Mantenimiento. Desde Ia instaIación deI baIizamiento hasta su compIeta retirada de Ias pIayas, correrá a cargo deI contratista su MANTENIMIENTO PREVENTIVO, que consistirá en un reconocimiento periódico de Ias instaIaciones y sus eIementos, comprobándose eI estado generaI deI baIizamiento, número y estado de Ias boyas, su alineación, pérdidas, tensado de cordadas, cadenas, griIIetes, cabos, ancIajes, enterramiento de Iastres de hormigón y fondeos y Iimpieza de incrustaciones. Asimismo se IIevará a cabo eI MANTENIMIENTO CORRECTIVO URGENTE de Ias instaIaciones, que engIobará todas aqueIIas actuaciones motivadas por avisos por pérdidas de eIementos, roturas, revisiones tras temporaIes y, en generaI, cuaIquier actuación necesaria para Ia reposición o sustitución de Ios eIementos dañados o desgastados, de forma que eI baIizamiento permanezca en perfecto estado durante toda la época estival. EI tiempo máximo para atender y resoIver este tipo de avisos es de 48 horas. No obstante, si se produjeran situaciones que pusieran en riesgo o peIigro Ia seguridad de Ios usuarios de Ias pIayas, eI pIazo de atención a estos casos será de un máximo de 24 horas. Las actuaciones tanto de mantenimiento preventivo como correctivo que se IIeven a cabo en Ias pIayas deberán estar en todo momento consensuadas y coordinadas con Ios técnicos municipaIes de cada Ayuntamiento en materia de horario de actuación, con eI fin de evitar moIestias a Ios usuarios de Ias pIayas. EI incumpIimiento de Io estabIecido en eI párrafo anterior podrá ser motivo de penaIización aI adjudicatario. EI plazo para eI mantenimiento en cuaIquiera de sus formas comenzará en eI mismo momento en que se termine Ia instaIación de una pIaya, y finaIizará en eI momento que se proceda a su retirada (hasta el 30 DE SEPTIEMBRE de cada año), a no ser que se especifique otra fecha por Ia Mancomunidad o aIgunos de Ios municipios. Por circunstancias especiaIes que así Io requieran, Ia Mancomunidad podrá variar este pIazo sin que eI contratista pueda exigir contraprestación aIguna por taI motivo.
Mantenimiento. MÁSMÓVIL reparará las averías que se produzcan en todos los Equipos cedidos y relacionados con la prestación del Servicio que hubieran sido proporcionados por MÁSMÓVIL, asumiendo el coste de las mismas siempre y cuando se hubieran producido por causas no imputables al Cliente. En caso de que el Cliente detecte una avería en el Equipo o un mal funcionamiento del Servicio deberá ponerse en contacto con el Servicio de atención técnica de MÁSMÓVIL llamando al Servicio de Atención al Cliente. MÁSMÓVIL empleará los medios que en cada momento considere necesarios para resolver la incidencia.
Mantenimiento. Comprende las actividades rutinarias, periódicas o de emergencia destinadas a la Conservación de los Bienes de la Concesión y requeridas para dar cumplimiento a los niveles de servicios mínimos establecidos en el presente Contrato. Incluye: Mantenimiento Rutinario: Básicamente los términos precisados en el Volumen 1 del Manual de Conservación de Carreteras de la AIPCR/PIARC, Edición 1994, así como en el AASHTO y el Instituto del Asfalto, los mismos que hacen referencia a aquellas actividades que se realizan con el propósito de proteger y mantener en buenas condiciones de funcionalidad la infraestructura vial, a efectos de atender adecuadamente el tráfico acorde con los niveles de servicio exigidos para la vía. Comprende, entre otras, las siguientes actividades: - Limpieza y reparación, de ser el caso, de calzadas y bermas, alcantarillas, cunetas, - Señales, guardavías y otros elementos de la infraestructura vial. - Conservación de los elementos xx xxxxxxx y obras de arte. - Repintado de la señalización horizontal en zonas puntuales. - Replantado y arreglo de las áreas verdes. - Parchados, tratamiento de fisuras, bacheos y sellado. - Control de vegetación o de arena. - Mantenimiento de las señales verticales. - Estabilización de taludes y control de la erosión de los mismos. - Control y manejo de sedimentos. - Verificación de señalizaciones y seguridad vial complementaria. Mantenimiento Periódico: Básicamente los términos precisados en el Volumen 1 del Manual de Conservación de Carreteras de la AIPCR/PIARC, Edición 1994, así como en el AASHTO y el Instituto del Asfalto, los mismos que hacen referencia a tareas de mantenimiento mayor preventivas que se efectúan con el propósito de asegurar la funcionalidad e integralidad del camino tal como fue diseñado. Son tareas previsibles en el tiempo, periódicas, cuya ejecución es determinada por la inadecuación de algún índice que establece las capacidades estructurales de la Vía. Comprende entre otras, la renovación del pavimento (revestimiento del asfalto xxxxxxx; tratamiento superficial o capa de resellado, riego niebla, lechada, micropavimento u otros); control general de la rugosidad del pavimento, alcantarillas, cunetas y obras de arte. Mantenimiento de Emergencia: Consiste en tareas de ejecución ocasional, de carácter extraordinario, efectuadas con el propósito de recuperar la funcionalidad o integralidad del Área de la Concesión, que se haya perdido por efecto de la acción del clima, la naturaleza u otro...
Mantenimiento. Cuando así se establezca en el apartado J del Cuadro-Resumen el adjudicatario realizará el mantenimiento de los bienes objeto del suministro en las condiciones que se recogen en el Pliego de prescripciones técnicas. En cualquier caso, si el objeto del contrato es la compra de equipos o sistemas para el tratamiento de la información, el mantenimiento incluirá las revisiones preventivas, reparaciones de averías de las máquinas o dispositivos de las mismas, reposición de piezas y sustitución del equipo averiado mediante otro de reserva y actualización o adaptación de programas.
Mantenimiento. 5.2.1 De la instalación: R realizará durante los seis (6) primeros meses, sin coste para el Cliente, el mantenimiento ordinario de la instalación interna realizada.
5.2.2 De los equipos:
5.2.3 Servicios de mantenimiento:
Mantenimiento. El Arrendatario mantendrá, someterá a servicio, mantenimiento mayor, reparaciones, alteraciones, modificaciones y pruebas a la Aeronave, la Estructura y cada Motor, o dispondrá que la Aeronave, la Estructura y cada motor sean sometidos a mantenimiento, servicio, mantenimiento mayor, reparaciones, alteraciones, modificaciones y pruebas de conformidad con el programa de mantenimiento aprobado por la DGAC para la Aeronave, Estructura y Motores, de manera que se mantenga la Aeronave, la Estructura y cada Motor y cada Parte del mismo en las mismas buenas condiciones operativas en las que se entregó originalmente de conformidad con el presente, salvo el desgaste y uso habitual y mantener la Aeronave en condiciones operativas que puedan ser necesarias para que el certificado de aeronavegabilidad de la Aeronave se mantenga vigente bajo las normas y reglamentos aplicables de la DGAC y otra autoridad gubernamental que tenga, en ese momento, jurisdicción sobre la operación de la Aeronave, salvo que la DGAC o esa otra autoridad revoque o suspenda los certificados de aeronavegabilidad de todos ese tipos de aeronaves. El Arrendatario podrá contratar los servicios únicamente de técnicos de mantenimiento externos si estos cuentan con la aprobación de la DGAC. No obstante cualquier otra disposición de este Arrendamiento, la Aeronave, la Estructura y cada motor puede recibir mantenimiento, servicio, mantenimiento mayor, reparaciones, alteraciones y modificaciones por un taller aprobado por la FAA 145, y aprobado por escrito por el Arrendador. Todas las etiquetas de esos técnicos de mantenimiento serán retenidas por el Arrendatario e incorporadas en los registros de la Aeronave. El Arrendatario acuerda que no discriminará la Aeronave (en comparación con otra Aeronave del mismo tipo propiedad de u operada por el Arrendatario) considerando el vencimiento o terminación del Arrendamiento con respecto al mantenimiento de la Aeronave, que no sea el retiro de la Aeronave de uso y operación que sea necesario para preparar la Aeronave para su devolución al Arrendador luego del vencimiento o terminación. El Arrendatario además acuerda que la Aeronave, Estructura y Motores se mantendrán bajo condiciones de mantenimiento en cumplimiento de todas las leyes, normas, directivas de Aeronavegabilidad, reglamentos y pedidos de cada gobierno o autoridad gubernamental con jurisdicción sobre el mantenimiento de la Aeronave durante la Vigencia de este Arrendamiento y en cumplimiento de cada certi...
Mantenimiento. Serán por cuenta del arrendador todos los lubricantes, aceites, grasas, ácido y electrolito, necesarios para el mantenimiento.
Mantenimiento. 11.1 Cambios de formato / contenido de los datos. Si el formato o contenido de los datos en crudo procesados por el Software se modifica como resultado de cambios realizados por el vendedor en el sistema operativo y en los subsistemas en que se crean los datos, el Cedente se compromete a asegurar la continuidad de la compatibilidad del Software. El Cedente hará los arreglos necesarios a las Últimas versiones a su entera discreción. El Cedente no tiene obligación de modificar versiones anteriores del Software (es decir, las que no sean las Últimas versiones) para que funcionen con las últimas versiones de sistemas operativos, software o hardware.
Mantenimiento. A los efectos de dar cumplimiento a la obligación del Arrendatario de mantener y conservar los Bienes durante el periodo de vigencia del presente Contrato, incluida en la Condición General Cuarta de las unidas a este contrato (“ Conserva ción y mantenimiento de los bienes”), las Partes manifiestan que, como prestación que se ha tenido en consideración para el cálculo la Renta de Arrendamiento pacta da y por tanto sin otro cargo adicional alguno para el Arrendatario por dicho concepto; el Ar rendador tiene concertado - a su cargo-, un contrato de mantenimiento con el Fabricante de los bienes o un tercero de reconocida solvencia según se indica más adelante en la pres ente estipulación. El Arrendatario declara conocer y aceptar las prestaciones y servicios a los que tiene derecho por razón de dicho mantenimiento, por haber sido informado con anterioridad a este acto. Sin perjuicio de lo anterior, el Arrendatario permanecerá en todo caso sujeto a los términos y condiciones contenidos en la c itada Condición General Cuarta en todo lo relativo a la conservación, sustitución de piezas y/o componentes, viniendo obligado a re alizar, a su exclusivo cargo, bien por sí mismo o por terceros autorizados de reconocido prestigio dichas labores de conservación y mantenimiento así como todas aquellas labores y cumplimiento de autorizaciones, homologaciones o mejora y conservación a los que con carácter adicional esté obligado en cada momento por la legislación aplicable. Empresa prestadora del mantenimiento: [CAMPO “NOMBRE DEL MANTENIMIENTO”] con C.I.F. [CAMPO “CIF MANTENIMIENTO” ]
Mantenimiento. Comprende las actividades preventivas (rutinarias o periódicas) y correctivas de los Bienes de la Concesión, así como las reparaciones por emergencia, destinadas a dar cumplimiento a los Niveles de Servicio establecidos en el presente Contrato. Comprende además el Mantenimiento de aquellos bienes, equipos e infraestructura que el CONCESIONARIO utiliza para garantizar los Niveles de Servicio, los cuales no son considerados Bienes de la Concesión. Abarca asimismo, el concepto del Mantenimiento de las profundidades del Canal de Navegación en su geometría de diseño, y en ese sentido forma parte principal de los ítems involucrados en el Pago por Mantenimiento y Operación.