Denegación de Beneficios. Una Parte, previa notificación y consulta con la otra Parte, podrá denegar los beneficios de este capítulo a un inversionista de otra Parte que sea una empresa de dicha Parte y a las inversiones de tal inversionista, si inversionistas de un país no Parte son propietarios de la empresa y ésta no tiene actividades empresariales substanciales en el territorio de la Parte conforme a cuya ley está constituida u organizada.
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Samples: Inversión, Investment Agreement
Denegación de Beneficios. Una Parte, previa notificación comunicación y consulta con la otra Parte, podrá denegar los beneficios de este capítulo a un inversionista de otra Parte que sea una empresa de dicha esa Parte y a las inversiones de tal ese inversionista, si inversionistas de un país que no sea Parte son propietarios detentan la mayoría del capital de la empresa o la controlan, y ésta no tiene actividades empresariales substanciales sustanciales en el territorio de la Parte conforme a cuya ley está constituida u organizada.
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