Common use of Efectos de la rescisión por causas imputables al contratista Clause in Contracts

Efectos de la rescisión por causas imputables al contratista. La rescisión del contrato por causas imputables al contratista tendrá las siguientes consecuencias: a) El contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato, en la proporción in- cumplida, que corresponderá ser percibida por la UNC, quedando a cargo de la ins- pección de obra la determinación de tal porcentaje. b) El contratista responderá por los perjuicios que sufra la administración a causa del nuevo contrato que celebre para la continuación de las obras o por la ejecución de es- tas directamente; c) La administración tomará, si lo cree conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra; d) Los créditos que resulten por los materiales que la administración reciba, en el caso del inciso anterior, por la liquidación de partes de obras terminadas u obras inconclu- sas que sean de recibo, y por fondos de reparos, quedarán retenidos a la resulta de la liquidación final de los trabajos; e) En ningún caso el contratista tendrá derecho al beneficio que se obtuviese en la conti- nuación de las obras con respecto a los precios del contrato rescindido. f) Cuando el contratista fuese pasible de la aplicación de multas que superaran el 10% del monto contrato, calculado con sus redeterminaciones de precios y con los adicio- nales que hubiesen sido debidamente aprobados por autoridad competente. En este caso la UNC podrá optar por aprobar la rescisión del contrato por culpa del contratista o fijarle un plazo para terminar la obra bajo apercibimiento de rescindir el contrato por su culpa con los efectos establecidos en el presente pliego. g) La rescisión de un contrato se considerará falta grave que impedirá al contratista parti- cipar en futuros llamados a licitaciones.

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Samples: Contract for Public Works

Efectos de la rescisión por causas imputables al contratista. La rescisión del contrato por causas imputables al contratista tendrá las siguientes consecuencias: a) El contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato, en la proporción in- cumplida, que corresponderá ser percibida por la UNC, quedando a cargo de la ins- pección de obra la determinación de tal porcentaje.USA b) El contratista responderá por los perjuicios que sufra la administración a causa del nuevo contrato que celebre para la continuación de las obras o por la ejecución de es- tas estas directamente; c) La administración tomará, si lo cree conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra; d) Los créditos que resulten por los materiales que la administración reciba, en el caso del inciso anterior, por la liquidación de partes de obras terminadas u obras inconclu- sas inconclusas que sean de recibo, y por fondos de reparos, quedarán retenidos a la resulta de la liquidación final de los trabajos; e) En ningún caso el contratista tendrá derecho al beneficio que se obtuviese en la conti- nuación continuación de las obras con respecto a los precios del contrato rescindido.; f) Cuando el contratista fuese pasible de la aplicación de multas que superaran el 10% del monto contrato, calculado con sus redeterminaciones de precios y con los adicio- nales adicionales que hubiesen sido debidamente aprobados por autoridad competente. En este caso la UNC USA podrá optar por aprobar la rescisión del contrato por culpa del contratista o fijarle un plazo para terminar la obra bajo apercibimiento de rescindir el contrato por su culpa con los efectos establecidos en el presente pliego. g) La rescisión de un contrato se considerará falta grave que impedirá al contratista parti- cipar en futuros llamados a licitaciones.

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Samples: Contratación De Obras Menores

Efectos de la rescisión por causas imputables al contratista. La rescisión del contrato Contrato por causas imputables al contratista Contratista,tendrá las siguientes consecuencias: a: 1) El contratista Contratista perderá la garantía Garantía de cumplimiento Cumplimiento del contrato, en la proporción in- cumplidaContrato y de Fondo de Reparos, que corresponderá ser percibida por la UNC, quedando a cargo de la ins- pección de obra la determinación de tal porcentaje. bUniversidad; 2) El contratista Contratista responderá por los perjuicios que sufra la administración Univeresidad a causa del nuevo contrato que celebre para la continuación de las obras Obras o por la ejecución de es- tas estas directamente; c; 3) La administración Universidad tomará, si lo cree conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra; d; 4) Los créditos que resulten por los materiales que la administración reciba, en el caso del inciso anterior, por la liquidación de partes de obras terminadas u obras inconclu- sas inconclusas que sean de recibo, y por fondos de reparos, quedarán retenidos a la resulta de la liquidación final de los trabajos; e) En ningún caso el contratista tendrá derecho al beneficio que se obtuviese en la conti- nuación de las obras con respecto a los precios del contrato rescindido. f; 5) Cuando el contratista Contratista fuese pasible de la aplicación de multas que superaran el 10% DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto contratodel Contrato, calculado con sus redeterminaciones de precios y con los adicio- nales adicionales que hubiesen sido debidamente aprobados por autoridad competente. .En este caso la UNC Universidad podrá optar por aprobar la rescisión del contrato Contrato por culpa del contratista Contratista o fijarle un plazo para terminar la obra Obra bajo apercibimiento de rescindir el contrato Contrato por su culpa con los efectos establecidos en el presente pliego. gPliego. Rescisión del Contrato por causas imputables a la Universidad. El Contratista tendrá derecho a rescindir el Contrato, en los siguientes casos: 1) Cuando la Universidad dispusiera modificaciones en el Contrato, cuyo balance de economías y demasías superara en más o en menos el VEINTE POR CIENTO (20 %) del monto del Contrato calculado en moneda homogénea. 2) Cuando la contratante suspendiera por más de TRES (3) meses la ejecución de las obras y la suspensión fuese impugnada por el Contratista en el plazo xx XXXX (10) días desde su notificación. Transcurrido ese plazo la suspensión quedará consentida y no podrá alegarse como causal de rescisión del Contrato. 3) Cuando el Contratista se vea obligado a suspender las obras por más de tres meses, o a reducir el ritmo previsto en más de un 50 % durante el mismo período, como consecuencia de la falta de cumplimiento en término, por parte de la administración, de la entrega de elementos o materiales a que se hubiera comprometido. La xxxx en el pago de certificados no será causal para la rescisión del Contrato. La rescisión encuadrada en esta causal deberá ser solicitada dentro de un contrato se considerará falta grave los DIEZ (10) días hábiles de verificados los supuestos de hecho que impedirá al contratista parti- cipar en futuros llamados la configuran. Pasado ese lapso la demora quedará consentida. 4) Por caso fortuito y/o fuerza mayor que imposibilite el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato. 5) Cuando la Universidad no efectúe la entrega de los terrenos ni realice el replanteo de la Obra, si estuviera a licitacionessu cargo.

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Samples: Licitación Pública

Efectos de la rescisión por causas imputables al contratista. La rescisión del contrato por causas imputables al contratista tendrá las siguientes consecuencias: a) : El contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato, en la proporción in- cumplida, que corresponderá ser percibida por la UNC, quedando a cargo de la ins- pección de obra la determinación de tal porcentaje. b) UBA El contratista responderá por los perjuicios que sufra la administración a causa del nuevo contrato que celebre para la continuación de las obras o por la ejecución de es- tas estas directamente; c) ; La administración tomará, si lo cree conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra; d) ; Los créditos que resulten por los materiales que la administración reciba, en el caso del inciso anterior, por la liquidación de partes de obras terminadas u obras inconclu- sas inconclusas que sean de recibo, y por fondos de reparos, quedarán retenidos a la resulta de la liquidación final de los trabajos; e) ; En ningún caso el contratista tendrá derecho al beneficio que se obtuviese en la conti- nuación continuación de las obras con respecto a los precios del contrato rescindido. f) . Cuando el contratista fuese pasible de la aplicación de multas que superaran el 10% del monto contrato, calculado con sus redeterminaciones de precios y con los adicio- nales adicionales que hubiesen sido debidamente aprobados por autoridad competente. En este caso la UNC UBA podrá optar por aprobar la rescisión del contrato por culpa del contratista o fijarle un plazo para terminar la obra bajo apercibimiento de rescindir el contrato por su culpa con los efectos establecidos en el presente pliego. g) La rescisión de un contrato se considerará falta grave que impedirá al contratista parti- cipar en futuros llamados a licitaciones.

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Samples: Contract for Public Works

Efectos de la rescisión por causas imputables al contratista. La rescisión del contrato por causas imputables al contratista tendrá las siguientes consecuencias: a) El contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato, en la proporción in- cumplida, que corresponderá ser percibida por la UNC, quedando a cargo de la ins- pección de obra la determinación de tal porcentaje.UBA b) El contratista responderá por los perjuicios que sufra la administración a causa del nuevo contrato que celebre para la continuación de las obras o por la ejecución de es- tas estas directamente; c) La administración tomará, si lo cree conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra; d) Los créditos que resulten por los materiales que la administración reciba, en el caso del inciso anterior, por la liquidación de partes de obras terminadas u obras inconclu- sas inconclusas que sean de recibo, y por fondos de reparos, quedarán retenidos a la resulta de la liquidación final de los trabajos; e) En ningún caso el contratista tendrá derecho al beneficio que se obtuviese en la conti- nuación continuación de las obras con respecto a los precios del contrato rescindido. f) Cuando el contratista fuese pasible de la aplicación de multas que superaran el 10% del monto contrato, calculado con sus redeterminaciones de precios y con los adicio- nales adicionales que hubiesen sido debidamente aprobados por autoridad competente. En este caso la UNC UBA podrá optar por aprobar la rescisión del contrato por culpa del contratista o fijarle un plazo para terminar la obra bajo apercibimiento de rescindir el contrato por su culpa con los efectos establecidos en el presente pliego. g) La rescisión de un contrato se considerará falta grave que impedirá al contratista parti- cipar en futuros llamados a licitaciones.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La Contratación Y Ejecución De Obras Públicas

Efectos de la rescisión por causas imputables al contratista. La rescisión del contrato por causas imputables al contratista tendrá las siguientes consecuencias: a) El contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato, en la proporción in- cumplida, que corresponderá ser percibida por la UNC, quedando a cargo de la ins- pección de obra la determinación de tal porcentaje.UBA b) El contratista responderá por los perjuicios que sufra la administración a causa del nuevo contrato que celebre para la continuación de las obras o por la ejecución de es- tas estas directamente; c) La administración tomará, si lo cree conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra; d) Los créditos que resulten por los materiales que la administración reciba, en el caso del inciso anterior, por la liquidación de partes de obras terminadas u obras inconclu- sas inconclusas que sean de reciboxxxx xx xxxxxx, y por fondos de reparos, quedarán retenidos a la resulta de la liquidación final de los trabajos; e) En ningún caso el contratista tendrá derecho al beneficio que se obtuviese en la conti- nuación continuación de las obras con respecto a los precios del contrato rescindido. f) Cuando el contratista fuese pasible de la aplicación de multas que superaran el 10% del monto contrato, calculado con sus redeterminaciones de precios y con los adicio- nales adicionales que hubiesen sido debidamente aprobados por autoridad competente. En este caso la UNC UBA podrá optar por aprobar la rescisión del contrato por culpa del contratista o fijarle un plazo para terminar la obra bajo apercibimiento de rescindir el contrato por su culpa con los efectos establecidos en el presente pliego. g) La rescisión de un contrato se considerará falta grave que impedirá al contratista parti- cipar en futuros llamados a licitaciones.

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Samples: Contract for Public Works

Efectos de la rescisión por causas imputables al contratista. La rescisión del contrato Contrato por causas imputables al contratista Contratista, excepto en el supuesto que prevé el artículo 18.4.d, tendrá las siguientes consecuencias: a1) El contratista Contratista perderá la garantía Garantía de cumplimiento Cumplimiento del contrato, en la proporción in- cumplidaContrato y de Fondo de Reparos, que corresponderá ser percibida por la UNC, quedando a cargo de la ins- pección de obra la determinación de tal porcentaje.el Comitente; b2) El contratista Contratista responderá por los perjuicios que sufra la administración Administración Pública a causa del nuevo contrato que celebre para la continuación de las obras Obras o por la ejecución de es- tas estas directamente; c3) La administración El Comitente tomará, si lo cree conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra; d4) Los créditos que resulten por los materiales que la administración recibaadIFm-2in0i2s2tr-a8c4i9ó5n71re2c2i-bAaP, en el caso Ne-nDeGl Ac#aAsoPNAC del inciso anterior, por la liquidación de partes de obras terminadas u obras inconclu- sas inconclusas que sean de recibo, y por fondos de reparos, quedarán retenidos a la resulta de la liquidación final de los trabajos; e) En ningún caso el contratista tendrá derecho al beneficio que se obtuviese en la conti- nuación de las obras con respecto a los precios del contrato rescindido. f5) Cuando el contratista Contratista fuese pasible de la aplicación de multas que superaran el 10% DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto contratodel Contrato, calculado con sus redeterminaciones de precios y con los adicio- nales adicionales que hubiesen sido debidamente aprobados por autoridad competente. En este caso la UNC el Comitente podrá optar por aprobar la rescisión del contrato Contrato por culpa del contratista Contratista o fijarle un plazo para terminar la obra Obra bajo apercibimiento de rescindir el contrato Contrato por su culpa con los efectos establecidos en el presente pliegoPCG. g) La rescisión de un contrato se considerará falta grave que impedirá al contratista parti- cipar en futuros llamados a licitaciones.

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Samples: Contract for Public Works