan en el incumplimiento de ninguna disposición del contrato constitutivo o del estatuto o de cualquier otro documento constitucional del Fiduciante ni constituyen ni constituirán (luego de efectuada cualquier notificación requerida, transcurrido cualquier período xx xxxxxx o ambas condiciones) un incumplimiento de ninguna disposición dictada por una Autoridad Gubernamental o de ningún contrato, acuerdo, convenio u obligación de los cuales el Fiduciante es parte o por los Tarjetahabientes cuales se encuentra obligado.
(d) No se encuentra pendiente ni, a su xxxx saber y entender, es inminente ninguna acción o investigación ante los tribunales, organismos gubernamentales o árbitros en su contra que impida o pueda impedir el cumplimiento de las obligaciones y el ejercicio de los derechos que le corresponden conforme al presente.
(e) A su xxxx saber y entender, el Fiduciante no mantienen consumos desconocidos posteriores conoce la existencia de ningún hecho o circunstancia relativa al giro comercial del Fiduciante que, de haber sido informado oportunamente, habría convertido cualquiera de los hechos, manifestaciones, y declaraciones contenidas en este artículo en (i) inexactas, (ii) conducentes a denuncias error, o (iii) engañosas;
(f) El sistema informático utilizado por el Fiduciante para la originación de fraudelos Créditos ha sido programado para que (i) pueda prestar los servicios publicitados por el Fiduciante en la Plataforma de Moni; (ii) identifique los Créditos fideicomitidos; (iii) pueda acreditarse el origen, hurtodestino, roboverosimilitud y contenido de los mensajes electrónicos intercambiados entre el Fiduciante y cada Deudor por intermedio de la Plataforma de Moni; (iv) se inserte la cláusula que permite la cesión de los Créditos conforme a los arts. 70 a 72 de la ley 24441, pérdida o destruccióny (v) emita las Notificaciones Electrónica y proporcione constancia de su recepción por el respectivo Deudor.
(g) Los soportes utilizados y los procedimientos técnicos aplicados para la originación de los Créditos son confiables, y ostentan un alto grado de inalterabilidad; y sobre tales soportes se podrá realizar verificaciones periciales que permitan probar la autoría y autenticidad de los mensajes transmitidos entre el Fiduciante y los tomadores de créditos a través de la Plataforma de Moni.
(h) Los Créditos existen - o existirán, son o serán legítimos, han sido otorgadas otorgados bajo las normas legales y contractuales aplicables conforme a las Pautas al Manual de las CuentasCrédito y Originación, cumplen o cumplirán en todos sus aspectos con los requisitos y características previstas en este Contrato Suplementario Requisitos de Fideicomisolos Créditos, provienen de la actividad normal del Fiduciante; y que de las mismas mismos nacen o nacerán derechos legítimos;
(b) Las Cuentas de los Tarjetahabientes deberán cumplir con las siguientes características: (i) ser de propiedad del Fiduciante y libremente disponibles por el Fiduciante ; (ii) estar abiertas y operativas conforme a las Pautas de las Cuentas y cumplir con las Condiciones Generales y Particulares; (iii) haber originado la emisión de Tarjetas de Crédito que estén vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantengan consumos desconocidos posteriores a las denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; (iv) corresponden a Tarjetahabientes que no han registrado atrasos durante los seis meses anteriores en sus pagos por más de sesenta (60) días.
(c) Ninguno de los Créditos tienen atrasos superiores a los treinta (30) días a la Fecha de Determinación ni son producto de ninguna refinanciación.
(d) Los Créditos existen, son legítimos, y en su caso no registran impugnación han sido cedidos previamente por el Tarjetahabiente o deudor a la fecha de transferencia;
(e) Ha tomado todos los recaudos necesarios para obtener certeza sobre la solvencia de los deudores, y asimismo ha efectuado un control de los mismos mediante consulta a los sistemas de información crediticia usualmente empleados en el sistema financiero, tales como “Veraz” o “Nosis”.
(f) Los contratos con los Recaudadores se encuentran vigentes a la fecha de la firma de este Contrato Suplementario de Fideicomiso.
(g) Está debidamente inscripta como sociedad anónima, opera válidamente y existe bajo las leyes lo que rigen su constitución y existencia, posee todas las habilitaciones necesarias para llevar a cabo sus actividades en la forma en que lo hace en la actualidad, y está debidamente autorizado y habilitado para realizar todos los negocios que realice.
(h) Al menos el 75% de los Créditos derivados de Tarjetas corresponden a Cuentas con una antigüedad igual o mayor a noventa (90) díasson libremente cedibles.
(i) Conforme Los fondos que ingresen a lo convenido oportunamentela Cuenta Fiduciaria serán en todo momento de origen lícito y provendrán de actividades lícitas, los pagos efectuados por los Tarjetahabientes Cedidos-una vez deducidos los impuestos y gastos correspondientes- se imputan al pago mínimo, integrado por todos y cada uno todo ello en cumplimiento de los siguientes conceptos: (i) 100% las disposiciones de la cuota Ley N° 25.246 sobre Encubrimiento y Lavado de los planes Activos de consumos dados Origen Delictivo, sus modificatorias y complementarias, y de alta a partir del 20/04/2011 y que tengan un plan de 12 cuotas o más. (ii) 100% de cualquier otra norma aplicable en la cuota de los planes de consumos anteriores al 20/04/2011 y que tengan un plan de 24 cuotas o más, más (iii) 100% de la cuota de los planes de refinanciación, más (iv) 100% de la cuota de los planes de consumos fideicomitidos, más (v) 35% de la cuota de los de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 12 cuotas, más (vi) 35% de la cuota de los cupones dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 24 cuotas, más (vii) 35% del saldo anterior menos pagos realizados, más (viii) 35% de las comisiones e intereses compensatorios y moratorios correspondientes a la financiación de saldos, más (ix) 35% de los gastos de Mantenimiento, sellado, seguro de Vida e IVA.materia;
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Samples: Supplement to Prospectus
DECLARACIONES, GARANTIAS Y OBLIGACIONES DEL FIDUCIANTE. Artículo 3.1. Declaraciones y garantías. El Fiduciante declara y garantiza que:
(a) Las Cuentas de Tarjetas se encuentran vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantienen consumos desconocidos posteriores a denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; y han sido otorgadas bajo las normas legales y contractuales aplicables conforme a las Pautas de las Cuentas, cumplen en todos sus aspectos con los requisitos y características previstas en este Contrato Suplementario de Fideicomiso, provienen de la actividad normal del Fiduciante; y que de las mismas nacen derechos legítimos;
(b) Las Cuentas de los Tarjetahabientes deberán cumplir con las siguientes características: (i) ser de propiedad del Fiduciante y libremente disponibles por el Fiduciante ; (ii) estar abiertas y operativas conforme a las Pautas de las Cuentas y cumplir con las Condiciones Generales y Particulares; (iii) haber originado la emisión de Tarjetas de Crédito que estén vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantengan consumos desconocidos posteriores a las denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; (iv) corresponden a Tarjetahabientes que no han registrado atrasos durante los seis meses anteriores en sus pagos por más de sesenta (60) díasdías (los “Requisitos de las Cuentas”).
(c) Ninguno de los Créditos tienen atrasos superiores a los treinta (30) días a la Fecha de Determinación ni son producto de ninguna refinanciación.
(d) Los Créditos existen, son legítimos, y en su caso no registran impugnación por el Tarjetahabiente o deudor a la fecha de transferencia;
(e) Ha tomado todos los recaudos necesarios para obtener certeza sobre la solvencia de los deudores, y asimismo ha efectuado un control de los mismos mediante consulta a los sistemas de información crediticia usualmente empleados en el sistema financiero, tales como “Veraz” o “Nosis”.
(f) Los contratos con los Recaudadores se encuentran vigentes a la fecha de la firma de este Contrato Suplementario de Fideicomiso.
(g) Está debidamente inscripta como sociedad anónima, opera válidamente y existe bajo las leyes que rigen su constitución y existencia, posee todas las habilitaciones necesarias para llevar a cabo sus actividades en la forma en que lo hace en la actualidad, y está debidamente autorizado y habilitado para realizar todos los negocios que realice.
(h) Al menos el 75% de los Créditos derivados de Tarjetas corresponden a Cuentas con una antigüedad igual o mayor a noventa (90) días.
(i) Conforme a lo convenido oportunamente, los pagos efectuados por los Tarjetahabientes Cedidos-una vez deducidos los impuestos y gastos correspondientes- se imputan al pago mínimo, integrado por todos y cada uno de los siguientes conceptos: (i) 100% de la cuota de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 y que tengan un plan de 12 cuotas o más. (ii) 100% de la cuota de los planes de consumos anteriores al 20/04/2011 y que tengan un plan de 24 cuotas o más, más (iii) 100% de la cuota de los planes de refinanciación, más (iv) 100% de la cuota de los planes de consumos fideicomitidos, más (v) 35% de la cuota de los de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 12 cuotas, más (vi) 35% de la cuota de los cupones dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 24 cuotas, más (vii) 35% del saldo anterior menos pagos realizados, más (viii) 35% de las comisiones e intereses compensatorios y moratorios correspondientes a la financiación de saldos, más (ix) 35% de los gastos de Mantenimiento, sellado, seguro de Vida e IVA.
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Samples: Fideicomiso Financiero
DECLARACIONES, GARANTIAS Y OBLIGACIONES DEL FIDUCIANTE. Artículo 3.1. Declaraciones y garantías. El Fiduciante declara y garantiza que:
(a) Las Cuentas de Tarjetas se encuentran vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantienen consumos desconocidos posteriores a denuncias de fraudevigentes, hurto, robo, pérdida o destrucción; y han sido otorgadas bajo las normas legales y contractuales aplicables conforme a las Pautas de las Cuentas, cumplen en todos sus aspectos con los requisitos y características previstas en este Contrato Suplementario de FideicomisoFideicomiso y en el Acuerdo Preliminar para Integraciones Parciales respectivo, provienen de la actividad normal del Fiduciante; y que de las mismas nacen derechos legítimos;
(b) Las Cuentas de los Tarjetahabientes deberán cumplir con las siguientes características: (i) ser de propiedad del Fiduciante o de alguna sociedad vinculada y libremente disponibles por el Fiduciante o dicha sociedad vinculada; (ii) estar abiertas y operativas conforme a las Pautas de las Cuentas y cumplir con las Condiciones Generales y Particulares; (iii) haber originado la emisión de Tarjetas de Crédito que estén vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantengan consumos desconocidos posteriores a las denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; (iv) corresponden a Tarjetahabientes que no han registrado atrasos durante los seis meses anteriores en sus pagos por más de sesenta (60) días.
(c) Ninguno de los Créditos tienen atrasos superiores a los treinta quince (3015) días a la Fecha de Determinación ni son producto de ninguna refinanciaciónxx Xxxxx.
(d) Los Créditos existen, son legítimos, y en su caso no registran impugnación por el Tarjetahabiente o deudor a la fecha de transferencia;
(e) Ha tomado todos los recaudos necesarios para obtener certeza sobre la solvencia de los deudores, y asimismo ha efectuado un control de los mismos mediante consulta a los sistemas de información crediticia usualmente empleados en el sistema financiero, tales como “Veraz” o “Nosis”.
(f) Los contratos con los Recaudadores se encuentran vigentes a la fecha de la firma de este Contrato Suplementario de Fideicomiso.
(g) Está debidamente inscripta como sociedad anónima, opera válidamente y existe bajo las leyes que rigen su constitución y existencia, posee todas las habilitaciones necesarias para llevar a cabo sus actividades en la forma en que lo hace en la actualidad, y está debidamente autorizado y habilitado para realizar todos los negocios que realice.
(h) Al menos el 75% de los Créditos derivados de Tarjetas corresponden a Cuentas con una antigüedad igual o mayor a noventa (90) días.
(i) Conforme a lo convenido oportunamente, los pagos efectuados por los Tarjetahabientes Cedidos-una vez deducidos los impuestos y gastos correspondientes- se imputan al pago mínimo, integrado por todos y cada uno de los siguientes conceptos: (i) 100% de la cuota de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 y que tengan un plan de 12 cuotas o más. (ii) 100% de la cuota de los planes de consumos anteriores al 20/04/2011 y que tengan un plan de 24 cuotas o más, más (iii) 100% de la cuota de los planes de refinanciación, más (iv) 100% de la cuota de los planes de consumos fideicomitidos, más (v) 35% de la cuota de los de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 12 cuotas, más (vi) 35% de la cuota de los cupones dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 24 cuotas, más (vii) 35% del saldo anterior menos pagos realizados, más (viii) 35% de las comisiones e intereses compensatorios y moratorios correspondientes a la financiación de saldos, más (ix) 35% de los gastos de Mantenimiento, sellado, seguro de Vida e IVA.
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Samples: Fideicomiso Financiero
DECLARACIONES, GARANTIAS Y OBLIGACIONES DEL FIDUCIANTE. Artículo 3.1. Declaraciones y garantías. El Fiduciante declara y garantiza que:
(a) Las Cuentas de Tarjetas se encuentran vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantienen consumos desconocidos posteriores a denuncias de fraudevigentes, hurto, robo, pérdida o destrucción; y han sido otorgadas bajo las normas legales y contractuales aplicables conforme a las Pautas de las Cuentas, cumplen en todos sus aspectos con los requisitos y características previstas en este Contrato Suplementario de Fideicomisoy en el Acuerdo Preliminar para Integraciones Parciales respectivo, provienen de la actividad normal del Fiduciante; y que de las mismas nacen derechos legítimos;
(b) Las Cuentas de los Tarjetahabientes deberán cumplir con las siguientes características: (ia) ser de propiedad del Fiduciante o de alguna sociedad vinculada y libremente disponibles por el Fiduciante o dicha sociedad vinculada; (iib) estar abiertas y operativas conforme a las Pautas de las Cuentas y cumplir con las Condiciones Generales y Particulares; (iiic) haber originado la emisión de Tarjetas de Crédito que estén vigentes y respecto de las cuales los Tarjetahabientes no mantengan consumos desconocidos posteriores a las denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción; ;
(ivc) Los Créditos originados en el uso de Tarjetas de Crédito corresponden a Tarjetahabientes que no han registrado atrasos durante los seis meses anteriores en sus pagos por más de sesenta (60) días.
(cd) Ninguno de los Créditos tienen atrasos superiores a los treinta quince (3015) días a la Fecha de Determinación ni son producto de ninguna refinanciaciónxx Xxxxx.
(de) Los Créditos existen, son legítimos, y en su caso no registran impugnación por el Tarjetahabiente o deudor a la fecha de transferencia;
(ef) Ha tomado todos los recaudos necesarios para obtener certeza sobre la solvencia de los deudores, y asimismo ha efectuado un control de los mismos mediante consulta a los sistemas de información crediticia usualmente empleados en el sistema financiero, tales como “Veraz” o “Nosis”.
(f) Los contratos con los Recaudadores se encuentran vigentes a la fecha de la firma de este Contrato Suplementario de Fideicomiso.
(g) Está debidamente inscripta como sociedad anónima, opera válidamente y existe bajo las leyes que rigen su constitución y existencia, posee todas las habilitaciones necesarias para llevar a cabo sus actividades en la forma en que lo hace en la actualidad, y está debidamente autorizado y habilitado para realizar todos los negocios que realice.
(h) Al menos el 75% de los Créditos derivados de Tarjetas corresponden a Cuentas con una antigüedad igual o mayor a noventa (90) días.
(i) Conforme a lo convenido oportunamente, los pagos efectuados por los Tarjetahabientes Cedidos-una vez deducidos los impuestos y gastos correspondientes- se imputan al pago mínimo, integrado por todos y cada uno de los siguientes conceptos: (i) 100% de la cuota de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 y que tengan un plan de 12 cuotas o más. (ii) 100% de la cuota de los planes de consumos anteriores al 20/04/2011 y que tengan un plan de 24 cuotas o más, más (iii) 100% de la cuota de los planes de refinanciación, más (iv) 100% de la cuota de los planes de consumos fideicomitidos, más (v) 35% de la cuota de los de los planes de consumos dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 12 cuotas, más (vi) 35% de la cuota de los cupones dados de alta a partir del 20/04/2011 menores a 24 cuotas, más (vii) 35% del saldo anterior menos pagos realizados, más (viii) 35% de las comisiones e intereses compensatorios y moratorios correspondientes a la financiación de saldos, más (ix) 35% de los gastos de Mantenimiento, sellado, seguro de Vida e IVA.
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Samples: Fideicomiso Financiero