Disposiciones de integridad Cláusulas de Ejemplo
Disposiciones de integridad. Abstenerse de realizar cualquier acto o acción que se enmarque o pueda catalogarse como una Práctica Prohibida durante la vigencia del presente Contrato de conformidad con lo establecido en el Anexo I. Además de las obligaciones generales de no hacer enumeradas en el artículo anterior, el Prestatario y/o el Organismo Ejecutor se obligan a cumplir con las obligaciones especiales descritas en el Anexo E del presente Contrato.
Disposiciones de integridad. El prestatario / Beneficiario, el contratante, el contratista y todas las personas naturales o jurídicas que participen o presten servicios en proyectos u operaciones financiadas directa o indirectamente por el Banco y bajo cualquier condición, estarán sujetos al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Apéndice 1 (Disposiciones de Integridad). El Contratante exige al Contratista que proporcione información sobre comisiones u honorarios, si los hubiere, pagados o pagaderos a agentes o terceros en relación con el proceso de selección o la ejecución del Contrato. La información suministrada deberá incluir por lo menos el nombre y la dirección del agente o tercero, la cantidad y moneda, y el propósito de la comisión, la gratificación o los honorarios. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la rescisión del Contrato o a sanciones impuestas por el Banco
Disposiciones de integridad. Abstenerse de realizar cualquier acto o acción que se enmarque o pueda catalogarse como una Práctica Prohibida durante la vigencia del presente Contrato de conformidad con lo establecido en el Anexo I.
Disposiciones de integridad. El prestatario / Beneficiario, el contratante, el Consultor y todas las personas naturales o jurídicas que participen o presten servicios en proyectos u operaciones financiadas directa o indirectamente por el Banco y bajo cualquier condición, estarán sujetos al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Anexo II (Disposiciones de Integridad).
Disposiciones de integridad. El prestatario/beneficiario, el comprador, el proveedor y todas las personas naturales o jurídicas que participen o presten servicios en proyectos u operaciones financiadas directa o indirectamente por el Banco y bajo cualquier condición, estarán sujetos al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Apéndice 1 (Disposiciones de Integridad).
Disposiciones de integridad. El Contratista, y en su caso, el personal que tenga a su cargo la ejecución del objeto del presente contrato, así como cualquiera otra persona en una condición análoga, en adelante referidos contraparte y sus relacionados, deberán abstenerse de realizar cualquier acto o acción que se enmarque o pueda catalogarse como práctica prohibida, según las disposiciones contenidas en el Anexo No.1 que declara que conoce y se adhiere a su estricto cumplimiento.
Disposiciones de integridad. Abstenerse de realizar cualquier acto o acción que se enmarque o pueda catalogarse como una Práctica Prohibida durante la vigencia del presente Contrato de conformidad con lo establecido en el Anexo L. IF-2021-26528619-APN-SSRFID#SAE Además de las obligaciones generales de no hacer enumeradas en el artículo anterior, el Prestatario se obliga a cumplir con las obligaciones especiales descritas en el Anexo I del Contrato. El BCIE podrá, mediante notificación por escrito al Prestatario, rescindir este Contrato o declarar vencida y pagadera de inmediato la totalidad del saldo adeudado ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, con los Intereses y comisiones devengadas hasta la fecha de pago, en caso de que se incurra en una causal de Resolución Anticipada, las que se describen en la siguiente Sección.
