Common use of Desplazamientos, dietas y kilometraje Clause in Contracts

Desplazamientos, dietas y kilometraje. 1.- Se considerará desplazamiento si el trabajador hubiera de emplear, utilizando los medios ordinarios de transporte, más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta. El exceso se le abonará como tiempo de trabajo. 2.- No se considerará desplazamiento el realizado dentro del municipio ni el realizado a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo. Conociendo el trabajador con un día de antelación, como mínimo, la nueva obra de destino, éste se incorporará directamente a la misma, no devengando desplazamiento ni dieta, si la obra está a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo habitual. Caso de que la distancia sea superior a lo antes expuesto, la diferencia de tiempo empleado se abonará como tiempo efectivo de trabajo. El tiempo empleado para el desplazamiento dentro de la jornada de trabajo será retribuido como jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de percibir, en su caso, la dieta o media dieta correspondiente. 3.- Uso de vehículo propio. - En el supuesto de utilizar el trabajador el vehículo propio, para el servicio de la empresa, su uso se pagará a razón de: 0,34 € por kilómetro, durante toda la vigencia del Convenio. 4.-Dieta Completa. - Es la cantidad que se devenga diariamente para satisfacer los gastos de manutención y estancias que se originan en el desplazamiento y permanencia fuera del centro habitual de trabajo por orden de la empresa. Se devengará dieta completa, el día de salida, cuando el trabajador haya de efectuar las dos comidas principales fuera de su domicilio habitual y deba pernoctar fuera del mismo.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Desplazamientos, dietas y kilometraje. 1.- Se considerará desplazamiento si el trabajador hubiera de emplear, utilizando los medios ordinarios de transporte, más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta. El exceso se le abonará como tiempo de trabajo. 2.- No se considerará desplazamiento el realizado dentro del municipio ni el realizado a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo. Conociendo el trabajador con un día de antelación, como mínimo, la nueva obra de destino, éste se incorporará directamente a la misma, no devengando desplazamiento ni dieta, si la obra está a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo habitual. Caso de que la distancia sea superior a lo antes expuesto, la diferencia de tiempo empleado se abonará como tiempo efectivo de trabajo. El tiempo empleado para el desplazamiento dentro de la jornada de trabajo será retribuido como jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de percibir, en su caso, la dieta o media dieta correspondiente. 3.- Uso de vehículo propio. - En el supuesto de utilizar el trabajador el vehículo propio, para el servicio de la empresa, su uso se pagará a razón de: 0,34 0,33 € por kilómetro, durante toda la vigencia del Convenio. 4.-Dieta Completa. - Es la cantidad que se devenga diariamente para satisfacer los gastos de manutención y estancias que se originan en el desplazamiento y permanencia fuera del centro habitual de trabajo por orden de la empresa. Se devengará dieta completa, el día de salida, cuando el trabajador haya de efectuar las dos comidas principales fuera de su domicilio habitual y deba pernoctar fuera del mismo.

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Samples: Convenio Colectivo

Desplazamientos, dietas y kilometraje. 1.- Se considerará desplazamiento si el trabajador hubiera de emplear, utilizando los medios ordinarios or- dinarios de transporte, más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta. El exceso se le abonará como tiempo de trabajo. 2.- No se considerará desplazamiento el realizado dentro del municipio ni el realizado a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo. Conociendo el trabajador con un día de antelación, como mínimo, la nueva obra de destino, éste se incorporará directamente a la misma, no devengando desplazamiento ni dieta, si la obra está a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo habitual. Caso de que la distancia sea superior a lo antes expuesto, la diferencia de tiempo empleado se abonará como tiempo efectivo de trabajo. El tiempo empleado para el desplazamiento dentro de la jornada de trabajo será retribuido como jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de percibir, en su caso, la dieta o media dieta correspondientecorrespon- diente. 3.- Uso de vehículo propio. - En el supuesto de utilizar el trabajador el vehículo propio, para el servicio de la empresa, su uso se pagará a razón de: 0,34 por kilómetro, durante toda la vigencia del Convenio. 4.-Dieta Completa. - Es la cantidad que se devenga diariamente para satisfacer los gastos de manutención y estancias que se originan en el desplazamiento y permanencia fuera del centro habitual de trabajo por orden de la empresa. Se devengará dieta completa, el día de salida, cuando el trabajador haya de efectuar las dos comidas co- midas principales fuera de su domicilio habitual y deba pernoctar fuera del mismo. En el caso de que el trabajador deba efectuar una sola comida y pernocta, se devengará el impor- te resultante del promedio aritmético entre la media y la dieta completa.

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Samples: Xxi Convenio Colectivo De Ámbito Estatal Para Las Industrias Extractivas, Industrias Del Vidrio, Industrias Cerámicas, Y Para Las Del Comercio Exclusivista De Los Mismos Materiales Para 2018, 2019 Y 2020

Desplazamientos, dietas y kilometraje. 1.- 1. Se considerará desplazamiento si el trabajador hubiera de emplear, utilizando los medios ordinarios de transporte, más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta. El exceso se le abonará como tiempo de trabajo. 2.- 2. No se considerará desplazamiento el realizado dentro del municipio ni el realizado a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo. Conociendo el trabajador con un día de antelación, como mínimo, la nueva obra de destino, éste se incorporará directamente a la misma, no devengando desplazamiento ni dieta, si la obra está a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo habitual. Caso de que la distancia sea superior a lo antes expuesto, la diferencia de tiempo empleado se abonará como tiempo efectivo de trabajo. El tiempo empleado para el desplazamiento dentro de la jornada de trabajo será retribuido como jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de percibir, en su caso, la dieta o media dieta correspondiente.. cve: BOE-A-2017-6443 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 3.- 3. Uso de vehículo propio. - En propio.–En el supuesto de utilizar el trabajador el vehículo propio, para el servicio de la empresa, su uso se pagará a razón de: 0,34 0,33 € por kilómetro, durante toda la vigencia del Convenio. 4. 4.-Dieta Completa. - Es Dieta Completa.–Es la cantidad que se devenga diariamente para satisfacer los gastos de manutención y estancias que se originan en el desplazamiento y permanencia fuera del centro habitual de trabajo por orden de la empresa. 5. Se Media Dieta.–Se devengará media dieta completa, el día de salida, cuando el trabajador haya pueda volver a pernoctar a su domicilio y solo realice una de efectuar las dos principales comidas principales fuera de su domicilio habitual y deba pernoctar fuera del mismohabitual.

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Samples: Convenio Colectivo

Desplazamientos, dietas y kilometraje. 1.- Se considerará desplazamiento si el trabajador hubiera de emplear, utilizando los medios ordinarios or- dinarios de transporte, más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta. El exceso se le abonará como tiempo de trabajo. 2.- No se considerará desplazamiento el realizado dentro del municipio ni el realizado a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo. Conociendo el trabajador con un día de antelación, como mínimo, la nueva obra de destino, éste se incorporará directamente a la misma, no devengando desplazamiento ni dieta, si la obra está a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo habitual. Caso de que la distancia sea superior a lo antes expuesto, la diferencia de tiempo empleado se abonará como tiempo efectivo de trabajo. El tiempo empleado para el desplazamiento dentro de la jornada de trabajo será retribuido como jornada jor- nada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de percibir, en su caso, la dieta o media dieta correspondiente. 3.- Uso de vehículo propio. - En el supuesto de utilizar el trabajador el vehículo propio, para el servicio de la empresa, su uso se pagará a razón de: 0,34 € por kilómetro, durante toda la vigencia del Convenio. de 4.-Dieta Completa. - Es la cantidad que se devenga diariamente para satisfacer los gastos de manutención y estancias que se originan en el desplazamiento y permanencia fuera del centro habitual de trabajo por orden de la empresa. Se devengará dieta completa, el día de salida, cuando el trabajador haya de efectuar las dos comidas co- midas principales fuera de su domicilio habitual y deba pernoctar fuera del mismo. En el caso de que el trabajador deba efectuar una sola comida y pernocta, se devengará el impor- te resultante del promedio aritmético entre la media y la dieta completa.

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Samples: Convenio Colectivo

Desplazamientos, dietas y kilometraje. 1.- Se considerará desplazamiento si el trabajador hubiera de emplear, utilizando los medios ordinarios de transporte, más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta. El exceso se le abonará como tiempo de trabajo. 2.- No se considerará desplazamiento el realizado dentro del municipio ni el realizado a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo. Conociendo el trabajador con un día de antelación, como mínimo, la nueva obra de destino, éste se incorporará directamente a la misma, no devengando desplazamiento ni dieta, si la obra está a menos xx xxxx kilómetros a partir del límite del municipio al que corresponda el centro de trabajo habitual. Caso de que la distancia sea superior a lo antes expuesto, la diferencia de tiempo empleado se abonará como tiempo efectivo de trabajo. El tiempo empleado para el desplazamiento dentro de la jornada de trabajo será retribuido como jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de percibir, en su caso, la dieta o media dieta correspondiente. 3.- Uso de vehículo propio. - propio.- En el supuesto de utilizar el trabajador el vehículo propio, para el servicio de la empresa, su uso se pagará a razón de: 0,34 0,33 € por kilómetro, durante toda la vigencia del Convenio. 4.-Dieta Completa. - Completa.- Es la cantidad que se devenga diariamente para satisfacer los gastos de manutención y estancias que se originan en el desplazamiento y permanencia fuera del centro habitual de trabajo por orden de la empresa. Se devengará dieta completa, el día de salida, cuando el trabajador haya de efectuar las dos comidas principales fuera de su domicilio habitual y deba pernoctar fuera del mismo. En el caso de que el trabajador deba efectuar una sola comida y pernocta, se devengará el importe resultante del promedio aritmético entre la media y la dieta completa. 5.- Media Dieta.- Se devengará media dieta cuando el trabajador pueda volver a pernoctar a su domicilio y solo realice una de las principales comidas fuera de su domicilio habitual.

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Samples: Convenio Colectivo