DERECHOS DE LOS PASAJEROS. Las reglas que se indican a continuación aplicarán para aquellos vuelos internacionales en que aplique la Convención; se estará a las reglas que a continuación se indican expresamente para estos vuelos, y en lo no indicado expresamente, se estará a las normas de la Convención. X. Xxxxxxxxxx de embarque por sobreventa 1. A elección del pasajero: a) Ser embarcado en el siguiente vuelo que tenga disponible el Transportador, o en un transporte alternativo, si es que decidiera persistir en el contrato de transporte aéreo; o b) Ser reembolsado del monto total pagado por el Billete, si desiste del contrato de transporte cuya ejecución no hubiere comenzado; o c) Si se trata de un viaje con escala y/o conexión ya iniciado, el Pasajero podrá optar entre: (i) Ser embarcado en el siguiente vuelo que tenga disponible el Transportador, o en un transporte alternativo, si es que decidiera persistir en el contrato de transporte aéreo; (ii) Ser reembolsado de la porción no utilizada; (iii) Ser retornado al punto xx xxxxxxx, con reembolso del precio del pasaje. 2. A compensación económica: el Transportador deberá, además, ofrecer al Pasajero afectado con una denegación de embarque una suma equivalente a 500 DES (Direitos Especiais de Saque), para los vuelos internacionales. Respecto a esta compensación, es necesario tener presente que: - El Pasajero que acepte estas compensaciones no podrá con posterioridad ejercer acciones contra el Transportador por la denegación de embarque. - Si conforme al numeral (i) del número 1 anterior, se embarca al Pasajero en el siguiente vuelo que tenga disponible el Transportador, y la diferencia en la hora de salida respecto a la prevista para el vuelo inicialmente reservado es inferior a tres horas, no procederá compensación. - Por “viaje con escala y/o conexión” se entiende aquel cuya llegada al punto de destino contempla un punto xx xxxxxxx y uno o más puntos intermedios de escala y/o conexión, cuando formen parte de un mismo contrato. - Se deberá embarcar de manera prioritaria a los niños no acompañados, a personas con discapacidad, a los pasajeros de edad avanzada o delicados de salud, a embarazadas que, en razón de su estado, requieran embarcarse prioritariamente y, en general, a los pasajeros que, por razones humanitarias calificadas por el Transportador, deban ser embarcados con preferencia.
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Samples: Contrato De Transporte Aéreo, Contrato De Transporte Aéreo De Pasajeros Y Equipaje, Contrato De Transporte Aéreo De Pasajeros Y Equipaje
DERECHOS DE LOS PASAJEROS. Las reglas que se indican a continuación aplicarán para aquellos vuelos que se rijan por las normas del Código Aeronáutico de Chile. Para los vuelos internacionales en que aplique la Convención; , se estará a las reglas que a continuación se indican expresamente para estos vuelos, y en lo no indicado expresamente, se estará a las normas de la Convención.
X. Xxxxxxxxxx A. Denegación de embarque por sobreventa
a) Los derechos del pasajero afectado por la denegación y las razones objetivas que justifican la adopcióndedicha medida.
b) Las indemnizaciones, compensaciones y mitigaciones que consagran las leyes para tales efectos y la forma en que el proveedor cumplirá con estos deberes.
c) Los mecanismos de denuncias y reclamos de que disponen los consumidores frente a los incumplimientos de estos deberes, ante la empresa y ante el Servicio Nacional del Consumidor, así como los tribunales competentes donde ejercer las acciones judiciales que correspondan.
d) Las multas por las infracciones de esta disposición.
e) Todas aquellas medidas y derechos que los proveedores consideren oportuno y adecuado informar. En caso de que el consumidor opte por la restitución del dinero, o que se deba pagar multas o compensaciones, se procederá al pago en la forma más expedita posible, en un plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles contado desde la denegación del embarque. El consumidor siempre tendrá la opción de recibir dichos montos a lo menos en dinero efectivo o por medio de transferencia bancaria electrónica. Adicionalmente, surgirán los siguientes derechos:
1. ) A elección del pasajero: a) Ser embarcado en el siguiente vuelo que tenga disponible el Transportador, o en un transporte alternativo, si es que decidiera persistir en el contrato de transporte aéreo; o b) Ser reembolsado del monto total pagado por el Billete, si desiste del contrato de transporte cuya ejecución no hubiere comenzado; o c) Si se trata de un viaje con escala y/o conexión ya iniciado, el Pasajero podrá optar entre: (i) Ser embarcado en el siguiente vuelo que tenga disponible el Transportador, o en un transporte alternativo, si es que decidiera persistir en el contrato de transporte aéreo; (ii) Ser reembolsado de la porción no utilizada; (iii) Ser retornado al punto xx xxxxxxx, con reembolso del precio del pasajepasaje (iv) Ser reembolsado del 100% de las tasas de embarque correspondientes a el o los tramos no utilizados, que hubiere pagado.
2. ) A compensación económica: el Transportador deberá, además, ofrecer al Pasajero afectado con una denegación de embarque una suma equivalente compensación económica, la que será determinada en base a 500 DES (Direitos Especiais la distancia del vuelo denegado de Saque), para los vuelos internacionales. embarque en relación con el tiempo de retraso en hora de llegada a destino: Respecto a esta compensaciónestas compensaciones, es necesario tener presente que: - :
a) El Pasajero que acepte estas compensaciones no podrá con posterioridad ejercer acciones contra el Transportador por la denegación de embarque. - , sin perjuicio de las infracciones e indemnizaciones consagradas en la ley N°19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores.
b) Si conforme al numeral (i) del número 1 anterior, se embarca al Pasajero en el siguiente vuelo que tenga disponible el Transportador, y la diferencia en la hora de salida respecto a la prevista para el vuelo inicialmente reservado es inferior a tres horas, no procederá compensación. - procederán estas compensaciones.
c) Por “viaje con escala y/o conexión” se entiende aquel cuya llegada al punto de destino contempla un punto xx xxxxxxx departida y uno o más puntos intermedios de escala y/o conexión, cuando formen parte de un mismo contrato. - .
d) Se deberá embarcar de manera prioritaria a los niños no acompañados, a personas con discapacidad, a los pasajeros de edad avanzada o delicados de salud, a embarazadas que, en razón de debido a su estado, requieran embarcarse prioritariamente y, en general, a los pasajeros que, por razones humanitarias calificadas por el Transportador, deban ser embarcados con preferencia.
3) A prestaciones asistenciales: Si el pasajero decide perseverar en el contrato de transporte, el Transportador estará obligado a las siguientes prestaciones asistenciales: a) Comunicaciones que el pasajero necesite efectuar, ya sean telefónicas, electrónicas o de naturaleza similar, si es que la diferencia entre la hora de salida prevista para el vuelo inicialmente reservado y la nueva hora de salida fuere superior a una hora. b) Comidas y refrigerios equivalentes a lo menos a 0,5 unidades de fomento cuando el tiempo transcurrido entre la hora de salida prevista para el vuelo inicialmente reservado y la nueva hora de salida fuere igual o superior a dos horas. Cumplido el plazo anterior, el pasajero tendrá derecho a una nueva prestación, y por el mismo valor, cada vez que transcurran tres horas adicionales de espera. Las prestaciones de esta letra deberán entregarse dentro de cada período correspondiente, por lo que no serán acumulables, y no serán aplicables mientras el pasajero no se encuentre presencialmente en el aeropuerto, u operen las prestaciones de la letra
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DERECHOS DE LOS PASAJEROS. Las Sin perjuicio de la aplicación según corresponda de las Condiciones Generales y Particulares antes establecidas, las siguientes reglas que se indican a continuación se aplicarán también para aquellos vuelos que se rijan por las normas de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley N° 27261 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050- 2001/MTC. Para los vuelos internacionales en que aplique la Convención; , se estará a las reglas que a continuación se indican expresamente para estos vuelos, vuelos y en lo no indicado expresamente, se estará a las normas de la Convención.
X. Xxxxxxxxxx A . Derecho de embarque por sobreventaInformación.-
1. A elección del pasajero: a) Ser embarcado Los vuelos disponibles, precisando claramente si se trata de vuelos directos y sin escala (non stop), de vuelos en conexión, debiendo quedar señalado el siguiente vuelo que tenga disponible lugar y hora previstas para los mismos, según el Transportador, itinerario programado o en un transporte alternativo, si es que decidiera persistir en el contrato de transporte aéreo; o b) Ser reembolsado del monto total pagado por el Billete, si desiste del contrato de transporte cuya ejecución no hubiere comenzado; o c) Si se trata de un viaje con escala y/o conexión ya iniciado, el Pasajero podrá optar entre: (i) Ser embarcado vuelo en el siguiente vuelo que tenga disponible el Transportador, o en un transporte alternativo, si es que decidiera persistir en el contrato de transporte aéreo; (ii) Ser reembolsado de la porción no utilizada; (iii) Ser retornado al punto xx xxxxxxx, con reembolso del precio del pasajecódigo compartido entre aerolíneas.
2b) Los tipos de tarifas disponibles del Transportador en que solicita el servicio. A compensación económica: el Transportador deberáEn caso de efectuar la reserva a través de un Agente de Viaje o de un operador turístico, además, ofrecer al Pasajero afectado con una denegación los tipos de embarque una suma equivalente a 500 DES (Direitos Especiais tarifas de Saque), para los vuelos internacionales. Respecto a esta compensación, es necesario tener presente que: - El Pasajero que acepte estas compensaciones no podrá con posterioridad ejercer acciones contra el Transportador por la denegación de embarque. - Si conforme al numeral (i) del número 1 anterior, se embarca al Pasajero en el siguiente vuelo que tenga disponible el Transportador, y la diferencia en la hora de salida respecto a la prevista diferentes transportistas para el vuelo inicialmente reservado es inferior solicitado y su vigencia, todo con indicación clara de las restricciones aplicables, y de las condiciones de reembolso.
c) El valor del billete discriminando el valor neto, los impuestos, tasas, cargos o cualquier otro sobrecosto autorizado, que deba ser pagado por los usuarios.
d) Los aeropuertos y terminales aéreos de origen y destino, del vuelo ofrecido.
e) Las condiciones del transporte respecto a tres horaslas reservas y cancelaciones, adquisición de billetes, tarifas y sus condiciones, limitaciones de equipaje, elementos que no procederá compensación. - Por “viaje con escala y/o conexión” se entiende aquel cuya llegada al punto de destino contempla un punto xx xxxxxxx y uno o más puntos intermedios de escala y/o conexión, cuando formen parte de un mismo contrato. - Se deberá embarcar de manera prioritaria a los niños no acompañados, a personas con discapacidad, a los pasajeros de edad avanzada o delicados de salud, a embarazadas que, en razón de su estado, requieran embarcarse prioritariamente pueden transportar y, en general, los deberes, restricciones y requisitos que deben cumplir los usuarios para que le presten un adecuado servicio de transporte aéreo.
f) Las agencias de viajes, operadores turísticos y demás intermediarios deberán informar al Transportista los datos veraces de contacto de los viajeros para que en caso necesario éstos puedan avisarle cualquier retraso, cambio o adelanto del vuelo. En caso de que los intermediarios no suministren dicha información o la den en forma errónea, serán responsables de las compensaciones que correspondan a los pasajeros queviajeros que no sean contactados oportunamente por el Transportista. Antes de la ejecución del transporte:
g) Cualquier cambio en el vuelo, el itinerario y, en general, cualquier aspecto que afecte la reserva acordada, por razones humanitarias calificadas el medio más rápido posible (teléfono, fax, correo electrónico, etc.) y, por el Transportadorlo menos, deban ser embarcados con preferencia.cuatro horas de antelación al vuelo
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Samples: Contrato De Transporte Aéreo De Pasajeros Y Equipaje