Common use of Elegibilidad de los Licitantes Clause in Contracts

Elegibilidad de los Licitantes. 4.1 El Licitante podrá ser una entidad privada o una entidad de propiedad del Estado —con sujeción a la Subcláusula 4.5 de las IAL— o cualquier combinación de las mismas en forma de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) al amparo de un convenio existente o con la intención de suscribir un convenio tal respaldado por una carta de intenciones. En el caso de una APCA: (a) salvo indicación contraria en los DDL, todos los socios deberán responder de manera conjunta y solidaria por la ejecución del Contrato de conformidad con los términos del mismo, y (b) la APCA deberá nombrar un representante, el cual deberá estar autorizado a adelantar todas las operaciones para y en nombre de todos y cualquiera de los socios de la entidad durante el proceso de licitación y, en caso de ésta obtenga la adjudicación del Contrato, durante la ejecución del Contrato. 4.2 El Licitante y todos los socios que sean parte del mismo, tendrán la nacionalidad de un país elegible tal como se define en las Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF de octubre de 2006 (en adelante denominadas las Normas), de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Se considerará que un Licitante posee la nacionalidad de un país si es ciudadano del mismo o si se ha establecido, constituido o registrado y opera en conformidad con los términos de la legislación de ese país. Este criterio se los criterios de calificación para un proceso de precalificación o licitación en particular; o (ii) nominado por el prestatario.

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Elegibilidad de los Licitantes. 4.1 El Licitante podrá ser una entidad privada o una entidad de propiedad del Estado —con sujeción a la Subcláusula 4.5 de las IAL— o cualquier combinación de las mismas en forma de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) al amparo de un convenio existente o con la intención de suscribir un convenio tal respaldado por una carta de intenciones. En el caso de una APCA: (a) salvo indicación contraria en los DDL, todos los socios deberán responder de manera conjunta y solidaria por la ejecución del Contrato de conformidad con los términos del mismo, y (b) la APCA deberá nombrar un representante, el cual deberá estar autorizado a adelantar todas las operaciones para y en nombre de todos y cualquiera de los socios de la entidad durante el proceso de licitación y, en caso de ésta obtenga la adjudicación del Contrato, durante la ejecución del Contrato. 4.2 El Licitante y todos los socios que sean parte del mismo, tendrán la nacionalidad de un país elegible tal como se define en las Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF de octubre de 2006 y mayo de 2010 (en adelante denominadas las Normas), de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Se considerará que un Licitante posee la nacionalidad de un país si es ciudadano del mismo o si se ha establecido, constituido o registrado y opera en conformidad con los términos de la legislación de ese país. Este criterio se los aplicará también para determinar la criterios de calificación para un proceso de precalificación o licitación en particular; o (ii) nominado por el prestatario. nacionalidad de los Subcontratistas o proveedores propuestos para cualquier parte del Contrato, incluidos los servicios conexos.

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Elegibilidad de los Licitantes. 4.1 El Licitante podrá ser una entidad privada o una entidad de propiedad del Estado —con sujeción a la Subcláusula 4.5 de las IAL— o cualquier combinación de las mismas en forma de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) al amparo de un convenio existente o con la intención de suscribir un convenio tal respaldado por una carta de intenciones. En el caso de una APCA: (a) salvo indicación contraria en los DDL, todos los socios deberán responder de manera conjunta y solidaria por la ejecución del Contrato de conformidad con los términos del mismo, y (b) la APCA deberá nombrar un representante, el cual deberá estar autorizado a adelantar todas las operaciones para y en nombre de todos y cualquiera de los socios de la entidad durante el proceso de licitación y, en caso de ésta obtenga la adjudicación del Contrato, durante la ejecución del Contrato. 4.2 El Licitante y todos los socios que sean parte del mismo, tendrán la nacionalidad de un país elegible tal como se define en las Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF de octubre de 2006 y mayo de 2010 (en adelante denominadas las Normas), de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Se considerará que un Licitante posee la nacionalidad de un país si es ciudadano del mismo o si se ha establecido, constituido o registrado y opera en conformidad con los términos de la legislación de ese país. Este criterio se los aplicará también para determinar la criterios de calificación para un proceso de precalificación o licitación en particular; o (ii) nominado por el prestatario.

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