DECLARACIÓN CONJUNTA. Las partes reconocen tener una política xx xxxx tolerancia hacia el soborno y la corrupción; de contar con sistemas, empleadas(os) y proveedoras(es) sujetas(os) de control anticorrupción, y expresan que en el procedimiento de contratación, sus actos previos y en la celebración del presente Contrato se han conducido cumpliendo con las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y con la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, con estricto apego a los principios de transparencia, honradez, imparcialidad y libre concurrencia, y que durante la ejecución del Contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceras(os), con apego a la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”. Las partes manifiestan de forma expresa que tienen pleno conocimiento de que el Estado Mexicano, ha suscrito y es parte de diversos instrumentos internacionales en materia de anticorrupción, en los cuales adquirió compromisos con la comunidad internacional a fin de adoptar las medidas para prevenir la corrupción, como son, entre otros, los siguientes: - Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. - Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos. - Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas. - Grupo de Trabajo Anticorrupción del G20. En el mismo sentido, expresan que conocen los ordenamientos legales señalados en el primer párrafo de esta declaración, así como el Código Penal Federal, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones legales en materia administrativa y penal en México, que sancionan severamente los actos de corrupción, entre otros: el cohecho, el establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención de las licitaciones, concursos en las contrataciones públicas, la extorsión, el tráfico de influencias, la simulación en el cumplimiento de requisitos y el ocultamiento de impedimento legal o administrativo para participar en procedimientos de contratación. Asimismo, las partes son sabedoras que en caso de incurrir en los actos de corrupción señalados en el párrafo que antecede, pueden ser sujetas de sanción las o los servidores públicos involucrados, las personas xxxxxxx y las personas físicas participantes en los procedimientos de contratación (sin importar nacionalidad), incluyendo aquell...
DECLARACIÓN CONJUNTA. Cuando los conductores intervinientes en un accidente de tránsito entre dos (2) o más vehículos así lo convinieren, el levantamiento del mismo podrá ser efectuado, sin la intervención de la autoridad administrativa competente, mediante la utilización del Formato de Declaración Conjunta, elaborado de acuerdo con esta Póliza, salvo en los casos siguientes:
DECLARACIÓN CONJUNTA. Que en la celebración del presente instrumento no existe error, dolo, lesión ni mala fe, siendo los derechos y obligaciones consignadas en él las más firmes expresiones de la voluntad de los otorgantes. Enteradas las partes del contenido y alcance legal de las declaraciones que anteceden, las ratifican y expresan su voluntad de manera xxxx y llana para obligarse en términos de las siguientes:
DECLARACIÓN CONJUNTA. Los representantes de los Estados Unidos y de la Comunidad Europea y sus Estados miembros confirman que el Acuerdo de transporte aéreo rubricado el 2 xx xxxxx de 2007 en Bruselas, cuya firma está prevista para el 30 xx xxxxx de 2007, debe autenticarse en otras lenguas, tal y como se establezca bien mediante canje de notas, antes de la firma del Acuerdo, o bien por decisión del Comité mixto, después de la firma. La presente Declaración conjunta es parte integrante del Acuerdo de transporte aéreo.
DECLARACIÓN CONJUNTA. Que es su voluntad celebrar el presente contrato y que libres de cualquier tipo de coacción física o moral, están conformes en sujetar sus obligaciones al contenido de las siguientes:
DECLARACIÓN CONJUNTA. ÚNICA.- Que es voluntad de ambas partes celebrar el presente contrato, por lo que libres de cualquier tipo de coacción física o moral, se obligan de acuerdo con las siguientes:
DECLARACIÓN CONJUNTA. SOBRE LA ADAPTACIÓN SECTORIAL DE LIECHTENSTEIN EN EL ÁMBITO DE LA LIBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE LOS SECTORES PRIORITARIOS MENCIONADOS EN EL PROTOCOLO 38 BIS DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE LAS CONTRIBUCIONES FINANCIERAS
DECLARACIÓN CONJUNTA. ÚNICA.- Declaran ambas partes que han decidido libremente celebrar el presente contrato el cual sujetan al tenor de las siguientes: C L Á U S U L A S:
DECLARACIÓN CONJUNTA. ÚNICA.- Que es voluntad de ambas partes celebrar el presente Convenio Modificatorio, por lo que libres de cualquier tipo de coacción física o moral, están conformes en obligarse de acuerdo con las siguientes:
DECLARACIÓN CONJUNTA. Relativa al xxxxx xx xxxxxxxxx Relativa a la república de islandia y al xxxxx de noruega Relativa a la confederación suiza Relativa al principado de liechtenstein