DEL CONFLICTO DE INTERESES Cláusulas de Ejemplo

DEL CONFLICTO DE INTERESES. “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” comunicará a “EL ÓRGANO”, cualquier hecho o circunstancia que afecten su independencia mental y profesional para la prestación de los servicios contratados a efecto de evitar perjuicio al mismo, debiendo observarse en lo conducente la Política de Integridad de “EL ÓRGANO”.
DEL CONFLICTO DE INTERESES. Antes de analizar con un poco más de detalle la importante cuestión del conflicto de intereses, se hará mención a un aspecto que antecede a este problema y es el análisis del contrato de franquicia como contrato independiente-ordinario. Desde esta óptica, el contrato se enmarcará en la independencia total de las partes y la consecuente toma de decisiones sobre la base de un criterio negocial (business judgment approach). Esta teoría, que cuenta con una acogida mayoritaria en la resolución de disputas dentro de la franquicia, se erige como una negación clara a la naturaleza particularísima del contrato de franquicia, en cuanto al elemento de Cooperación, que se ha querido poner de presente en este escrito. Sin más, la franquicia vista desde esta óptica, es un contrato como cualquiera, en el que sus partes se precian de no tener un vínculo de cooperación, sino una total autonomía e independencia en la toma de decisiones. Dichas decisiones tendrán como motivación única, el obedecer a una conveniencia de tipo ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ lo cual crea las condiciones perfectas que redundarán en abuso y consecuente oportunismo. Ahora bien, el conflicto de intereses, es por mucho, la situación que más contribuye a que una de las partes de la relación vea lesionados sus intereses y es por ello que se perfila como una de las principales causas de problemas al interior de la relación. En primera medida, el franquiciante tiene un interés de valorizar su marca, esto es, aumentar el valor intrínseco adquirido por su creación. Ahora bien, ¿qué pasaría si este propósito no es compartido por el franquiciado? Se estará, entonces, ante una situación de colisión de intereses. Este simple ejemplo denota un gran contrasentido en el contrato, ya que una vez establecido el contrato los intereses empiezan siendo divergentes, lo cual obvia el espíritu cooperativo en aras de un bien común, propio de su naturaleza relacional, para dar paso a la defensa exclusiva del interés de cada cual. Ilustrándolo más claramente, se tiene como de una parte, el franquiciado desea maximizar las ganancias, producto de la operación de su local (por lo que no encuentra aliciente en realizar actividades extras e.g. renovación, ya que no reportan un rédito directo a su favor); de otro lado, el franquiciante quiere, por una