Common use of Determinación de las partes que lo conciertan y eficacia general del Convenio Colectivo Clause in Contracts

Determinación de las partes que lo conciertan y eficacia general del Convenio Colectivo. 1. Las partes negociadoras del presente Convenio colectivo tienen la legitimación que determina el artículo 87.2, en relación con el 88.1, párrafo segundo, del Estatuto de los Trabajadores, y son: cve: BOE-A-2018-4889 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx a) La Confederación Española xx Xxxxx de Ahorros (CECA), que ostenta estatutariamente la representación de las Cajas y demás Entidades adheridas, como empleadoras. b) Las organizaciones sindicales (CC. OO.-Servicios, FINE, FeSMC-UGT, CIC y CIG), que cuentan con la legitimación suficiente, en representación del personal empleado. 2. El Convenio colectivo es suscrito, de un lado, por CECA, y, de otro, por las organizaciones sindicales CC. OO.-Servicios, FINE, FeSMC-UGT, de acuerdo con la representación que estas organizaciones sindicales ostentan, que alcanza el 85,61 % del banco social, el presente Convenio colectivo es de eficacia general.

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Determinación de las partes que lo conciertan y eficacia general del Convenio Colectivo. 1. Las partes negociadoras del presente Convenio colectivo Colectivo tienen la legitimación que determina el artículo 87.2, en relación con el 88.1, párrafo segundo, del Estatuto Real Decreto Legislativo 2/2015, de los Trabajadores23 de octubre, y son: cve: BOE-A-2018-4889 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx: a) La Confederación Española Asociación xx Xxxxx de Ahorros para Relaciones Laborales (CECAACARL), que ostenta estatutariamente la representación de las Cajas y demás Entidades adheridas, como empleadoras. b) Las organizaciones sindicales (CC. OO.-ServiciosCCOO SERVICIOS., CSICA-FINE, FeSMC-UGT, CIC y CIG), que cuentan con la legitimación suficiente, en representación del personal empleado. 2. El Convenio colectivo Colectivo es suscrito, de un lado, por CECAACARL, y, de otro, por las organizaciones sindicales CC. OO.-ServiciosCC.OO SERVICIOS., CSICA-FINE, FeSMC-UGTUGT , de acuerdo con la representación que estas organizaciones sindicales ostentan, que alcanza el 85,61 85,13 % del banco social, el presente Convenio colectivo Colectivo es de eficacia general.

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Determinación de las partes que lo conciertan y eficacia general del Convenio Colectivo. 1. Las partes negociadoras del presente Convenio colectivo Colectivo tienen la legitimación que determina el artículo 87.2, en relación con el 88.1, párrafo segundo, 88.2 del Estatuto de los TrabajadoresTrabajadores (en adelante, ET), y son: cve: BOE-A-2018-4889 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx: a) La Confederación Española xx Xxxxx de Ahorros (CECA), que ostenta estatutariamente la representación de las Cajas y demás Entidades adheridas, como empleadoras. b) Las organizaciones sindicales (CC. OO.-ServiciosCCOO SERVICIOS, FINE, FeSMC-UGT, CIC y CIG), que cuentan con la legitimación suficiente, en representación del personal empleado. 2. El Convenio colectivo Colectivo es suscrito, de un lado, por CECA, y, de otro, por las organizaciones sindicales CC. OO.-ServiciossindicalesCCOO SERVICIOS, FINE, FINE y FeSMC-UGT, de acuerdo con la representación que estas organizaciones sindicales ostentan, que alcanza el 85,61 85,31% del banco social, el presente Convenio colectivo Colectivo es de eficacia general.

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