Eficiencia. El “PROVEEDOR” será el único responsable de la cabal, eficiente y satisfactoria realización del ARRENDAMIENTO objeto de este contrato y no podrá evadir sus responsabilidades y obligaciones contractuales. Igualmente el “PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que con motivo del ARRENDAMIENTO materia de este instrumento, cause por negligencia a la “API” o a terceros. Sólo se considerarán cumplidas las obligaciones contraídas por el “PROVEEDOR” en el presente contrato, hasta el momento en que haya sido prestado a entera satisfacción de la “API”, el ARRENDAMIENTO a que se refiere la cláusula PRIMERA de este contrato.
Eficiencia. El “PRESTADOR” será el único responsable de la cabal, eficiente y satisfactoria prestación de los SERVICIOS objeto de este contrato y no podrá evadir sus responsabilidades y obligaciones contractuales.
Eficiencia. El diseño de la solución debe garantizar un óptimo y eficiente uso de los recursos de red.
Eficiencia. Brindamos calidad en cada una de las funciones a nuestro cargo buscando el resultado más adecuado y oportuno, dentro de los plazos, métodos y procedimientos establecidos en la Empresa y normatividad vigente.
Eficiencia. La entidad en sus actuaciones contractuales buscará la satisfacción de las necesidades y el logro de sus fines, a través de la correcta asignación y utilización de sus recursos de tal forma que garantice un razonable costo económico con mayores resultados.
Eficiencia. Los Hospitales y Distritos de Atención Primaria potenciarán que sus facultativos seleccio- nen, para la prescripción en receta oficial u otros documentos, las especialidades más 24 SERVICIO ANDALUZ DE SALUD favorables económicamente de entre los medicamentos utilizados. Para ello, realizarán, al menos, las siguientes actuaciones:
A. Difundirán a todos los facultativos los dípticos y listados que sobre especialidades farmacéuticas más eficientes elaboren y envíen periódicamente los Servicios Centrales.
B. Facilitarán a los facultativos y a la Junta Facultativa en el caso del Hospital, al menos trimestralmente, la información sobre el indicador de eficiencia en la prescripción.
Eficiencia. Principio de procedimiento que implica la capacidad para lograr el cumplimiento de los objetivos establecidos, empleando los mejores medios posibles y haciendo un uso eficaz de los recursos humanos, materiales y financieros disponibles;
Eficiencia. La Nación, las entidades territoriales y los esquemas de integración territorial garantizarán que el uso de los recursos públicos y las inversiones que se realicen en su territorio, produzcan los mayores beneficios sociales, económicos y ambientales.
Eficiencia. Los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones deben proveer el acceso y la interconexión a otros proveedores en condiciones eficientes en términos de oportunidad, recursos, especificaciones técnicas, entre otros.
Eficiencia. Deberá lograrse la satisfacción y el cumplimiento de los fines de la contratación, con procesos y procedimientos orientados a la reducción de costos y a la prevención y la solución rápida y eficaz de las diferencias o situaciones litigiosas que llegasen a presentarse.