Elementos esenciales Cláusulas de Ejemplo

Elementos esenciales. <Artículo subrogado por el artículo 1o. de la Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:>
Elementos esenciales. 1.Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:
Elementos esenciales. El consentimiento sigue las reglas de los contratos; una de las partes ofrece el servicio al público, la otra acude al domicilio del oferente y otorga su consentimiento para celebrar el contrato. En cuanto al objeto, este consiste en crear derechos y obligaciones, en dar un servicio de telefonía. En cuanto a la capacidad de las partes, para proporcionar este servicio se requiere como presupuesto jurídico tener concesión para explotar y conceder el uso o goce de la telefonía básica, esta con- cesión está sujeta a las reglas que establece la Secretaría, así las co- XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX sas sólo tienen capacidad de ejercicio los concesionarios. En cuanto a la capacidad para recibir el servicio, esta es general, no hay limitaciones para ninguna persona, incluso el dato de la edad requerida para obligar- se en los contratos es irrelevante, siempre que la minoría de edad no parezca un inconveniente para el pago de las prestaciones que se es- tablezcan. Los vicios del consentimiento son igualmente irrelevantes. No existe la posibilidad de que Telmex o cualquier otro concesionario ejerza vio- lencia, lesión ni error, para obtener el consentimiento de la otra parte. De presentarse alguno de estos vicios se trata de una situación fácil- mente reparable. La licitud en el objeto deriva, por parte del prestador del servicio, de la concesión otorgada por el Estado una vez cubiertos los requisitos que para este acto administrativo exigen las leyes. En cuanto al usua- rio, éste debe tener un propósito lícito, estando expresamente prohibido en el contrato realizar llamadas en las cuales se utilice lenguaje que ofenda a los receptores así como llamadas intimidatorias o de amena- zas. Esto es causa de rescisión del contrato. Desde luego que el suscriptor puede celebrar el contrato con un ob- jeto ilícito que permanece oculto, es decir, para realizar actos delictivos tales como el manejo de redes dedicadas a la delincuencia. A petición de autoridad competente, Telmex debe rescindir estos contratos. El clausulado de este contrato está aprobado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, es un formulario comercial que se acep- ta en forma incondicional por parte del usuario.
Elementos esenciales. Tema 7.–Los derechos reales. Concepto, clases y caracte‑ res. Tema 8.–El derecho de propiedad. Contenido. Protección. Ad‑ quisición y pérdida del dominio. Especial referencia a la donación. La donación “inter vivos” en el Derecho Civil Xxxxx xx Xxxxxxx. Tema 9.–Comunidad de bienes. La posesión. Usufructo, uso y habitación. Las servidumbres. Normas especiales del usufructo y las servidumbres en el Derecho Civil Xxxxx xx Xxxxxxx. Tema 10.–Los derechos reales de garantía. Hipoteca. Hipoteca mobiliaria. Prenda. Prenda sin desplazamiento. Anticresis. Las garantías reales en el Derecho Civil Xxxxx xx Xxxxxxx. Tema 11.–El registro de la propiedad: títulos inscribibles y asientos registrales. Principios hipotecarios. La anotación pre‑ ventiva de embargo. Tema 12.–La obligación (I). Concepto y clasificación. Obligacio‑ nes extracontractuales. Enriquecimiento sin causa. Cumplimiento normal de las obligaciones: el pago. Tema 13.–La obligación (II). Otros modos de extinción de las obligaciones. Cumplimiento anormal de las obligaciones: causas y consecuencias. Protección del crédito. Concurrencia y prelación de créditos. Tema 14.–Las obligaciones en el Derecho Civil Xxxxx de Na‑ varra: Fuentes y efectos de las obligaciones. Cumplimiento y extinción de las obligaciones. Rescisión por lesión. Enriquecimiento sin causa. Cesión de las obligaciones. Tema 15.–El contrato. Elementos y requisitos. Clasificaciones. Generación, perfección y consumación del contrato. Ineficacia de los contratos. Interpretación de los contratos. Tema 16.–El contrato de compraventa. Elementos. Obliga‑ ciones de vendedor y comprador. Derechos de tanteo y retracto. Cesión de derechos y acciones. La permuta. Tema 17.–El arrendamiento en general. Arrendamiento de servicios. Arrendamiento de obras. Arrendamiento de cosas. Arrendamiento de fincas rústicas y urbanas. Tema 18.–El mandato. El préstamo. El precario. El depósito. La fianza. Tema 19.–La sociedad. La transacción. El compromiso. El arbitraje. La adhesión. Tema 20.–Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. La prescripción y la caducidad. Tema 21.–El derecho hereditario (I). Conceptos generales. Capacidad para suceder. Aceptación y repudiación de la herencia. Comunidad hereditaria. Derecho de acrecer. Colación y partición de la herencia. Tema 22.–El derecho hereditario (II). Sucesión testamentaria, forzosa e intestada. Institución de herederos. Sustitución. Legado. Albacea. La desheredación. La preterición. Tema 23.–La sucesión en el Dere...
Elementos esenciales. 2. Consentimiento
Elementos esenciales. Los elementos esenciales del Contrato de Seguro han sido establecidos por el artículo 1045 del Código de Comercio (Decreto 410 de 1971) de la siguiente forma:  El interés asegurable.  El riesgo asegurable.  La prima o precio del seguro, y  La obligación condicional del asegurador. En defecto de cualquiera de estos elementos, el contrato de seguro no producirá efecto alguno Para determinar en qué consiste el Riesgo Asegurable, debemos acudir al artículo 1054 del Código de Comercio (Decreto 410 de 1971) que contiene la definición de riesgo: Denominase riesgo el suceso incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, del asegurado o del beneficiario, y cuya realización da origen a la obligación del asegurador. Los hechos ciertos, salvo la muerte, y los físicamente imposibles, no constituyen riesgos y son, por lo tanto, extraños al contrato de seguro. Tampoco constituye riesgo la incertidumbre subjetiva respecto de determinado hecho que haya tenido o no cumplimiento (p. 254).  El riesgo debe ser incierto o aleatorio.  El riesgo debe ser posible.  El riesgo debe ser concreto.  El riesgo deber ser lícito.  El riesgo debe ser fortuito.  El riesgo debe tener un contenido económico.
Elementos esenciales. X.Xx. Xxxxxxx Xxxx 21/972018 PROPIOS O CONSTITUTIVOS: Son los que permiten encuadrar el acuerdo de voluntades al tipo legal.
Elementos esenciales. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos elementos esenciales: De conformidad con lo anterior, en el evento de desempeñar una actividad personal, continua, subordinada y remunerada, independientemente de la denominación y de la jornada de trabajo, nace entre las partes un vínculo laboral con las respectivas obligaciones que se derivan de todo contrato de trabajo, esto es, el pago de salarios, prestaciones sociales, vacaciones, seguridad social e indemnizaciones que se causen, al momento de la terminación del contrato de trabajo. Lo anterior, por cuanto el criterio para determinar la existencia de un contrato de tipo laboral no es la intensidad de la jornada de trabajo o si el trabajador debe laborar todos los días de la semana o si se fija un salario diario, o si se tiene un jefe; sino la presencia de los elementos señalados en el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, esto es, prestación personal del servicio, remuneración (salario) y subordinación. Si se reúnen los elementos consagrados en el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, el vínculo contractual será de naturaleza laboral, en cualquiera de sus modalidades, es decir, verbal, escrito, por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, por tiempo indefinido o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio. En este caso, no sólo tendría derecho al pago de un salario sino a las prestaciones sociales (cesantías, prima de servicios, intereses a las cesantías), así como al reconocimiento de vacaciones, auxilio de transporte, calzado y vestido de labor, pago de aportes parafiscales (Sena, ICBF, Caja de Compensación Familiar) y además al pago de los aportes al sistema de seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales. Por otra parte, el contrato de prestación de servicios se caracteriza por la autonomía e independencia del contratista en el ejercicio de sus labores, temporalidad de la vinculación, ausencia de subordinación, ausencia de horario o jornada de trabajo, posibilidad de prestar sus servicios incluso por fuera de las instalaciones propias del contratante, y facultad para utilizar sus propios instrumentos. La legislación laboral colombiana no define ni reglamenta los contratos de prestación de servicios, celebrado entre particulares, toda vez que éstos se rigen por disposiciones comerciales y civiles, cuando se suscriben con personas de derecho privado, bien sean naturales o jurídicas. En cuan...
Elementos esenciales. Empresa de Leasing. - Proveedor del bien. - Bien inmueble para vivienda. - Arrendatario = persona individual. 55 Ibíd. Pág. 55 Por lo anterior se determina que esta modalidad permite a los arrendatarios adquirir bienes inmuebles para uso de vivienda. Es el contrato a través del cual se financia bienes destinados a proyectos de infraestructura en sectores como transporte, energía, telecomunicaciones, agua potable y saneamiento básico a plazos igual o superior a doce años o al término de la concesión.56 En Colombia también se utiliza esta modalidad para financiar bienes de proyectos orientados a mejorar la logística de distribución, hacer más eficiente la cadena de abastecimiento y para desarrollar proyectos de gran importancia. 57 Esta modalidad está regulada y establece incentivos fiscales para las adquisiciones de activos fijos, extensivos a los que se adquieren mediante el leasing financiero con opción de compra para proyectos de infraestructura.
Elementos esenciales. Empresa de Leasing. - Proveedor. - Bienes utilizados en proyectos de infraestructura. - Arrendatario.