Common use of Descripción general del proceso Clause in Contracts

Descripción general del proceso. Este documento contiene las condiciones que tendrá en cuenta EPM para iniciar el proceso de selección o escogencia de uno o varios contratistas que, en las condiciones y con los requisitos exigidos ejecute los servicios y/o actividades, que se determinan en el numeral que define el “objeto” del respectivo proceso. De entre las personas que participen en el proceso y con aplicación de los procedimientos, criterios y reglas que el pliego de condiciones señala para evaluar las correspondientes condiciones, EPM seleccionará a quien (es) ofrezca (n) las mejores condiciones para cumplir con el “objeto”, vinculándolo jurídicamente en calidad de “CONTRATISTA”. Efectuada la selección y aceptada la (s) oferta (s) correspondiente (s) mediante la comunicación respectiva al oferente favorecido, éste procederá a la respectiva formalización del contrato, y una vez obtenida EPM y el “Contratista” darán inicio a la ejecución del contrato con sujeción estricta a los términos aquí fijados y siempre dentro del marco de la ley colombiana. En casos especiales, debidamente justificados se podrá ordenar a “EL CONTRATISTA” el inicio de ejecución del contrato una vez se haya aceptado la oferta, esto es, antes de su formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 2090 de 2015. 11Entre las normas de internas de contratación vigentes y aplicables en EPM se encuentran, entre otros, el Decreto 362 de 2014 expedido por la Junta Directiva que contiene las normas generales de contratación; Decreto 1266 de 2002, (modificado por el Decretos1659 de 2008 que deroga el Numeral 19 y los Anexos 1 y 2 y Decreto 1683 de 2008 que deroga el numeral 9); Decretos 1505 y 1517 de 2005 (sobre contratación de servicios de transporte); Circular 1323 de 2005 (Normas Municipales de Planeación Urbana); Decreto 1725 de 2005 (acceso a la red corporativa de EPM por los Contratistas); Decreto 1864 de 2012 (Por medio del cual se adopta el manual de reglas del negocio para la Gestión Integral de Riesgos en las Empresas Públicas de Medellín E.S.P.); Decreto 1969 de 2013, por medio del cual se crea el Comité de Contratación de las Empresas Públicas de Medellín E.S.P.; Decreto 2011 de 2014, Por medio del cual se actualizan los lineamientos asociados a la Gestión Integral de Riesgos para Empresas Públicas de Medellín – EPM; Decreto 2035 de 2014 - Por medio del cual se delegan funciones de los procesos “adquisición de bienes y servicios”… Decreto 2090 de 2015 que contiene los lineamientos asociados a la contratación de EPM”. Al terminar la ejecución de (las) acta (s) de trabajo, si la solicitud de ofertas así lo indica o EPM, y el “CONTRATISTA” se acuerda, se suscribirán los documentos mediante los cuales conste el cumplimiento de las obligaciones respectivas y se liquiden las sumas o valores que entre las partes se hayan causado.

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Descripción general del proceso. Este documento contiene las condiciones que tendrá en cuenta EPM para iniciar el proceso de selección o escogencia de uno o varios contratistas que, en las condiciones y con los requisitos exigidos ejecute los servicios y/o actividades, que se determinan en el numeral que define el “objeto” del respectivo proceso. De entre las personas que participen en el proceso y con aplicación de los procedimientos, criterios y reglas que el pliego de condiciones señala para evaluar las correspondientes condiciones, EPM seleccionará a quien (es) ofrezca (n) las mejores condiciones para cumplir con el “objeto”, vinculándolo jurídicamente en calidad de “CONTRATISTA”. Efectuada la selección y aceptada la (s) oferta (s) correspondiente (s) mediante la comunicación respectiva al oferente favorecido, éste procederá a la respectiva formalización del contrato, y una vez obtenida EPM y el “Contratista” darán inicio a la ejecución del contrato con sujeción estricta a los términos aquí fijados y siempre dentro del marco de la ley colombiana. En casos especiales, debidamente justificados se podrá ordenar a “EL CONTRATISTA” el inicio de ejecución del contrato una vez se haya aceptado la oferta, esto es, antes de su formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 2090 2077 de 2015. 11Entre las normas de internas de contratación vigentes y aplicables en EPM se encuentran, entre otros, el Decreto 362 de 2014 expedido por la Junta Directiva que contiene las normas generales de contratación; Decreto 1266 de 2002, (modificado por el Decretos1659 de 2008 que deroga el Numeral 19 y los Anexos 1 y 2 y Decreto 1683 de 2008 que deroga el numeral 9); Decretos 1505 y 1517 de 2005 (sobre contratación de servicios de transporte); Circular 1323 de 2005 (Normas Municipales de Planeación Urbana); Decreto 1725 de 2005 (acceso a la red corporativa de EPM por los Contratistas); Decreto 1864 de 2012 (Por medio del cual se adopta el manual de reglas del negocio para la Gestión Integral de Riesgos en las Empresas Públicas de Medellín E.S.P.); Decreto 1969 de 2013, por medio del cual se crea el Comité de Contratación de las Empresas Públicas de Medellín E.S.P.; Decreto 2011 de 2014, Por medio del cual se actualizan los lineamientos asociados a la Gestión Integral de Riesgos para Empresas Públicas de Medellín – EPM; Decreto 2035 de 2014 - Por medio del cual se delegan funciones de los procesos “adquisición de bienes y servicios”… Decreto 2090 2077 de 2015 que contiene los lineamientos asociados a la contratación de EPM;”. Al terminar la ejecución de (las) acta (s) de trabajo, si la solicitud de ofertas así lo indica o EPM, y el “CONTRATISTA” se acuerda, se suscribirán los documentos mediante los cuales conste el cumplimiento de las obligaciones respectivas y se liquiden las sumas o valores que entre las partes se hayan causado.

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Descripción general del proceso. Este documento contiene las constituye el pliego de condiciones que tendrá con base en cuenta EPM para iniciar el cual AGUAS DE MALAMBO S.A. E.S.P., en adelante AGUAS DE MALAMBO, inicia el proceso de selección o escogencia de uno o varios contratistas un CONTRATISTA que, en las condiciones y con los requisitos exigidos ejecute que aquí se describen, se obliguen al suministro de los servicios y/o actividades, bienes que se determinan en el numeral formulario No 3. En el proceso podrán participar todas las personas que define cumplan los requisitos que se indican en este mismo pliego de condiciones y se encuentren en condiciones legales, económicas y materiales de cumplir con el “objeto” y el “alcance del respectivo procesosuministro” aquí señalados. De entre las personas que quienes participen en el proceso y con aplicación de los procedimientos, criterios y reglas que el pliego de condiciones señala para evaluar las correspondientes condiciones, EPM seleccionará AGUAS DE MALAMBO, seleccionará, de acuerdo a quien (es) lo establecido en el numeral de “Evaluación”, a quien, de acuerdo con los factores de ponderación, ofrezca (n) las mejores condiciones para cumplir con el “objeto”, vinculándolo jurídicamente en calidad de “CONTRATISTAcontratista”. Efectuada la selección y aceptada la (s) oferta (s) correspondiente (s) mediante la comunicación respectiva al oferente proponente favorecido, éste procederá a la respectiva formalización del contrato, y una vez obtenida EPM obtenida, AGUAS DE MALAMBO y el “Contratistacontratista” darán inicio a la ejecución del contrato con sujeción estricta a los términos aquí fijados y siempre dentro del marco de la ley colombiana. En casos especiales, debidamente justificados se AGUAS DE MALAMBO podrá ordenar a “EL CONTRATISTAel contratista” el inicio de ejecución del contrato una vez se haya aceptado la oferta, esto es, antes de su formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 Artículo 29 del Decreto 2090 de 2015No. 11Entre las normas de internas de contratación vigentes y aplicables en EPM se encuentran, entre otros, el Decreto 362 de 2014 expedido por la Junta Directiva que contiene las normas generales de contratación; Decreto 1266 de 2002, (modificado por el Decretos1659 de 2008 que deroga el Numeral 19 y los Anexos 1 y 2 y Decreto 1683 de 2008 que deroga el numeral 9); Decretos 1505 y 1517 de 2005 (sobre contratación de servicios de transporte); Circular 1323 de 2005 (Normas Municipales de Planeación Urbana); Decreto 1725 de 2005 (acceso a la red corporativa de EPM por los Contratistas); Decreto 1864 de 2012 (01 del 00 xx xxxxxxx xx 0000 xx xx Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx xx Xxxxxxx “Por medio del de la cual se adopta el manual estatuto de reglas del negocio para la Gestión Integral de Riesgos en las Empresas Públicas de Medellín E.S.P.); Decreto 1969 de 2013, por medio del cual se crea el Comité de Contratación de las Empresas Públicas de Medellín E.S.P.; Decreto 2011 de 2014, Por medio del cual se actualizan los lineamientos asociados a la Gestión Integral de Riesgos para Empresas Públicas de Medellín – EPM; Decreto 2035 de 2014 - Por medio del cual se delegan funciones de los procesos “adquisición de bienes y servicios”… Decreto 2090 de 2015 que contiene los lineamientos asociados a la contratación de EPMAguas de Malambo S.A. E.S.P”. Al terminar la ejecución de (las) acta (s) de trabajodel contrato, si la solicitud de ofertas así lo indica o EPM, entre AGUAS DE MALAMBO y el “CONTRATISTA” se acuerda, se suscribirán los documentos mediante los cuales conste el cumplimiento de las obligaciones respectivas y se liquiden las sumas o valores que entre las partes se hayan causado.

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