Desarrollo del procedimiento. Para el Concurso de Proyectos Arquitectónicos rige lo dispuesto en los artículos 79 al 84, debiendo observarse además lo siguiente: a) La evaluación técnica comprende la asignación de puntaje por el factor “Propuesta arquitectónica”.
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Samples: Reglamento De La Ley N° 30225, Ley De Contrataciones Del Estado, Ley De Contrataciones Del Estado
Desarrollo del procedimiento. Para el Concurso de Proyectos Arquitectónicos rige lo dispuesto en los artículos 79 al 84, debiendo observarse además lo siguiente:
a) La evaluación técnica comprende la asignación de puntaje por el factor “Propuesta arquitectónica”.
b) El comité de selección asigna puntaje a dicho factor con base a la decisión vinculante xxx xxxxxx independiente, la cual consta en el respectivo informe que se publica en el SEACE conjuntamente con las actas de evaluación de ofertas.
c) La asignación de puntaje del factor “Propuesta arquitectónica” no es apelable.
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