OBLIGACIONES. “LAS PARTES” CONVIENEN EN QUE EN EL SUPUESTO DE QUE CUALQUIERA DE ELLAS QUE SE DECLARE EN QUIEBRA O EN SUSPENSIÓN DE PAGOS, NO LAS LIBERA DE CUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES, POR LO QUE CUALQUIERA DE ELLAS QUE SUBSISTA, ACEPTA Y SE OBLIGA EXPRESAMENTE A RESPONDER SOLIDARIAMENTE DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES A QUE HUBIERE LUGAR. “LAS PARTES” ACEPTAN Y SE OBLIGAN A PROTOCOLIZAR ANTE NOTARIO PÚBLICO EL PRESENTE CONVENIO, EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADOS DEL CONTRATO QUE SE DERIVE DEL FALLO EMITIDO EN LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL NÚMERO _________ EN QUE PARTICIPAN Y, QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO, DEBIDAMENTE PROTOCOLIZADO, FORMARÁ PARTE INTEGRANTEDEL CONTRATO QUE SUSCRIBAN LOS REPRESENTANTES LEGALES DE CADA INTEGRANTE Y EL IMSS. LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONVENIO POR “LAS PARTES” Y ENTERADOS DE SU ALCANCE Y EFECTOS LEGALES, ACEPTANDO QUE NO EXISTIÓ ERROR, DOLO, VIOLENCIA O MALA FE, LO RATIFICAN Y FIRMAN, DE CONFORMIDAD EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EL DÍA ___________ DE _________ DE 20___. (__________NOMBRE________) EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA (__________NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA________), Y EN TÉRMINOS DEL NUMERAL 6, REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES,INCISOS B) Y G), DE LAS CONVOCATORIA DE LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL NO.______________________________, MANIFIESTO LO SIGUIENTE: BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE MI REPRESENTADA SE ABSTENDRÁ POR SI MISMA O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE LE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES. QUE MI REPRESENTADA NO SE ENCUENTRA SANCIONADA COMO EMPRESA O PRODUCTO POR LA SECRETARIA DE SALUD. LUGAR Y FECHA ________(2)____________ PRESENTE. ME REFIERO AL PROCEDIMIENTO DE_______(3)___________ NO. __(4)____ EN EL QUE MI REPRESENTADA, LA EMPRESA _______________(5)___________________ PARTICIPA A TRAVÉS DE LA PRESENTE PROPUESTA. SOBRE EL PARTICULAR, Y EN LOS TÉRMINOS DE LO PREVISTO POR LAS "REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN, ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE SE OFERTAN Y ENTREGAN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, ASÍ COMO PARA LA APLICACIÓN DEL REQUISITO DE CONTENIDO NACIONAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, QUE CELEBREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL", EL QUE SUSCRI...
OBLIGACIONES. Conocer y cumplir el Reglamento de la ECC, las Condiciones Generales, las Circulares e Instrucciones aprobadas por BME Clearing y sus sucesivas modificaciones, que serán públicas, sometiéndose expresamente, en relación con su actuación como Cliente de la ECC, exclusivamente a esta normativa y a la legislación español aplicable. • Pagar a su Miembro los importes en efectivo y entregar los valores correspondientes a las posiciones registradas en sus Cuentas, en la forma que se determine en las Condiciones Generales, en las Circulares y en las Instrucciones que BME Clearing publique. • Cumplir las obligaciones inherentes a las Posiciones registradas en sus Cuentas. • Constituir y mantener las Garantías precisas en cada momento, a favor de BME Clearing y a través de su Miembro, si es titular de una Cuenta de Cliente Individual y, en los casos en los que las Condiciones Generales así lo prevean en relación con un determinado Segmento de la ECC, a favor del Miembro, en el caso de Cuentas de Cliente con Segregación individualizada o de Cuentas de Clientes con Segregación General, a favor del Miembro Registrador correspondiente, si es titular de una Cuenta de Registro de Detalle. • Comunicar a su Miembro si las Transacciones son de cierre en los casos en que la normativa así lo requiera. • Comunicar a su Miembro la información exigible respecto a sí mismos, que incluirá, en todo caso, el nombre o razón social, domicilio y Número de Identificación Fiscal del Cliente y, en su caso, identificación de su representante y justificación de dicha representación. • Cumplir las normas de conducta previstas en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores y demás normativa aplicable. • Autorizar firme e irrevocablemente a su Miembro para que pueda cerrar por cuenta del Cliente todas sus posiciones en caso de que incumpliera alguna de las obligaciones que le corresponden derivadas de las Transacciones registradas en su Cuenta, o en caso de incurrir en alguno de los demás supuestos de incumplimiento establecidos en el Reglamento, que tenga como consecuencia la declaración del incumplimiento del Cliente por parte del Miembro. • Aceptar la adopción de cuantas medidas se prevean en las correspondientes Condiciones Generales en el caso de producirse Incidencias en la Liquidación de las Posiciones registradas en sus Cuentas. • Aceptar que, en caso de incumplimiento de su Miembro, BME Clearing puede trasladar o, en su caso, cerrar por cuenta del Cliente todas sus posiciones. • Consentir que su nomb...
OBLIGACIONES. En el cumplimiento del cometido indicado en la cláusula anterior, el Agente de Pago se ajustará a las previsiones legales y reglamentarias para actuar en tal calidad y, además, a las siguientes estipulaciones: El Agente de Pago abonará a los Titulares de los Valores, conforme el Registro que llevará la Entidad Registrante, por cuenta y orden del Emisor, a su vencimiento o vencimientos, los importes adeudados por capital e intereses, bajo los Títulos, siempre que medie suficiente provisión de fondos previamente. En caso que el vencimiento para el pago del capital o intereses se produzca en día inhábil bancario, el pago se efectuará el día hábil bancario siguiente. Los pagos de capital e intereses se realizarán en (especificar la moneda), mediante transferencias a las cuentas bancarias que la Entidad Registrante le indique al Agente de Pago respecto de los Titulares que surjan de su Registro. El Agente de Pago deberá dejar constancia de los pagos efectuados a los Titulares. El Emisor entregará al Agente de Pago las sumas necesarias para cancelar los montos adeudados bajo los Títulos emitidos, al menos el día hábil anterior a cada fecha de vencimiento de cada uno de los pagos de intereses y/o amortizaciones de capital previstos bajo los mismos (en adelante, los “Vencimientos”). La entrega de dichas sumas se realizará transfiriendo o girando al Agente de Pago los importes correspondientes, a la cuenta que a estos efectos indique el Agente de Pago por escrito, al Emisor. El Agente de Pago no asume ningún tipo de responsabilidad para el caso de ausencia de fondos para dar cumplimiento a las obligaciones que correspondan bajo los títulos a ser emitidos. En caso de que la provisión de fondos fuere insuficiente para hacer frente al pago de la totalidad de las obligaciones del Emisor bajo las Obligaciones Negociables, el Agente de Pago queda irrevocablemente autorizado por el Emisor, a prorratear los fondos entregados entre todos los Titulares. El Agente de pago no asume ningún tipo de responsabilidad por los eventuales perjuicios que el pago a prorrata pudiera ocasionar a los Titulares. Asimismo, el Agente de Pago comunicará a la Entidad Registrante sobre los pagos realizados a los Titulares de los Valores a prorrata de los fondos recibidos. En caso de incumplimiento del Emisor a las condiciones establecidas, y de existir una garantía, tales pagos se realizarán contra la ejecución de la garantía. El Agente de Pago acreditará los fondos correspondientes a los Titula...
OBLIGACIONES. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a:
OBLIGACIONES. A) DEL CONTRATISTA.- I: a) Atender las solicitudes que realice la Universidad del Cauca, por intermedio del supervisor del presente contrato b) De conformidad con lo consagrado en artículo 50 de la Ley 789 de 2003, modificada por el artículo 1º de la Ley 828 de 2003 el proponente o persona jurídica debe allegar certificación que expida el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal, del cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, ICBF y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA de sus empleados. La certificación debe acreditar el pago de dichos aportes en los seis últimos meses c) Todo el personal que designe la compañía para el suministro del servicio, deberá vincularse a través de contratos de trabajo individual bajo el régimen establecido en el código sustantivo del trabajo, el contratista deberá soportar ante la supervisión las hojas de vida y copia del contrato de trabajo individual de todo el personal asignado para la ejecución del contrato y la afiliación al sistema general de seguridad social. d) Todo el personal que designe la compañía para el suministro del servicio, deberá presentar: 1) Certificado en que conste en que están debidamente entrenados para prestar el servicio lo cual deberá ser expedido por un establecimiento de capacitación debidamente aprobado; ser reservista de primera clase. 2) Carné de nivel uno expedido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, o en su defecto, la certificación de que se encuentra en trámite. 3) Placa que lo acredite como vigilante de la empresa. 4) Hoja de vida. 5) El CONTRATISTA debe contar con sistema de radio - comunicación para la supervisión de sus operarios en las diferentes sedes donde se prestará el servicio. 6) El personal debe tener condición de permanente en las instalaciones asignadas y esta condición no establece ningún vinculo laboral con La Universidad del Cauca. 7) El CONTRATISTA mantendrá supervisión interna del personal con el que prestará el servicio. 8) Demostrar la Afiliación a un régimen o sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y en una administradora de riesgos laborales (ARL), Todas las demás que surjan de la naturaleza del contrato.
OBLIGACIONES. “LAS PARTES” SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE, PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO, A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN, A LOS TÉRMINOS Y PROCEDIMIENTOS QUE ESTABLECE “LA LEY”, “XX XXXXXXXXXX” X XXX “XXXXXXXXX”, XXX COMO LAS DEMÁS DISPOSICIONES JURÍDICAS O NORMAS QUE RESULTEN APLICABLES.
OBLIGACIONES. “LAS PARTES” CONVIENEN EN QUE EN EL SUPUESTO DE QUE CUALQUIERA DE ELLAS SE DECLARE EN QUIEBRA O EN SUSPENSIÓN DE PAGOS, NO LAS LIBERA DE CUMPLIR SUS OBLIGACIONES, POR LO QUE CUALQUIERA DE LAS PARTES QUE SUBSISTA, ACEPTA Y SE OBLIGA EXPRESAMENTE A RESPONDER SOLIDARIAMENTE DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES A QUE HUBIERE LUGAR. “LAS PARTES” ACEPTAN Y SE OBLIGAN A PROTOCOLIZAR ANTE NOTARIO PÚBLICO EL PRESENTE CONVENIO, EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADOS DEL CONTRATO QUE SE DERIVE DEL FALLO EMITIDO EN Exportadora de Sal S. A. de C.V. de de (1) (2) PRESENTE. NOTA: Si el “Licitante” es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.
OBLIGACIONES. Son obligaciones de la empresa gestora: a) Prestación de los servicios. 1) Prestar los distintos servicios a que se refiere el Pliego con la continuidad convenida y del modo dispuesto en el presente Xxxxxx, en el contrato que se formalice, y en la normativa de aplicación, debiendo cumplir, asimismo, las Órdenes e Instrucciones que dispensare el Ayuntamiento. 2) Ejercer por sí las atribuciones propias del contrato de gestión interesada y no cederlo o traspasarlo a terceros sin la autorización expresa del Ayuntamiento. 3) Cuidar del buen orden de los servicios, pudiendo dictar las oportunas instrucciones. 4) Entregar al Ayuntamiento, cuando se le requiera por éste y en el momento en que se extinga la relación contractual, informes de funcionamiento de los servicios así como copia de la documentación y soportes informáticos utilizados en la prestación de los mismos, debiendo permitir las inspecciones de las instalaciones por los empleados municipales competentes. 5) Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen al Ayuntamiento como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios, salvo si se hubieren producido por actos realizados en cumplimiento de una cláusula impuesta por el Consistorio con carácter ineludible, 6) Admitir al goce del servicio a toda persona que cumpla los requisitos dispuestos normativamente, garantizando a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas. 7) Atender correctamente las solicitudes de información de los usuarios, 8) Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a usuarios y terceros como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios, salvo si se hubieren producido por actos realizados en cumplimiento de una cláusula impuesta por el Ayuntamiento con carácter ineludible. 9) Aportar el personal, el equipamiento y el material necesario para el correcto desenvolvimiento del servicio. 10) Mantener en buen estado de conservación y funcionamiento y efectuar las labores de mantenimiento de los bienes e instalaciones adscritos al servicio, 11) Realizar las operaciones de recaudación de los ingresos tarifarios y no tarifarios, 12) Suscribir las pólizas de seguros de responsabilidad civil y de seguro a todo riesgo de los edificios e instalaciones. Todas las obligaciones hasta aquí referidas tienen el carácter de esenciales, a los efectos previstos en el artículo 223 h) del TRLCSP.
OBLIGACIONES. La SUBLOCATARIA está obligada a: Inscribir a su nombre y a su costo, el servicio de suministro de energía eléctrica, dentro de lo diez (10) días siguientes de firmado el presente contrato, y al abono de los posteriores suministros hasta la fecha de la culminación de la relación sublocativa y recepción del inmueble sublocado por parte del SUBLOCADOR, siendo a su cargo también dar de baja los medidores con las correspondientes constancias de libre deuda.- Abonar a la fecha de sus respectivos vencimiento el total de las liquidaciones de impuestos, tasas, servicios y demás contribuciones que afecten al inmueble, efectivamente ocupado por la sublocataria (excluyendo el espacio reservado para la SUBLOCADORA) de cualquier origen o naturaleza de que provengan, sean estos nacionales, provinciales, municipales, debiendo acreditar su abono con el alquiler mensual, pudiendo el SUBLOCADOR negarse a recibir el pago de los alquileres, hasta tanto no se halla cumplimentado lo dispuesto en los apartados 1 y 2 precedentes.- Permitir el ingreso al SUBLOCADOR y/o a quien este designe, cuantas veces así lo requiera.- Sufragan por su cuenta y cargo todas las reparaciones, arreglos y refacciones necesarias que por roturas o desperfectos se produzcan durante la ocupación del inmueble.- Comunicar dentro de las 24 horas al SUBLOCADOR cualquier desperfecto que se produzca en el inmueble, proveniente de propiedades colindantes.- Respetar las ordenanzas municipales y exigencias de cualquier otra jurisdicción o naturaleza sobre policía edilicia, colindancias, etc.., por lo que asumen la responsabilidad por todas las consecuencias que deriven de su inobservancia.-
OBLIGACIONES. “LAS PARTES” CONVIENEN EN QUE EN EL SUPUESTO DE QUE CUALQUIERA DE ELLAS SE DECLARE EN QUIEBRA O EN “LAS PARTES” ACEPTAN Y SE OBLIGAN A PROTOCOLIZAR ANTE NOTARIO PÚBLICO EL PRESENTE CONVENIO, EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADOS DEL CONTRATO QUE SE DERIVE DEL FALLO EMITIDO EN LA LICITACIÓN NÚMERO EN QUE PARTICIPAN Y QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO, DEBIDAMENTE PROTOCOLIZADO, FORMARÁ PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO QUE SUSCRIBE EL REPRESENTANTE COMÚN Y LA ENTIDAD. NOMBRE Y CARGO NOMBRE Y CARGO DEL APODERADO LEGAL DEL APODERADO LEGAL Exportadora de Sal S. A. de C. V. Gerencia de Adquisiciones y Almacenes Presente. LICITACIÓN PÚBLICA ELECTRONICA NACIONAL LA-010K2N001-E321-2017 Nombre del Licitante: Lugar de Entrega: Plazo de Entrega: Partida I.- Arrendamiento sin opción a compra de un lote de Equipo de Cómputo Subpartida Cantidad Unidad Descripción Precio Unitario Importe Mensual xx Xxxxx