SOBRE. A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véanse las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo correspondiente)
29.1.- Clasificación exigida. Indicar si se exige clasificación, en su caso, con mención del lote (sí/no): No
29.2.- Las empresas acreditarán, por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional (sí/no): Medios de acreditación: - Solvencia económica y financiera: - Informe de entidad financiera Requisitos:
a) Nº de expediente
b) Objeto del contrato
c) Importe por el que se certifica la solvencia (32.000,00 €) Requisitos: El compromiso de adscripción de medios se aportará según el modelo del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y necesariamente debe incluir compromiso expreso de que, al momento de la formalización del contrato, los medios materiales cumplirán estrictamente las condiciones establecidas en el apartado nº 2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1435/1992 y demás derivados de la Directiva europea de máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.- Habilitación empresarial o profesional exigida: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual
29.5.- Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas:
a) Efectos de la presentación del certificado de inscripción: - Los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado eximen de la presentación de los documentos que se señalan en el pliego, siempre que se acredite en la forma en él indicada. - Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda):
b) Admisión de certificados electrónicos (sí/no): No
c) Autorización de la incorporación de oficio de los certificados (sí/no): No
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación (sí/no): Sí
SOBRE. C. Recibido el informe técnico que contendrá la valoración de las ofertas en cuanto a los criterios indicados, se notificará a través de fax o correo electrónico a todos los interesados la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del sobre C conteniendo la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables en cifras y porcentajes. Constituida la Mesa de contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobre B, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta. La Secretaria de la Mesa procederá a la apertura de los sobres C de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica. A continuación, se dará por concluido el acto de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa, sometiéndose las ofertas presentadas a informe técnico de la Sección de Innovación y Desarrollo Tecnológico al objeto de que se evalúen conforme a los criterios cuantificables señalados en la cláusula 11ª del presente pliego. Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los criterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación en sesión pública, previa comunicación a los interesados de la fecha y lugar en que se celebrará la reunión y elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de los criterios indicados en la cláusula 11ª del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación del contrato.
SOBRE. A- «DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS» (Véase la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
29.1.- Forma de acreditación: formulario Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) contenido en el Anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares junto con la documentación indicada en las cláusulas 13.1 y 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. El formulario DEUC será el único documento que la empresa licitadora debe aportar en relación con los requisitos previos de capacidad y solvencia. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 13.1 y 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, no se admitirá documento distinto a dicho formulario en esta fase del procedimiento. (Ver cláusula 17.1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares sobre los efectos de la no presentación del DEUC) Dicho formulario está disponible en el siguiente o siguientes formatos: Formato electrónico: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx. (Ver las instrucciones para la descarga del archivo xml y la cumplimentación del DEUC publicadas en el perfil del contratante en un archivo con extensión zip denominado DEUC que se encuentra junto con el resto de documentación relativa a la presente licitación).
SOBRE. Nº 1. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE.
SOBRE. A- «DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS» (Véase la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
29.1.- Forma de acreditación: formulario Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (ver Anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares) junto con la documentación que proceda de la cláusula 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Dicho formulario está disponible en el siguiente o siguientes formatos: Formato electrónico: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx. (Ver las instrucciones para la descarga del archivo xml y la cumplimentación del DEUC publicadas en el perfil del contratante en un archivo con extensión zip denominado DEUC que se encuentra junto con el resto de documentación relativa a la presente licitación).
SOBRE. Nº 1: Titulado “Proposición para tomar parte, mediante procedimiento abierto, en la contratación del servicio de limpieza viaria, baldeo de calles y carreteras, conservación y mantenimiento de parques y zonas ajardinadas, poda y/o limpieza de arbolado y desbroce de caminos rurales del municipio de Zierbena”. Se subtitulará “Documentación General”, siendo su contenido el siguiente:
15.2.1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:
1.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga.
2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art.
SOBRE. A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véase la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
29.1.- Forma de acreditación:
Opción 1: La forma de acreditación permitida es: completa simplificada, a elección de la empresa licitadora. En este sobre deben presentarse los documentos que se indican: simplificada completa y en la cláusula 29.2 de esta carátula y en las cláusulas 13.1, 13.2 y 13.3 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares (si acreditación completa). en la cláusula 13.4.1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares (si acreditación simplificada).
Opción 2: Para acreditar los requisitos de capacidad y solvencia en el momento de presentar el sobre A, las empresas licitadoras podrán optar entre: o Una acreditación completa: presentar los documentos que se indican en la cláusula 29.2 de esta carátula y en las cláusulas 13.1, 13.2 y 13.3 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. O Una acreditación simplificada: presentar los documentos que se indican en la cláusula 13.4.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. En este último caso, en relación con el formulario DEUC contenido en el Anexo indicado en la cláusula 13.4.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, las empresas licitadoras: pueden limitarse a cumplimentar la sección α de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV. deberán cumplimentar las secciones A, B, C y D de la parte IV.
29.2.- Requisitos:
29.2.1.- Obligación de acreditar solvencia (sí, de conformidad con las cláusulas siguientes /no): Si
29.2.2.- Clasificación obligatoria (sí / no, es opcional en sustitución de la solvencia exigida en la cláusula 29.2.3 de esta carátula / no procede): No
29.2.3.- En el caso de que no haya clasificación obligatoria, las empresas (españolas, empresas extranjeras de Estados miembros de la Unión Europea y empresas extranjeras de Estados que no son miembros de la Unión Europea) deberán acreditar la siguiente solvencia, salvo que opten por sustituirla por la clasificación indicada en la cláusula 29.2.2 en el caso de que dicha cláusula recoja la clasificación como opcional:
SOBRE. A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véanse las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo correspondiente)
SOBRE. C. Proposición económica
SOBRE. B. Deberá tener el siguiente título: “OFERTA ECONOMICA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CAMPO DE FUTBOL DE HIERBA ARTIFICIAL DE CIUDAD XXXXXXX”. Contendrá la oferta económica en la que se expresará el precio de ejecución del contrato debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. La oferta económica se presentará conforme al modelo que se incorpora como Anexo I a este Pliego. Las proposiciones que excedan del presupuesto de licitación serán rechazada. La Oferta será vinculante para el licitador.