DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LAS OBRAS. 1. La coordinación e inspección de las obras corresponderá al director de las obras y en su caso al responsable del contrato que el Ayuntamiento designe, los cuales dictarán al contratista las instrucciones necesarias para la normal y eficaz realización de aquellas por escrito en el libro de órdenes, y señalarán el ritmo de ejecución conveniente.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Del Proyecto De Instalación De Infraestructura Para Reutilización De Aguas Desde Estación Depuradora De Aguas Residuales De Castellón De La Plana Hasta Parque Pinar, Incluidas en El Fondo Estatal De Inversion Local Creado Por El Real Decreto Ley 9/2008 De 28 De Noviembre, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Proyecto Básico Y De Ejecución Guardería Infantil De La Calle José María Mulet Ortiz De Castellón De La Plana, Incluidas en El Fondo Estatal De Inversion Local Creado Por El Real Decreto Ley 9/2008 De 28 De Noviembre, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Del Proyecto De Instalaciones Deportivas Municipales en La Unidad De Ejecución