Disponibilidad de moneda Cláusulas de Ejemplo

Disponibilidad de moneda. No obstante lo dispuesto en la Cláusula 1.02 y 3.01 a), si el Banco no tuviese acceso a la moneda pactada podrá, en consulta con el Prestatario, desembolsar otra Moneda Única de su elección. El Banco podrá continuar efectuando los desembolsos en la Moneda Única de su elección mientras continúe la falta de acceso a la moneda pactada. Los pagos de amortizacíon se harán en la Moneda Única desembolsada con los cargos financieros que correspondan a esa Moneda Única.
Disponibilidad de moneda. No obstante lo dispuesto en las Cláusulas 1.02 y 3.01 (a) de estas Estipulaciones Especiales, si el Banco no tuviese acceso a la Moneda Unica pactada, el Banco, en consulta con el Prestatario, desembolsará otra Moneda Unica de su elección. El Banco podrá continuar efectuando los desembolsos en la Moneda Unica de su elección mientras continúe la falta de acceso a la moneda pactada. Los pagos de amortización se harán en la Moneda Unica desembolsada con los cargos financieros que correspondan a esa Moneda Unica.
Disponibilidad de moneda. Si el Banco no tuviese acceso a la moneda solicitada por el Prestatario, el Banco, en acuerdo con el Prestatario, podrá desembolsar el Préstamo en otra moneda de su elección.
Disponibilidad de moneda. No obstante lo dispuesto en las Cláusulas 1.01 y 6.01 estas Estipulaciones Especiales, el Banco se reserva el derecho de efectuar desembolsos en la moneda convertible de su elección, si por la aplicación del Artículo VII, Sección 1(I) del Convenio Constitutivo del Banco, el Banco no tuviere acceso a la Moneda Única de este Préstamo. El Banco podrá continuar efectuando los desembolsos en la moneda convertible de su elección mientras continúe la falta de acceso a la moneda pactada.
Disponibilidad de moneda. (a) No obstante lo dispuesto en las Cláusulas 1.01(a) y 3.01(a) de estas Estipulaciones Especiales, si el Banco no tuviese acceso a la Moneda Única pactada para realizar cualquier desembolso en la forma establecida en el Artículo 4.04 de las Normas Generales, el Banco, en consulta con el Prestatario, efectuará el desembolso en otra Moneda Única de su elección. El Banco podrá continuar efectuando los desembolsos en la Moneda Única de su elección mientras continúe la falta de acceso a la Moneda Única pactada.

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  • Disponibilidad Sin perjuicio de otras Condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR se hace únicamente responsable del soporte, la atención, la resolución de incidencias y de la gestión del cobro del SERVICIO, siendo el PROVEEDOR el responsable frente al CLIENTE de la provisión del servicio y de cuantas obligaciones legales se deriven del mismo. En todo caso, MOVISTAR declina toda responsabilidad en caso de interrupción del SERVICIO por fuerza mayor o por causas imputables al propio CLIENTE.

  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA El área requirente cuenta con la autorización y disponibilidad presupuestaria correspondiente.

  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL El establecido en el estudio previo y en el presente pliego

  • ADMISIBILIDAD DE VARIANTES O MEJORAS ✘ NO SÍ Elementos y condiciones sobre los que se aceptan:

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Admisibilidad de variantes Procede: NO

  • INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO El PROVEEDOR bajo ningún título podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato. En caso excepcional, emergente de causa de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.

  • INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES EL CONTRATISTA manifiesta bajo la

  • REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD 1. Para que una oferta pueda considerarse admisible, el oferente deberá no incurrir en ninguno de los impedimentos establecidos en la documentación licitatoria; ni encontrarse en situación de litigio con ADIF; el Estado Nacional o sus organismos descentralizados. Además, la oferta deberá estar firmada de manera de constituirse realmente en una obligación para quienes la hayan formulado, haber integrado las correspondientes garantías y presentado la totalidad de la información y documentación establecida a satisfacción de ADIF. 2. Es también condición necesaria para alcanzar la admisibilidad, que la oferta se ajuste a las condiciones establecidas en la documentación licitatoria sin presentar desviaciones, condicionamientos o reservas que restrinjan los derechos de ADIF o las obligaciones del oferente o que impidan comparar esa oferta en condiciones de igualdad con otras o que no permitan asegurar fehacientemente el cumplimiento del alcance de la obra con los costos, plazos y calidad previstos. 3. Además, el oferente deberá haber demostrado la aptitud necesaria para cumplir con la provisión y los servicios objeto de esta encomienda. 4. En particular: El Oferente exhibirá una sólida situación económica y financiera de acuerdo a lo que resulta de los estados contables de sus dos últimos ejercicios económicos cerrados. a) Los parámetros contables económicos que se exigen son: - i. Índice de Solvencia (Activos Totales / Pasivos Totales) mayor a UNO COMA CERO (1,0) - ii. Índice de Liquidez ((Activos Corrientes + Accesos a Créditos) / Pasivos Corrientes) mayor a Uno Coma CERO (1,0) - iii. Xxxxxxxxxx Xxxx igual o mayor a PESOS ARGENTINOS SEIS MILLONES DE PESOS ($ 6.000.000). - iv. Activos Líquidos ((Activos Corrientes - Pasivos Corrientes) + Accesos a Créditos), por una cantidad igual o superior a PESOS ARGENTINOS DOS MILLONES DE PESOS ($ 2.000.000). 5. El oferente no debe tener antecedentes de incumplimientos en cronogramas de entregas y órdenes de compra de Transporte pendientes con la ADIF, salvo por motivos ajenos al mismo. 6. Los requisitos podrán ser alcanzados por complementariedad entre aquellos que se presenten en UTE o Consorcios, donde los socios responderán solidariamente por la asociación que formula la oferta, en la medida que cada socio que contribuye a alcanzar esos requisitos tenga una participación mínima del TREINTA POR CIENTO (30%).

  • CALIDAD EL PROVEEDOR" deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para proporcionar los servicios requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de "EL CENACE" y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.