Common use of DERECHO DE ARREPENTIMIENTO Clause in Contracts

DERECHO DE ARREPENTIMIENTO. En la oferta de seguros efectuada fuera del local xx XXXXXXXX SEGUROS o sin que medie la intermediación de un corredor de seguros o de un promotor de seguros o cuando se realice la comercialización a través de mecanismos a distancia, el CONTRATANTE en caso de póliza individual o del ASEGURADO, en caso de una póliza grupal, según corresponda, tiene derecho de arrepentimiento, en cuyo caso podrá resolver el presente contrato, sin expresión de causa ni penalidad alguna dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de recepción de la póliza o certificado de seguro, utilizando el mismo canal y forma por el cual contrató el seguro o mediante comunicación escrita dirigida al área de atención al cliente xx XXXXXXXX SEGUROS, remitido por medios físicos o electrónicos, o a través de cualquiera de los canales puestos a disposición según lo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza o del certificado de seguros, según corresponda. PACÍFICO SEGUROS devolverá el monto de la prima recibida, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de ejercido el derecho de arrepentimiento. No obstante, lo señalado en el párrafo anterior, El CONTRATANTE o EL ASEGURADO, según corresponda, podrá hacer uso del derecho de arrepentimiento en tanto no haya utilizado ninguna de las coberturas y/o beneficios otorgados por el contrato de seguro; y siempre que el seguro se encuentre vigente.

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Samples: Seguro De Renta Hospitalaria

DERECHO DE ARREPENTIMIENTO. En la oferta de seguros efectuada fuera del local xx XXXXXXXX de PACÍFICO SEGUROS o sin que medie la intermediación de un corredor de seguros o de un promotor de seguros o cuando se realice la comercialización a través de mecanismos a distancia, el CONTRATANTE en caso de póliza individual o del ASEGURADO, en caso de una póliza grupal, según corresponda, tiene derecho de arrepentimiento, en cuyo caso podrá resolver el presente contrato, sin expresión de causa ni penalidad alguna dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de recepción de la póliza o certificado de seguro, utilizando el mismo canal y forma por el cual contrató el seguro o mediante comunicación escrita dirigida al área de atención al cliente xx XXXXXXXX de PACÍFICO SEGUROS, remitido por medios físicos o electrónicos, o a través de cualquiera de los canales puestos a disposición según lo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza o del certificado de seguros, según corresponda. PACÍFICO SEGUROS devolverá el monto de la prima recibida, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de ejercido el derecho de arrepentimiento. No obstante, lo señalado en el párrafo anterior, El CONTRATANTE o EL ASEGURADO, según corresponda, podrá hacer uso del derecho de arrepentimiento en tanto no haya utilizado ninguna de las coberturas y/o beneficios otorgados por el contrato de seguro; y siempre que el seguro se encuentre vigente.

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Samples: Seguro De Renta Hospitalaria

DERECHO DE ARREPENTIMIENTO. En Si la oferta Póliza o el Certificado de seguros efectuada fuera del local xx XXXXXXXX SEGUROS Seguro han sido ofertados por comercializadores de la COMPAÑIA, o sin que medie la intermediación de un corredor de seguros o de un promotor de seguros o cuando se realice la comercialización a través de mecanismos Sistemas de Comercialización a distancia, o mediante bancaseguros, el CONTRATANTE en caso y/o ASEGURADO tiene derecho de póliza individual arrepentirse de la contratación del contrato o del ASEGURADO, en caso certificado de una póliza grupalseguro, según corresponda, tiene derecho sin necesidad de arrepentimiento, en cuyo caso podrá resolver el presente contrato, sin expresión de causa ni penalidad alguna alguna. El derecho de arrepentimiento se podrá ejercer dentro de los quince (15) días calendarios calendario siguientes a la fecha de recepción de la póliza Póliza o nota de cobertura provisional en el caso de seguros individuales, o del certificado de seguro en el caso de pólizas grupales, siempre que las mismas no sean condición para contratar operaciones crediticias. En los casos precedentes, corresponde a la COMPAÑÍA la devolución total de la prima recibida. Para estos fines, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO que quiera ejercer su derecho de arrepentimiento podrá emplear los mismos mecanismos de forma, lugar y medios que usó para la contratación del seguro o certificado de seguro, utilizando el mismo canal y forma por el cual contrató el seguro o mediante comunicación escrita dirigida al área de atención al cliente xx XXXXXXXX SEGUROS, remitido por medios físicos o electrónicos, o a través de cualquiera de los canales puestos a disposición según lo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza o del certificado de seguros, según corresponda. PACÍFICO SEGUROS devolverá Cuando el monto CONTRATANTE y/o ASEGURADO ejerzan su derecho de arrepentimiento, la devolución de la prima recibidase realizará en la forma indicada por éstos, dentro y en un plazo máximo de los treinta (30) días calendario siguientes de ejercido el derecho de arrepentimiento. No obstante, lo señalado en el párrafo anterior, El CONTRATANTE o EL ASEGURADO, según corresponda, podrá hacer uso del derecho de arrepentimiento en tanto no haya utilizado ninguna de las coberturas y/o beneficios otorgados por el contrato de seguro; y siempre que el seguro se encuentre vigentecomputados desde la solicitud.

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Samples: Seguro De Vida

DERECHO DE ARREPENTIMIENTO. En Si la oferta Póliza, Solicitud-Certificado o el Certificado de seguros efectuada fuera del local xx XXXXXXXX SEGUROS Seguro han sido ofertados por comercializadores de la COMPAÑIA, o sin que medie la intermediación de un corredor de seguros o de un promotor de seguros o cuando se realice la comercialización a través de mecanismos Sistemas de Comercialización a distancia, o mediante bancaseguros, el CONTRATANTE en caso de póliza individual o del ASEGURADO, en caso de una póliza grupal, según corresponda, tiene derecho de arrepentimiento, en cuyo caso podrá resolver el presente contrato, arrepentirse de su contratación sin necesidad de expresión de causa ni penalidad alguna alguna. El derecho de arrepentimiento se podrá ejercer dentro de los quince (15) días calendarios calendario siguientes a la fecha de recepción de la póliza Póliza o nota de cobertura provisional en el caso de seguros individuales, o de la Solicitud-Certificado o certificado de seguro en el caso de pólizas grupales, siempre que las mismas no sean condición para contratar operaciones crediticias y que no se hayan utilizado las coberturas. En los casos precedentes, corresponde a la COMPAÑÍA la devolución total de la prima recibida. Para estos fines, el CONTRATANTE o ASEGURADO que quiera ejercer su derecho de arrepentimiento podrá emplear los mismos mecanismos de forma, lugar y medios que usó para la contratación del seguro, Solicitud-Certificado o certificado de seguro, utilizando el mismo canal y forma por el cual contrató el seguro o mediante comunicación escrita dirigida al área de atención al cliente xx XXXXXXXX SEGUROS, remitido por medios físicos o electrónicos, o a través de cualquiera de los canales puestos a disposición según lo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza o del certificado de seguros, según corresponda. PACÍFICO SEGUROS devolverá Cuando el monto CONTRATANTE o ASEGURADO ejerzan su derecho de arrepentimiento, la devolución de la prima recibidase realizará en la forma indicada por éstos, dentro y en un plazo máximo de los treinta (30) días calendario siguientes de ejercido el derecho de arrepentimiento. No obstante, lo señalado en el párrafo anterior, El CONTRATANTE o EL ASEGURADO, según corresponda, podrá hacer uso del derecho de arrepentimiento en tanto no haya utilizado ninguna de las coberturas y/o beneficios otorgados por el contrato de seguro; y siempre que el seguro se encuentre vigentecomputados desde la solicitud.

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Samples: Insurance Contract

DERECHO DE ARREPENTIMIENTO. En Siempre que el marco regulatorio permita la oferta de seguros efectuada fuera del local xx XXXXXXXX SEGUROS o sin que medie la intermediación comercialización de un corredor producto de seguros seguro a través de comercializadores, o en el caso de un promotor de seguros o cuando se realice la comercialización a través del uso de mecanismos sistemas a distancia, el CONTRATANTE en caso de póliza individual y siempre que no sean condición para contratar operaciones crediticias, EL CONTRATANTE, o del ASEGURADO, en caso de una póliza grupal, según corresponda, tiene derecho de arrepentimiento, en cuyo caso podrá arrepentimiento para resolver el presente contratocontrato o el certificado de seguro, según corresponda, sin expresión de causa ni penalidad alguna alguna. Este derecho se podrá ejercer dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de recepción de la póliza Póliza o certificado una nota de segurocobertura provisional, utilizando el mismo canal y forma por el cual contrató el seguro o mediante comunicación escrita dirigida al área en los casos de atención al cliente xx XXXXXXXX SEGUROS, remitido por medios físicos o electrónicospólizas individuales, o a través del Certificado de cualquiera Seguro, en el caso de los canales puestos a disposición según lo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza o del certificado de segurospólizas grupales, según corresponda. debiendo PACÍFICO SEGUROS devolverá en ambos casos devolver el monto de la prima recibida, dentro en un plazo de los treinta (30) días calendario siguientes 30 días, computados a partir de ejercido la comunicación realizada por el derecho de arrepentimiento. No obstante, lo señalado en el párrafo anterior, El CONTRATANTE o EL el ASEGURADO, según corresponda, en que solicite la aplicación del arrepentimiento. Para tal fin, el CONTRATANTE o el ASEGURADO que quiera hacer valer su derecho de resolver la póliza o el certificado de seguro, según corresponda, podrá emplear los mismos mecanismos de forma, lugar y medios que usó para la contratación del seguro. No obstante lo señalado en la presente cláusula El CONTRATANTE o El ASEGURADO, según se trate de un seguro individual o grupal, podrá hacer uso del derecho de arrepentimiento en tanto siempre y cuando no haya utilizado ninguna alguna de las coberturas y/o beneficios otorgados por el contrato de seguro; y siempre que el seguro se encuentre vigente.

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Samples: General Contracting Clauses for General Risks

DERECHO DE ARREPENTIMIENTO. En la oferta de seguros efectuada fuera del local xx XXXXXXXX de PACÍFICO SEGUROS o sin que medie la intermediación de un corredor de seguros o de un promotor de seguros o cuando se realice la comercialización a través de mecanismos a distancia, el CONTRATANTE en caso de póliza individual o del ASEGURADO, en caso de una póliza grupal, según corresponda, tiene derecho de arrepentimiento, en cuyo caso podrá resolver el presente contrato, sin expresión de causa ni penalidad alguna dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de recepción de la póliza o certificado de seguro, o una nota de cobertura provisional, utilizando el mismo canal y forma por el cual contrató el seguro o mediante comunicación escrita dirigida al área de atención al cliente xx XXXXXXXX de PACÍFICO SEGUROS, remitido por medios físicos o electrónicos, o a través de cualquiera de los canales puestos a disposición según lo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza o del certificado de seguros, según corresponda. PACÍFICO SEGUROS devolverá el monto de la prima recibida, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de ejercido el derecho de arrepentimiento. No obstante, lo señalado en el párrafo anterior, El CONTRATANTE o EL el ASEGURADO, según corresponda, podrá hacer uso del derecho de arrepentimiento en tanto no haya utilizado ninguna de las coberturas y/o beneficios otorgados por el contrato de seguro; y siempre que el seguro se encuentre vigente.

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Samples: Seguro Oncológico Indemnizatorio