ENTIDAD TOMADORA Cláusulas de Ejemplo

ENTIDAD TOMADORA. ES LA PERSONA JURÍDICA DE NATURALEZA PÚBLICA QUE SE DESIGNA EN LA CARÁTULA DE ESTA PÓLIZA Y A CUYO SERVICIO SE DESEMPEÑAN LOS FUNCIONARIOS ASEGURADOS.
ENTIDAD TOMADORA. Es la persona jurídica que se designa con carácter de Tomador en la carátula de esta póliza y en cuyos órganos de administración o gestión participan los Asegurados. Así mismo se incluyen dentro de dicho concepto todas las Sociedades Subordinadas existentes antes del inicio de la Vigencia de la presente póliza que se detallen específicamente en la carátula de la misma. Se incluyen bajo la definición de Entidad Tomadora, las Sociedades Subordinadas adquiridas, fusionadas o creadas con posterioridad a la entrada en Vigencia de la presente póliza, cuyos activos no excedan en más de un veinte por ciento (20%) de los activos consolidados de la sociedad matriz. La indemnización otorgada bajo esta extensión se aplica únicamente a las reclamaciones que tengan su causa en uno o varios Actos Incorrectos cometidos o supuestamente cometidos por los Asegurados de dichas sociedades subordinadas después de la fecha de adquisición, fusión, escisión o de creación. Lo anterior no aplica, cuando las Sociedades Subordinadas adquiridas, fusionadas o creadas con posterioridad a la entrada en Vigencia, estén domiciliadas en Estados Unidos, Canadá y Puerto Rico. Para la cobertura de los administradores de las sociedades subordinadas adquiridas, fusionadas, escindidas o creadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente póliza, cuyos activos excedan en más de un veinte por ciento (20%) los activos consolidados de la sociedad matriz o que se encuentren domiciliadas en Estados Unidos, Canadá o Puerto Rico; deberá solicitarse aceptación escrita de PREVISORA. Las entidades que durante la vigencia de la presente póliza perdieren el carácter de Sociedades Subordinadas quedarán en virtud de tal hecho y, desde la fecha en que éste tenga ocurrencia, excluidas de la definición de Entidad Tomadora y, por lo tanto, se extinguirá a partir de tal fecha la cobertura para los administradores de las mismas.

Related to ENTIDAD TOMADORA

  • ENTIDAD CONVOCANTE Nombre : Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones RUC Nº : 20131370564 Domicilio legal : Xxxxx Xxx Xxxxxxxx X° 000 - Xxx Xxxxxx Teléfono: : 000-0000 Correo electrónico: : xxxx@xxx.xxx.xx

  • Cesiones El Contratista no puede ceder parcial ni totalmente sus obligaciones o derechos derivados del presente Contrato sin la autorización previa y por escrito de [nombre de la Entidad Estatal contratante]. Si el Contratista es objeto de fusión, escisión o cambio de control, [nombre de la Entidad Estatal contratante] está facultado a conocer las condiciones de esa operación. En consecuencia, el Contratista se obliga a informar oportunamente a [nombre de la Entidad Estatal contratante] de la misma y solicitar su consentimiento. [Si la operación pone en riesgo el cumplimiento del Contrato, [nombre de la Entidad Estatal contratante] exigirá al Contratista, sus socios o accionistas una garantía adicional a la prevista en la cláusula 16 del presente Contrato. Si el Contratista, sus socios o accionistas no entregan esta garantía adicional, la Entidad Estatal contratante puede válidamente oponerse ante la autoridad correspondiente a la operación de fusión o escisión empresarial o cambio de control].

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones de las cláusulas.

  • Vinculación a la totalidad Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.

  • Atribuciones Son atribuciones de la Entidad Contratante, sin carácter limitativo, las siguientes: a) Definir la Unidad Administrativa que tendrá la responsabilidad técnica de la gestión.

  • Entrega Xxxxxx no será responsable de ningún daño como resultado de la falta de entrega o el retraso debido a cualquier causa fuera del control razonable xx Xxxxxx, incluidos, entre otros, un acto de Dios; acto del Comprador; embargo; otro acto, reglamento o solicitud del gobierno; fuego; accidente; Huelga; guerra; boicotear; pandemia; desacelerar; disturbio; o demora en el transporte o incapacidad para obtener la mano de obra, los materiales o las instalaciones de fabricación necesarios. Bajo ninguna circunstancia, Xxxxxx será responsable ante el Comprador o cualquier tercero por reclamos relacionados con la entrega tardía de los bienes. Xxxxxx se reserva el derecho de sustituir materiales y componentes alternativos adecuados cuando sea necesario. Cuando los servicios se deban realizar en las instalaciones del Comprador, el Comprador acepta proporcionar x Xxxxxx de manera oportuna el acceso, el tiempo de inactividad de la máquina, los servicios públicos y el equipo que Xxxxxx requiera razonablemente para prestar los servicios de acuerdo con el Acuerdo. Si el Comprador no cumple con sus obligaciones o no las cumplirá de manera oportuna, el Comprador reconoce y acepta que Xxxxxx tendrá derecho a retrasar prestación de los servicios, sin penalización ni responsabilidad de ningún tipo, hasta el momento en que el Comprador haya cumplido en todos los aspectos con sus obligaciones y aumentar el precio de los servicios para reflejar cualquier aumento en el costo para Xxxxxx causado por la falta de cumplimiento o el cumplimiento tardío del Comprador . Si el Comprador retrasa o aplaza la entrega más allá de la fecha programada, el pago deberá realizarse en su totalidad cuando Xxxxxx esté preparado para enviar los bienes o prestar los servicios. A partir de ese momento, Xxxxxx podrá optar por almacenar los bienes por cuenta y riesgo del Comprador. Si la orden de compra aplicable lleva la anotación "Recogida del cliente" o si el Comprador está obligado de otro modo, según los términos de la orden de compra aplicable, a recibir cualquier bien de cualquier instalación xx Xxxxxx, Xxxxxx notificará al Comprador cuando dichos bienes o cualquier parte de dichos bienes están disponibles para que los reciba el Comprador o su transportista de carga y el Comprador o su transportista de carga designado deberán recibir la entrega de dichos bienes o cualquier parte de dichos bienes dentro de los cinco (5) días calendario posteriores a la recepción de dicha notificación. Si el Comprador no acepta la entrega de dichos bienes o cualquier parte de dichos bienes dentro de los cinco (5) días calendario posteriores a la recepción de dicha notificación, Xxxxxx tendrá derecho, a su elección, a enviar los bienes o cualquier parte de dichos bienes directamente al Comprador a cargo exclusivo del Comprador o, alternativamente, para almacenar dichos bienes o cualquier parte de dichos bienes en cualquier instalación xx Xxxxxx sujeto a tarifas de manejo y almacenamiento razonablemente determinadas por Xxxxxx. Xxxxxx puede, en ciertos momentos, proporcionar bienes o servicios al Comprador antes de la emisión, entrega y aceptación de una orden de compra correspondiente. En tales casos, Xxxxxx notificará al Comprador que estos Términos y condiciones se aplicarán a dichas transacciones y se considerará que el Comprador ha aceptado dichos Términos y condiciones una vez que Xxxxxx entregue los bienes o preste los servicios.

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

  • ACTIVIDADES Bajo la supervisión del Oficial Nacional de Programas y de la Representante del PMA, la persona será responsable de asistir a la Unidad de Programa en las tareas que se han establecido en el documento del Proyecto PROSAN encargándose de: 1. Planificar, Organizar, Coordinar la ejecución del proyecto de acuerdo a lo establecido en el Convenio entre PMA y FOSPIBAY, el documento del proyecto PROSAN y su plan de trabajo anual; 2. Dirigir la implementación del proyecto considerando los componentes de actividades siguientes: i) Familias - Comunidades - Escuelas Saludables; ii) Capacidades Institucionales Fortalecidas sobre Alimentación y Nutrición; iii) Gestión de Riesgos de Inseguridad Alimentaria y Nutricional y iv) Promoción del uso de alimentos fortificados a nivel local; 3. Desempeñar sus funciones en estrecha colaboración con FOSPIBAY y las instituciones del gobierno a nivel local; 4. Dirigir un equipo de trabajo del PMA constituido especialmente para la ejecución del proyecto en Sechura – Piura, supervisando sus desempeños y garantizando su seguridad y un adecuado trabajo de equipo; 5. Apoyar en la implementación de estudios entre ellos el estudio de evaluación final del proyecto; 6. Facilitar el registro de información de las actividades para el documento de sistematización del proyecto (informes de monitoreo, testimonios, reportes varios); 7. Elaborar informes mensuales, trimestrales y anuales de resultados con el apoyo del equipo técnico del proyecto y según especificaciones que brinde el PMA; 8. Monitorear las actividades del proyecto según el Plan de Monitoreo aprobado por el PMA y en coordinación con especialistas de monitoreo del PMA, que incluye visitas de campo, formulación de reportes, etc.; 9. Establecer una relación de colaboración con el resto del equipo del PMA, el FOSPIBAY, con las contrapartes del gobierno, sociedad civil, agencias de cooperación multi y bilaterales relacionadas a los temas de interés en el departamento de Piura, dentro del marco del proyecto; 10.Participar en instancias de decisión del proyecto, ejercer el rol de líder del Equipo Técnico del Proyecto; y 11.Otras actividades afines que el Coordinador del Proyecto le asigne. • Título profesional universitario en Agronomía, Nutrición y/o Ciencias Sociales, Ciencias Económicas; y • Deseable maestría en áreas relacionadas a Nutrición, Seguridad Alimentaria, Desarrollo Social y/o Gestión de Riesgos de Desastres, entre otros.

  • Jubilaciones El trabajador podrá jubilarse de manera ordinaria según los requisitos establecidos en la legislación vigente, aplicable al efecto. No obstante, aquellos trabajadores que no tengan cubierto el plazo legal mínimo de cotización que les garantice la pensión de jubilación de la Seguridad Social podrán continuar en la empresa hasta que se cumpla dicho plazo o tal requisito. La jubilación podrá tener efecto al final del curso académico de la universidad a la que esté adscrita el Colegio Mayor, si hubiera acuerdo entre el empresario y el trabajador. Los empresarios y sus trabajadores, de mutuo acuerdo, podrán tramitar los sistemas de jubilaciones anticipadas previstas en la legislación vigente.