DESIGNACIÓN DE LA MESA DE LA SUBASTA. En la fecha señalada, se constituirá la mesa de licitación, que estará presidida por Delegado de Economía y Hacienda o funcionario en quien delegue, con presencia de un Abogado del Estado, un Interventor de la Intervención territorial y un funcionario de la Secretaría General de la Delegación, designado por el Delegado, que actuará de Secretario con voz y voto.
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Samples: Pliego De Condiciones Generales Que Habrá De Regir Para La Enajenación De Bienes Muebles, Mediante Subasta Pública, Redactado De Acuerdo Con El Real Decreto 864/1997, De 6 De Junio, Pliego De Condiciones Generales Que Habrá De Regir Para La Enajenación De Bienes Muebles, Mediante Subasta Pública, Redactado De Acuerdo Con El Real Decreto 864/1997, De 6 De Junio, pnsd.sanidad.gob.es
DESIGNACIÓN DE LA MESA DE LA SUBASTA. En la fecha señalada, se constituirá la mesa de licitación, que estará presidida por Delegado de Economía y Hacienda o funcionario en quien delegue, con presencia de un Abogado del Estado, un Interventor de la Intervención territorial y un funcionario de la Secretaría General de la Delegación, designado por el Delegado, que actuará de Secretario con voz y voto.. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
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