OBLIGACIONES Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES. Serán de cuenta del Promotor cuantas obligaciones le sean exigibles en cumplimiento del RD 1090/2015 y será también su responsabilidad la obtención de permisos necesarios, tanto ante el CEIm, como ante la AEMPS, con carácter previo al inicio del Ensayo. El/La Investigador/a Principal ejecutará el Ensayo, en los términos del artículo 41 del RD 1090/2015 y de conformidad con lo establecido en el Protocolo. El Centro facilitará en sus instalaciones el cumplimiento de las funciones de los profesionales que deban participar en la ejecución del Ensayo, en particular, las del/de la Investigador/a Principal, el Monitor, y demás personal investigador. BIOARABA será responsable de la gestión económica y administrativa de los fondos para el desarrollo del Ensayo. Los datos, resultados, descubrimientos, invenciones, así como todos los derechos de propiedad industrial o intelectual sobre ellos, inclusive know-how, realizados, obtenidos o desarrollados durante el Ensayo por el/la Investigador/a Principal, el resto de los miembros del equipo investigador, sus colaboradores y cualquier otra persona implicada en el desarrollo del Ensayo (en adelante, los “Resultados”) serán de la exclusiva propiedad del Promotor. El/La Investigador/a Principal y el Centro están obligados a proporcionar al Promotor toda la información relativa a los Resultados, así como a respetar su carácter confidencial y a colaborar con el Promotor en cuantos actos y trabajos sean precisos para hacer efectivos los derechos sobre tales Resultados, todo ello sin perjuicio de las estipulaciones acordadas en el punto 2.7. BIOARABA incluirá en los contratos que celebre con el resto de personas o entidades necesarias para la adecuada ejecución del Ensayo, una cláusula que salvaguarde los derechos del Promotor en relación con los Resultados. El Promotor podrá explotar libremente los Resultados, sin más obligaciones que la de respetar el derecho de los autores o inventores a ser reconocidos como tales. El Promotor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 del RD 1090/2015, acredita haber suscrito una póliza de responsabilidad civil con la compañía (añádase nombre de la entidad aseguradora) con el número: (añádase número de póliza), que está vigente al estar el Promotor al corriente de pago de sus primas. Esta Póliza deberá cubrir todos los daños y perjuicios que se puedan originar a los pacientes como consecuencia de su participación en el Ensayo, así como las responsabilidades del Promotor, del Equipo...
OBLIGACIONES. A) El titular del Medio de Pago “StarRessa Direct” se obliga a: a) Conservar y utilizar correctamente los Medios de Pago de los que es Titular y depositario. b) Velar por la debida seguridad del Medio de Pago, cuidando de que las mismas se encuentren siempre en poder de un usuario autorizado y velando porque estos últimos la utilicen en la forma autorizada por estas Condiciones Generales de utilización del Medio de Pago Comercial “StarRessa Direct”. c) Notificar de inmediato, a efectos de oportuna anulación del Medio de Pago por parte xx XXXXX, el robo, extravío o inutilización de aquélla, así como la tenencia de la misma por personas no autorizadas. La notificación se efectuará a la mayor brevedad a la Central de Medios de Pago xx XXXXX (Paseo de la Xxxxxxxxxx, 000 X 00000 Xxxxxx, 000 000 000, Fax 000 000 000, y se entenderá siempre sin perjuicio de las denuncias que resulten procedentes. En el supuesto de comunicación telefónica, el Titular deberá confirmar dicha notificación por escrito x XXXXX, en un plazo máximo de dos días, acompañando la correspondiente denuncia ante la autoridad competente, en los casos de robo o extravío. Una vez que RESSA haya recibido por escrito la notificación o confirmación, del robo, o pérdida del Medio de Pago, el Titular quedará exonerado de toda responsabilidad por uso indebido de aquélla, excepto cuando haya actuado con dolo o grave negligencia. Por contra, será responsabilidad exclusiva del Titular el uso indebido que se haga del Medio de Pago, antes de que dicho Titular haya comunicado x XXXXX su pérdida o robo. d) Abstenerse de utilizar los Medios de Pago caducados, sustituidos o cancelados. e) Destruir inmediatamente el Medio de Pago “StarRessa Direct” cuando le sea comunicada su cancelación, su sustitución, o no renovación, por RESSA, o cuando el Titular renuncie expresamente a su uso (cambio de vehículo, titularidad u otras razones).
OBLIGACIONES. “EL PRESTADOR” SE COMPROMETE A: I. SE OBLIGA A PROPORCIONAR LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN EL DOMICILIO UBICADO EN LA XXXXX XXXXXX XX XX XXXXXXX , XX XXXX XXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXXXXX, LUGAR EN DONDE SE ENCUENTRAN LAS OFICINAS DE . II. SE OBLIGA A PROPORCIONAR LOS SERVICIOS CITADOS; EN LA CLÁUSULA QUE ANTECEDE APORTANDO ELEMENTOS DE VIGILANCIA DE HORAS DE A DE AM A PM Y DE PM A AM, SÁBADOS Y DOMINGOS HORAS INCLUYÉNDOSE DÍAS FESTIVOS. III. EL PERSONAL A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA ANTERIOR TENDRÁ ESTRICTAMENTE PROHIBIDO REALIZAR LABORES QUE NO ESTÉN DIRECTAMENTE RELACIONADAS CON LAS FUNCIONES DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA QUE TIENEN ENCOMENDADAS. IV. LAS FUNCIONES A REALIZAR POR EL PERSONAL DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA SE CIRCUNSCRIBIRÁN EXCLUSIVAMENTE AL INTERIOR DE LAS INSTALACIONES DE “EL PRESTATARIO”; V. “EL PRESTADOR” SE COMPROMETE A PROPORCIONAR A “EL PRESTATARIO” EL PERSONAL IDÓNEO PARA DESEMPEÑAR LOS SERVICIOS MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO Y QUE NO TENGA ANTECEDENTES PENALES. VI. “EL PRESTADOR” A SOLICITUD DEL “EL PRESTATARIO” CAMBIARA A LOS ELEMENTOS, CUANDO ASÍ CONVENGAN A LOS INTERESES DE LAS PARTES.
OBLIGACIONES. Las obligaciones generales de los Clientes contenidos en el artículo 8.2 del Reglamento de BME Clearing comprenden: • Conocer y cumplir el Reglamento de BME Clearing, las Condiciones Generales, las Circulares e Instrucciones aprobadas por BME Clearing, y sus sucesivas modificaciones (en adelante “Normativa ECC”), que serán públicas, sometiéndose expresamente, en relación con su actuación como Cliente en la ECC, exclusivamente a esta normativa y a la legislación española aplicable. • Pagar a su Miembro los importes en efectivo y entregar los valores correspondientes a las Posiciones registradas en sus Cuentas, en la forma que se determine en las Condiciones Generales, en las Circulares y en las Instrucciones que BME CLEARING publique. • Cumplir las obligaciones inherentes a las Posiciones registradas en sus Cuentas. • Constituir y mantener las Garantías precisas en cada momento, a favor de BME CLEARING y a través de su Miembro, si es titular de una Cuenta de Cliente Individual y, en los casos en que las Condiciones Generales así lo prevean en relación con un determinado Segmento de la ECC, a favor del Miembro, en el caso de Cuentas de Cliente con Segregación Individualizada o de Cuentas de Clientes con Segregación General, o a favor del Miembro Registrador correspondiente, si es titular de una Cuenta de Registro de Detalle. • Comunicar a CaixaBank, cuando proceda, si las transacciones son de cierre. • Comunicar a su Miembro la información exigible respecto a sí mismos, que incluirá, en todo caso, el nombre o razón social domicilio y Número de identificación fiscal del Cliente y, en su caso, identificación de su representante y justificación de dicha representación. • Cumplir las normas de conducta previstas en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores y demás normativa aplicable. • Autorizar firme e irrevocablemente a su Miembro para que pueda Cerrar por cuenta del Cliente todas sus Posiciones, en caso de que incumpliera alguna de las obligaciones que le corresponden derivadas de las Transacciones registradas en su Cuenta, o en caso de incurrir en alguno de los demás supuestos de incumplimiento establecidos en el Reglamento, que tengan como consecuencia la declaración de incumplimiento del Cliente por parte del Miembro • Aceptar la adopción de cuantas medidas se prevean en las correspondientes Condiciones Generales en el caso de producirse Incidencias en la Liquidación de las Posiciones registradas en sus Cuentas. • Aceptar que, en caso de incumplimiento de su Miembro,...
OBLIGACIONES. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a: A) Prestar sus servicios en la forma, en el tiempo y en los lugares convenidos o que se requieran de acuerdo a las indicaciones señaladas por el “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, utilizando todos sus conocimientos en el desempeño de sus actividades y haciéndose responsable en consecuencia de su negligencia, impericia o dolo en el desempeño de las mismas. B) No ceder en forma parcial o total a favor de cualquier otra persona física o moral sus derechos y obligaciones derivados de este contrato, con excepción de los derechos de cobro sobre las facturas, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”. C) Respetar en todo momento las disposiciones normativas que en materia electoral rigen en el Estado de Coahuila xx Xxxxxxxx. D) Adjuntar el tarifario comercial de cada uno de los productos y servicios ofrecidos, el cual quedará sujeto a su revisión y negociación correspondiente atendiendo al artículo 22 de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila xx Xxxxxxxx. E) Todos los permisos que para el desarrollo de los trabajos objeto de este contrato sea necesario obtener, gestionar o tramitar, correrán a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, quien asimismo se hará cargo del pago de los impuestos, derechos federales, estatales y municipales que para dichos efectos requiera.
OBLIGACIONES. Conocer y cumplir el Reglamento de la ECC, las Condiciones Generales, las Circulares e Instrucciones aprobadas por BME Clearing y sus sucesivas modificaciones, que serán públicas, sometiéndose expresamente, en relación con su actuación como Cliente de la ECC, exclusivamente a esta normativa y a la legislación español aplicable.
OBLIGACIONES. “LAS PARTES” SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE, PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO, A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN, A LOS TÉRMINOS Y PROCEDIMIENTOS QUE ESTABLECE “LA LEY”, “XX XXXXXXXXXX” X XXX “XXXXXXXXX”, XXX COMO LAS DEMÁS DISPOSICIONES JURÍDICAS O NORMAS QUE RESULTEN APLICABLES.
OBLIGACIONES. DEL CONTRATISTA 1) Dar estricto cumplimiento a lo establecido en los estudios previos y en el anexo técnico, los cuales hacen parte integral de este contrato. 2) Garantizar la disponibilidad de la logística requerida para la ejecución del objeto contractual. 3) Realizar el plan de acción de manera concertada para la ejecución del contrato, con su respectivo cronograma, teniendo en cuenta los objetivos establecidos, los productos esperados y la concertación, lo cual debe incluirse en el acta de inicio. 4) Proporcionar al Hospital copia de todos los productos obtenidos en desarrollo de la ejecución del contrato, tales como agendas, materiales didácticos y/o audiovisuales, contratos y compromisos firmados, bases de datos y otros productos. 5) Convocar, confirmar y registrar la asistencia de los participantes a las actividades propias del desarrollo del objeto de cada proyecto, previa concertación con la supervisión. Las convocatorias siempre se deben realizar en nombre de la secretaria de salud departamental. 6) Concertar con el hospital la metodología, instrumentos y guías de seguimiento y evaluación de los proyectos, presentando periódicamente informe de los resultados obtenidos. 7) Utilizar indicadores trazadores que permitan valorar el cumplimiento del objeto, en aquellos casos donde la normatividad lo requiera. 8) Dar los respectivos créditos a la secretaria de salud departamental durante el desarrollo de todas las actividades propias del objeto de los proyectos, como son: convocatorias, reuniones, talleres, seminarios, concertaciones, elaboración y presentación de informes, información educación y comunicación y publicaciones, etc. 9) presentar informes técnicos mensuales y avance técnico – financiero y final de cada proyecto, tres originales por escrito y medio magnético al Hospital, al supervisor del proyecto y al representante de cada institución y/o Municipio donde se ejecute el proyecto. 10) Contratar la difusión en los medios de comunicación de las estrategias que en salud se desarrollan a través de los proyectos contratados. 11) Solicitar la autorización al Gerente del Hospital para cualquier referencia, reproducción o difusión, ya que la propiedad intelectual de los resultados de la ejecución de los proyectos son exclusividad de la misma. El uso de base de datos, información y divulgación de resultados parciales o definitivos, deberán ser entregados al Hospital. Cualquier uso de la información deberá ser autorizada por la representante legal del...
OBLIGACIONES. “LAS PARTES” CONVIENEN EN QUE EN EL SUPUESTO DE QUE CUALQUIERA DE ELLAS SE DECLARE EN QUIEBRA O EN SUSPENSIÓN DE PAGOS, NO LAS LIBERA DE CUMPLIR SUS OBLIGACIONES, POR LO QUE CUALQUIERA DE LAS PARTES QUE SUBSISTA, ACEPTA Y SE OBLIGA EXPRESAMENTE A RESPONDER SOLIDARIAMENTE DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES A QUE HUBIERE LUGAR. “LAS PARTES” ACEPTAN Y SE OBLIGAN A PROTOCOLIZAR ANTE NOTARIO PÚBLICO EL PRESENTE CONVENIO, EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADOS DEL CONTRATO QUE SE DERIVE DEL FALLO EMITIDO EN Exportadora de Sal S. A. de C.V. de de (1) (2) PRESENTE.
OBLIGACIONES. “LAS PARTES” SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN, ASÍ COMO A LOS TÉRMINOS, LINEAMIENTOS, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECEN LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL, Y DEMÁS NORMAS Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS QUE LE SEAN APLICABLES. “EL CONTRATISTA”, SE OBLIGA A DAR SEGUIMIENTO Y RESPUESTA A LO QUE A SU DERECHO CONVENGA A LAS OBSERVACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD QUE RESULTE DEL OBJETO DEL MISMO, QUE OBSERVEN LOS ÓRGANOS ENCARGADOS DE LA FISCALIZACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA GESTIÓN PÚBLICA.