DEL OBJETO DEL CONTRATO. Mediante el presente contrato, la EREP-RENIEC y la ECEP-RENIEC se comprometen a prestar, los Servicios de Certificación Digital, para el uso de autenticación y firma digital a solicitud de EL CONTRATANTE (los cuales comprenden: emisión y cancelación de certificados digitales). En ese sentido, EL RENIEC emitirá los certificados digitales al personal que EL CONTRATANTE haya designado, quienes se constituirán en Suscriptores.
DEL OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es la prestación del servicio de mediación familiar, que deberá ejecutarse respecto de causas de mediación previa obligatoria como de mediación voluntaria, susceptibles de ser mediadas, que ingresen al Centro de Mediación en la zona (…), de la Región (….) correspondiente al territorio jurisdiccional del Juzgado de Familia de (…)/Juzgado de Letras de (…), que se deriven desde el Tribunal de Familia/ Juzgado de Letras con competencia en asuntos de Familia que integra la zona, del Consultorio Jurídico de la Corporación de Asistencia Judicial de la zona, los ingresos espontáneos de los usuarios que se susciten durante la vigencia de la convención que se suscribe y cualquier otro medio de ingreso que determine la Contraparte Técnica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La prestación de este servicio deberá ejecutarse de conformidad con la Ley N° 19.968 y su Reglamento, las Bases de Licitación que rigieron el proceso concursal, el presente contrato y los estándares fijados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de los manuales, instrucciones y recomendaciones técnicas que versen sobre los diferentes procedimientos asociados. El objeto de la presente convención, comprende como mínimo los aspectos que a continuación se detallan, y que se elevan a la calidad de esencial para las partes, los que deberán ser observados y cumplidos por el Contratado en la ejecución del servicio de mediación familiar durante toda la vigencia del presente contrato:
1) La prestación de los servicios contratados se deberá proporcionar con estricta sujeción a los principios y requerimientos establecidos en la Ley N° 19.968 y su Reglamento, debiendo ejecutarse por los profesionales idóneos, inscritos en el Registro de Mediadores y que formen parte de la Nómina de Mediadores ofertadas por el Contratado en calidad de mediadores titulares, o que, incorporados como mediadores con posterioridad, sean aceptados como tales por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en las materias susceptibles de dicho procedimiento, en conformidad a la legislación vigente, sean éstas de mediación previa o voluntaria.
2) La prestación de los servicios contratados se deberá proporcionar en un lugar adecuado para la atención de usuarios/as, con las condiciones de infraestructura, equipamiento y recursos humanos idóneos para la adecuada prestación del servicio. De este modo la prestación de los servicios contratados se deberá proporcionar en instalaciones con...
DEL OBJETO DEL CONTRATO. EL OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICIO ES LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y RENOVACIÓN DE LICENCIAS DE SOFTWARE, QUE “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A PROPORCIONAR A “EL CETI”, DE CONFORMIDAD A LO SEÑALADO EN EL ANEXO 1 “PROPUESTA TÉCNICA”, EN EL CUAL SE ESTABLECE LAS CARACTERISTICAS, ESPECIFICACIONES, FECHAS, LUGARES Y CONDICIONES DE LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS Y DE CONFORMIDAD A LA “PROPUESTA TÉCNICA” PRESENTADA POR “EL PROVEEDOR” EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y JUNTA DE ACLARACIONES, MISMA QUE FORMA PARTE INTEGRAL DEL PRESENTE CONTRATO. “EL PROVEEDOR” SERÁ RESPONSABLE DIRECTO DE LAS RELACIONES LABORALES CON SUS TRABAJADORES, EL CUAL SERÁ DE MANERA CONTINUA DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO.
DEL OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es dar a conocer las Condiciones Generales y Específicas que regulan las Cuentas de Ahorro, Ahorro con Órdenes de Pago, Plazo Fijo, CTS, Xxxxxxx Ahorro y Cuenta Joven; en adelante Las Cuentas, y Servicios Complementarios que EL (LOS) CLIENTE(S) contrate(n) en el fecha de suscripción del presente contrato y los que contrate(n) en el futuro en forma individual o conjuntamente con otras personas y que LA CAJA de conformidad con las normas regulatorias, sus políticas y reglamentos acuerde(n) otorgarle(s). Cada una de Las Cuentas contratadas por EL (LOS) CLIENTE(S) y/o que contrate(n) en el futuro, se rigen/regirán además por las Condiciones Específicas de cada Cuenta, así como por las condiciones señaladas en las Cartillas de Información y la Solicitud de Apertura de Cuenta que se emitirán al momento de la apertura de Las Cuentas. Las Condiciones Específicas para cada tipo de Cuenta prevalecerán sobre las Condiciones Generales establecidas en el presente documento y se detallarán en forma particular para cada una de Las Cuentas.
DEL OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es dar a conocer las condiciones generales y específicas aplicables a todas las cuentas de Ahorro de LA CMAC CUSCO S.A., en adelante llamadas Cuentas de Depósito y Servicios Complementarios que EL (LOS) CLIENTE(S) contrate(n) en el fecha de suscripción del presente contrato y los que contrate en el futuro en forma individual o conjuntamente con otras personas y que LA CMAC CUSCO S.A. de conformidad con las normas regulatorias, sus políticas y reglamentos acuerde(n) otorgarle(s). Cada una de las Cuentas de Depósitos y/o Servicios Complementarios contratados por EL (LOS) CLIENTE(S) y/o que contrate(n) en el futuro se rigen/regirán además por las condiciones particulares contenidas en las Cartillas de Información y el Registro de Apertura de Cuenta que se emitirán al momento de la apertura de la cuenta. Las condiciones específicas para cada tipo de Cuenta de Depósito de Ahorro y Servicios Complementarios prevalecerán sobre las condiciones generales y se detallaran en forma específica para cada uno de ellas.
DEL OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente Contrato es que los Asociados que integren el Grupo se faciliten por acción conjunta y mediante pagos mensuales, la adjudicación del Certificado de Compra. Éste deberá ser destinado exclusivamente a adquirir del Proveedor un vehículo nuevo, según lo establecido en LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES, quedando expresamente prohibida la entrega de dinero al Asociado.
DEL OBJETO DEL CONTRATO. El presente contrato de adjudicación de beca institucional (Contrato de Bajo Monto o Corta Duración) tiene por objeto regular los derechos, las obligaciones y demás detalles de la relación contractual instituidas entre las partes que lo suscriben.
DEL OBJETO DEL CONTRATO. CLÁUSULA No. 8.- El presente Contrato Colectivo de trabajo tiene por objeto fijar derechos y obligaciones de la Universidad y del Sindicato como partes contratantes, estableciendo en adición a las disposiciones legales las bases y condiciones de trabajo conforme a las cuales los trabajadores académicos prestarán sus servicios.
CLÁUSULA No. 9.- Las partes contratantes se reconocen recíprocamente la personalidad jurídica con que se ostentan.
CLÁUSULA No. 10.- El presente contrato se celebra por tiempo indeterminado y su vigencia se iniciará el día primero de enero del 2010, será revisado cada dos años, excepto el tabulador xx xxxxxxx, cuya revisión será anual en los términos de la Ley Federal del Trabajo, sujetándose a las características de los servicios prestados y a la naturaleza de la propia Universidad. En caso de no existir una nueva propuesta al vencimiento, se tendrán por prorrogados los términos y contenido del presente contrato.
CLÁUSULA No. 11.- Las partes contratantes convienen en que las cuestiones académicas no son negociables y por lo tanto no son objeto de este contrato, ya que son reguladas por los Reglamentos y disposiciones Universitarias correspondientes.
CLÁUSULA No. 12.- Manifiestan las partes de conformidad en que los derechos de los Académicos y las disposiciones del presente contrato se sujetarán a lo previsto en la Constitución General de la República, Ley Federal del Trabajo, Ley Orgánica de la Universidad y sus reglamentos. Se tendrá por no puesta toda aquella cláusula que atente contra la autonomía Universitaria, la libertad de cátedra y los fines de la Universidad.
CLÁUSULA No. 13.- La Universidad reconoce que la representación genuina de los trabajadores académicos a su servicio, radica en el Sindicato como único representante
CLÁUSULA No. 14.- Los acuerdos y convenios serán invariablemente ejecutados en sus términos por los funcionarios facultados para ello, las autoridades de la Universidad deberán comunicar a sus funcionarios el contenido de dichos acuerdos, así mismo dar la difusión amplia y oportuna en todas las dependencias donde labore el personal académico. El desconocimiento del clausulado del presente contrato, no exime a las partes de su debido cumplimiento.
DEL OBJETO DEL CONTRATO. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A PROPORCIONAR A “EL CETI” EL O LOS “SERVICIOS DIVERSOS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARÍA Y EQUIPO”, DE CONFORMIDAD A LO SEÑALADO EN EL ANEXO 1 “PROPUESTA TÉCNICA”, EN EL CUAL SE ESTABLECE LAS CARACTERISTICAS, ESPECIFICACIONES, LAS FECHAS, LUGARES Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y DE CONFORMIDAD A LA “PROPUESTA TÉCNICA” PRESENTADA POR “EL PROVEEDOR” EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y JUNTA DE ACLARACIONES, MISMA QUE FORMA PARTE INTEGRAL DEL PRESENTE CONTRATO. PARA EL OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN, “EL CETI” REQUIERE QUE “EL PROVEEDOR” CUMPLA CON LAS OBLIGACIONES LABORALES RESPECTO DE TODOS Y DE CADA UNO DE LOS RECURSOS HUMANOS QUE EMPLEE PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A QUE SE CONVOCA, EN TÉRMINOS DE LO SEÑALADO EN EL NUMERAL XVI “RELACIONES LABORALES” DE LA CONVOCATORIA.
DEL OBJETO DEL CONTRATO. El presente contrato tiene por objeto regular las relaciones entre EL BANCO y el CLIENTE derivadas del servicio Mercantil en Línea Empresas, así como de los productos y servicios financieros a los que se afilie EL CLIENTE con posterioridad, para lo cual se suscribirán los respectivos Anexos estableciendo, las condiciones particulares de cada uno de los respectivos servicios, así como las comisiones que se generarán a favor de EL BANCO, como contraprestación por los servicios prestados.