Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Fundación, mientras no se haya formalizado el contrato. Si, antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido con un máximo de QUINIENTOS EUROS (500.‐€), previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica.
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