Principios Cláusulas de Ejemplo
Principios. Los sistemas de evaluación se sujetarán a los siguientes principios:
a) Objetividad y confiabilidad,
b) Validez de los instrumentos a utilizar,
c) Distribución razonable de las calificaciones en diferentes posiciones que permitan distinguir adecuadamente los desempeños inferiores, medios y superiores.
Principios. La Constitución Española declara que la dignidad de la persona constituye uno de los fundamentos del orden político y de la paz social, reconociendo el derecho de toda persona a la no discriminación, a la igualdad de trato, al libre desarrollo de su personalidad y a su integridad física y moral. El Estatuto de los Trabajadores, de forma específica, contempla el derecho de los trabajadores/as al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, incluida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual, al acoso por razón de sexo y al laboral. Por su parte, la Ley Orgánica 3/2007 de 22 ▇▇ ▇▇▇▇▇, para la Igualdad efec- tiva de Mujeres y Hombres, encomienda a las empresas «el deber de promo- ver condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes han sido objeto del mismo», garantizando de esta forma la dignidad, integridad e igualdad de trato de todos los trabajadores/as. De acuerdo con estos principios, ……………………….. se compromete a garantizar un entorno laboral donde se respete la dignidad de la persona y los derechos y valores a los que se ha hecho referencia. Igualmente, la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras contribuirá a ello sensibilizando a las plantillas e informando a la dirección de la empresa de cualquier problema que pudiera tener conocimiento y vigilará el cumplimiento de las obligaciones de la empresa en materia de prevención.
Principios. 1. Una Parte, al formular o modificar sus leyes y regulaciones, podrá adoptar las medidas necesarias para proteger la salud pública y la nutrición de la población, o para promover el interés público en sectores de importancia vital para su desarrollo socioeconómico y tecnológico, siempre que esas medidas sean compatibles con lo dispuesto en este Capítulo.
2. Podrá ser necesario aplicar medidas apropiadas, siempre que sean compatibles con lo dispuesto en este Capítulo, para prevenir el abuso de los derechos de propiedad intelectual por sus titulares, o el recurso a prácticas que limiten de manera injustificable el comercio o redunden en detrimento de la transferencia internacional de tecnología.
Principios. La vocación de servicio y liderazgo público, la ética, la transparencia y rendición de cuentas, la inteligencia y acción colectiva, la corresponsabilidad, la interdependencia e integración, son los principios que guiarán el ejercicio del servicio público del gobierno distrital y los principios que caracterizarán la relación público - privada y el quehacer de cada una de las entidades que conforman la administración distrital.
Principios. Las modalidades de contratación se rigen por los principios siguientes: Los bienes, servicios o ejecución de obras que se contraten deben reunir los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecución y entrega establecidos por PETROPERÚ y deberán efectuarse en las mejores condiciones en su uso final. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia; En toda contratación se aplicarán los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, evitándose establecer en las Bases y Contratos exigencias y formalidades costosas e innecesarias; Las prestaciones y derechos de las partes deberán guardar una razonable relación de equivalencia y proporcionalidad, sin perjuicio de las facultades que corresponden a PETROPERÚ. Toda contratación deberá realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. Después de otorgada la Buena Pro, los postores tendrán acceso a la documentación vinculada con el proceso dentro del día siguiente hábil de presentada su solicitud, bajo responsabilidad; A efectos de la evaluación del cumplimiento del presente Reglamento y demás normas que resulten aplicables, las decisiones que se adopten deben contar con la debida documentación sustentatoria. Los responsables de las decisiones deben estar claramente identificados; Los actos referidos a las contrataciones deben caracterizarse por la honradez, veracidad, intangibilidad, justicia y probidad; Se fomentará la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de proveedores en las contrataciones que realice PETROPERÚ; Las decisiones en los procesos de contrataciones se adoptarán en estricta aplicación de la Ley N° 28840 y este Reglamento; así como en atención a los criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los proveedores; Los bienes, servicios o ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y tecnología necesarias para cumplir con los fines requeridos, con posibilidad de adecuarse, integrarse o repotenciarse, de ser el caso, con los avances científicos y tecnológicos; Todo proveedor incluido en la Base de Datos de Proveedores Calificados tiene participación y acceso para contratar con PETROPERÚ en igualdad de condiciones, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas; y Todo el personal que intervenga en los procedimientos de contrataciones, debe actuar según el presente Reglamento, y a las nor...
Principios. La base jurídica sustantiva de las decisiones adoptadas con arreglo al artículo 218, apartado 9, del TFUE depende principalmente del objetivo y del contenido del acto previsto respecto del cual se adopta una posición en nombre de la Unión. Si el acto previsto persigue un doble objetivo o tiene un componente doble, y si uno de dichos objetivos o componentes puede calificarse de principal, mientras que el otro solamente es accesorio, la Decisión adoptada con arreglo al artículo 218, apartado 9, del TFUE debe fundarse en una única base jurídica sustantiva, a saber, la que exija el objetivo o componente principal o preponderante.
Principios. El artículo 218, apartado 9, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) contempla la adopción de decisiones por las que se establezcan «las posiciones que deban adoptarse en nombre de la Unión en un organismo creado por un acuerdo, cuando dicho organismo deba adoptar actos que surtan efectos jurídicos, con excepción de los actos que completen o modifiquen el marco institucional del acuerdo». La noción de «actos que surtan efectos jurídicos» incluye los actos que surten efectos jurídicos en virtud de las normas de Derecho internacional por las que se rija el organismo en cuestión. Incluye asimismo los instrumentos que, aunque no tengan fuerza vinculante con arreglo al Derecho internacional, «influyen de manera determinante en el contenido de la normativa adoptada por el legislador de la Unión»8.
Principios. Las actuaciones de quienes intervengan en la gestión contractual de la Entidad deberán regirse por los principios de transparencia, economía, eficacia, eficiencia, responsabilidad, planeación, selección objetiva, publicidad, imparcialidad, debido Proceso y los servidores públicos en la gestión contractual, además deberán tener en cuenta los principios que rigen la función administrativa1. Igualmente, se aplicarán las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo2. Los principios rectores se definirán de la siguiente forma:
a. Transparencia: Los documentos emitidos dentro de los Procesos contractuales que adelante la DIAN serán de carácter público, excluyendo aquellos que cuenten con reserva legal, a fin de que los interesados tengan la oportunidad de conocer y controvertir las decisiones durante las etapas previstas por la Entidad. De igual forma, en todo Proceso de contratación que se adelante, debe establecerse reglas objetivas, justas, claras y completas que busquen la libre concurrencia e igualdad de oportunidades, para quienes intervengan en él.
b. Economía: En los Procesos de contratación de la DIAN se deberá procurar el establecimiento de los procedimientos y etapas estrictamente necesarios para garantizar la selección objetiva de la propuesta más favorable en términos de relación costo-beneficio. Igualmente se deben adoptar medidas que garanticen la solución directa de controversias y diferencias de manera ágil y eficiente.
c. Eficacia: Los Procesos de contratación de la DIAN deben alcanzar su finalidad, y en todo caso las actuaciones que adelanten los funcionarios dentro de la gestión contractual deberán estar encaminadas al cumplimiento de los fines estatales.
d. Eficiencia: La Entidad velará porque sus Procesos de contratación cumplan con los procedimientos establecidos en la Ley, se adelanten en el menor tiempo posible y con el menor costo posible.
e. Responsabilidad: Los servidores públicos que intervengan en la gestión contractual responderán por sus actuaciones y omisiones antijurídicas y deberán indemnizar los daños que se causen por razón de ellas, por lo que deberán dar cumplimiento a los fines de la contratación, vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato.
f. Planeación: La decisión de contratar por parte de la Entidad...
Principios. La gestión contractual del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Fondo Nacional Ambiental, debe adelantarse de conformidad con los principios y deberes que rigen la contratación estatal, la función administrativa, la gestión fiscal y los principios generales socio ambientales a continuación enunciados, cuyo alcance conceptual es aquel que ha fijado la ley y la jurisprudencia. Adicionalmente, se aplicarán las reglas de interpretación de la contratación y los principios generales del derecho.
Principios. Las modalidades de contratación se rigen por los siguientes principios, los establecidos en los Acuerdos Comerciales y otros que fueran aplicables; los cuales servirán de criterio interpretativo, y además como técnica para integrar el Reglamento, sus Lineamientos, Procedimientos o Disposiciones Complementarias, en los casos de vacío o deficiencia normativa. Asimismo, regirá la actuación de los responsables de las contrataciones de PETROPERÚ.
a) Auditabilidad A efectos de la evaluación del cumplimiento del presente Reglamento y demás normas que resulten aplicables, las decisiones que se adopten deben contar con la debida documentación sustentatoria. Los responsables de las decisiones deben estar claramente identificados.
b) Economía En toda contratación se aplicarán los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, evitándose establecer exigencias y formalidades costosas e innecesarias. Asimismo, en el desarrollo del proceso y la ejecución del contrato, se buscará la mejor opción en términos de la relación costo total/beneficio.
c) Eficiencia y eficacia La contratación de bienes, servicios y obras, así como las decisiones que se adopten, deben orientarse al cumplimiento de los fines, metas y objetivos de PETROPERÚ, garantizando la efectiva y oportuna atención de los requerimientos, lo cual debe priorizarse sobre exigencias formales. Los bienes, servicios y obras deben reunir los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecución y entrega establecidos por ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y deberán efectuarse o entregarse en las mejores condiciones para su uso final.
d) Equidad Las prestaciones y derechos de las partes deberán guardar una razonable relación de equivalencia y proporcionalidad, sin perjuicio de las facultades que corresponden a PETROPERÚ.
