DERECHO DE ARREPENTIMIENTO. Si la presente póliza ha sido ofertada por comercializadores de la COMPAÑIA, incluyendo la bancaseguros, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO tiene derecho de arrepentimiento para resolver el contrato, sin expresión de causa ni penalidad alguna. Este derecho se podrá ejercer dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de recepción de la Póliza o una nota de cobertura provisional, en el caso de seguros individuales, o del certificado de seguro en el caso de pólizas grupales que no sean condición para contratar operaciones crediticias, debiendo la COMPAÑÍA en ambos casos devolver el monto de la prima recibida. Para tal fin, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO que quiera hacer valer su derecho de resolver la póliza o certificado de seguro, podrá emplear los mismos mecanismos de forma, lugar y medios que usó para la contratación del seguro.
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Samples: Cláusulas Generales De Contratación, Cláusulas Generales De Contratación Comunes a Los Seguros De Accidentes Personales, Seguro Por Muerte Accidental
DERECHO DE ARREPENTIMIENTO. Si la presente póliza ha sido ofertada por comercializadores de la COMPAÑIA, incluyendo la bancasegurosbanca seguros, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO tiene derecho de arrepentimiento para resolver el contrato, sin expresión de causa ni penalidad alguna. Este derecho se podrá ejercer dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de recepción de la Póliza o una nota de cobertura provisional, en el caso de seguros individuales, o del certificado de seguro en el caso de pólizas grupales que no sean condición para contratar operaciones crediticias, debiendo la COMPAÑÍA en ambos casos devolver el monto de la prima recibida. Para tal fin, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO que quiera hacer valer su derecho de resolver la póliza o certificado de seguro, podrá emplear los mismos mecanismos de forma, lugar y medios que usó para la contratación del seguro.
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Samples: Cláusulas Generales De Contratación, Cláusulas Generales De Contratación
DERECHO DE ARREPENTIMIENTO. Si la presente póliza ha sido ofertada por comercializadores de la COMPAÑIA, incluyendo la bancaseguros, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO tiene derecho de arrepentimiento para resolver el contratola póliza o certificado de seguro, según corresponda, sin expresión de causa ni penalidad alguna. Este derecho se podrá ejercer dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de recepción de la Póliza o de una nota de cobertura provisional, provisional en el caso de seguros individuales, o del certificado de seguro en el caso de pólizas grupales que no sean condición para contratar operaciones crediticias, debiendo la COMPAÑÍA en ambos casos devolver el monto de la prima recibida. Para tal fin, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO que quiera hacer valer podrá usar cualquiera de los medios de comunicación pactados para dirigirse a la COMPAÑÍA indicando su derecho intención de resolver la póliza o el certificado de seguro, podrá pudiendo emplear los mismos mecanismos de forma, lugar y medios que usó para la contratación del seguro.
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