ENTREGA DE LA PROPIEDAD ARRENDADA Cláusulas de Ejemplo

ENTREGA DE LA PROPIEDAD ARRENDADA. La SUBARRENDADORA entrega la Propiedad Arrendada a la SUBARRENDATARIA en la fecha de firma de este Contrato. B. Delivery. SUBLESSOR hereby delivers the Leased Property to SUBLESSEE on the date of execution hereof.
ENTREGA DE LA PROPIEDAD ARRENDADA. Al vencimiento del Plazo o en la fecha de cualquier terminación anticipada (la “Fecha de Terminación”), según sea el caso, la Arrendataria devolverá y entregará el uso y goce de la Propiedad Arrendada a la Arrendadora, sin demora alguna, y en las mismas condiciones de orden y mantenimiento en que el Arrendatario la recibió, salvo por el uso y desgaste. 17.1 Restitution of the Leased Property. Upon the expiration of the Term or on the date of any early termination (the “Termination Date”), as applicable, Lessee shall return and deliver the use and enjoyment of the Leased Property to the Lessor, without any delay, under the same conditions of order and maintenance Lessee received, wear and tear except.
ENTREGA DE LA PROPIEDAD ARRENDADA. EIGHTH. SURRENDER
ENTREGA DE LA PROPIEDAD ARRENDADA. En el ultimo dia del plazo de este contrato, o de sus prorrogas, si existe alguna, o en su caso, en la fecha correspondiente si hubiese terminacion anticipada, el ARRENDATARIO debera devolver y entregar la "Propiedad Arrendada" para la posesion y uso de el ARRENDADOR, sin demora y en buen orden, en buena condicion y adecuado matenimiento, excepto por el desgaste normal y razonable debido al uso normal y al transcurso del tiempo, con la excepcion de danos por incendio u otro siniestro. Todos los letrerc, inscripciones, celosias e instalaciones de naturaleza similar, realizadas por el ARRENEATARIO deberan ser removidas antes o en la fecha de la expiracion del plazo de este contrato. Todo el mobiliario, accesorios y equipo tales como compresores, transformadores y demas equipo instalado por el ARRENDATARIO continuaran sienclo propiedad del ARRENDATARIO y seran retiradas por el ARRENDATARIO en cualquier momento durante o al final de la vigencia de este contrato y el ARRENDATARIO debera, a su propia xxxxx, reparar el dano que resulte de la instalacion o remocion de dichos equipos y/o accesorios. Cualquier articulo que permanezca en la "Propiedad Arrendada" treinta (30) dias con posterioridad a la terminacion de este contrato podra ser considerado, a opcian del ARRENDADOR, como que ha sido abandonado y el ARRENDADOR podra conservarlo o disponer de el en la forma que mejor le convenga y sin obligacion o responsabilidad. Cualquier mejora permanente realizada a la "Propiedad Arrendada" por el ARRENDATARIO y/o por el ARRENDADOR subsecuente a la fecha de firma del presente, se considerara como propiedad del ARRENDADOR y permanecera en la "Propieda Arrendada" a la terminacion o antes de la terminacion de este contrato de arrendamiiento sin que el ARRENDADOR compense al ARRENDATARIO por dichas instalacior s o mejoras, sujeto al derecho del ARRENDATARIO a usar los mismos durante el termino del presente.
ENTREGA DE LA PROPIEDAD ARRENDADA. La Arrendadora, con esta fecha hace entrega a la Arrendataria del INMUEBLE, en buen estado de conservación y libre de arrendatarios y ocupantes a cualquier título, con sus sistemas de luz y agua, funcionando en perfectas condiciones, con sus cuentas domiciliarias y gastos comunes al día, sus llaves y medios de acceso. Lo anterior en conformidad al inventario, el que firmado por LAS PARTES en señal de conocimiento y aceptación, se entiende formar parte integrante del presente instrumento. - La Propiedad Arrendada se da en arrendamiento como cuerpo cierto, con todo lo edificado, con todos sus usos y costumbres, derechos y servidumbres activas y pasivas.
ENTREGA DE LA PROPIEDAD ARRENDADA. THIRD. - DELIVERY OF THE LEASED PROPERTY. Ocupación Benéfica.- El Arrendador acuerda entregar al Arrendatario la Propiedad Arrendada al día siguiente de que suceda la última de las siguientes circunstancias: (i) la fecha de firma de este Arrendamiento; (ii) la entrega al Arrendador del original de la Carta de Crédito (según este término se define en la Cláusula Sexta del presente contrato); (iii) la entrega al Arrendador del Depósito en Garantía (según este término se define en la Cláusula Sexta del presente contrato); en lo sucesivo la “Fecha de Ocupación Benéfica”. Las Partes deberán firmar un certificado de ocupación benéfica (“Certificado de Ocupación Benéfica”) en la fecha correspondiente, conforme al formato adjunto al presente como Anexo “D”. En la Fecha de Ocupación Benéfica el Arrendatario tendrá el derecho de entrar a la Propiedad Arrendada para comenzar la instalación de equipo y propósitos similares, de tal forma que no interfiera con el calendario de entrega de la Propiedad Arrendada. Las Partes acuerdan que a partir de la Fecha de Ocupación Benéfica todos los términos y condiciones del Arrendamiento estarán, en pleno vigor y efecto, excepto por el pago de la renta que comenzará en la fecha establecida por las partes en la Cláusula Quinta del presente Arrendamiento. Beneficial Occupancy.- Lessor agrees to deliver to Lessee the Leased Property the day after the latest occurrence of the following: (i) the date of execution of this Lease; (ii) the delivery to Lessor of the original Letter of Credit (as such term is defined in the Clause Sixth of this agreement); (iii) the delivery to Lessor of the Security Deposit (as such term is defined in the Clause Sixth of this agreement); hereinafter referred to as the “Beneficial Occupancy Date”. The Parties shall execute a certificate of beneficial occupancy (“Certificate of Beneficial Occupancy”) on the corresponding effective date in the form attached hereto as Exhibit “D”. On the Beneficial Occupancy Date the Lessee shall have the right to enter in the Leased Property to commence installation of equipment or similar purposes, and Lessee agrees not to alter the works performed by Lessor. The Parties agree that upon de Beneficial Occupancy Date all the terms and provisions of this Lease shall be in fully force and effect, except the payment of the rent which shall commence and become enforceable on the date agreed by the Parties I accordance with the Clause Fifth hereof. Entrega Substancial.- El Arrendad...

Related to ENTREGA DE LA PROPIEDAD ARRENDADA

  • JUNTA DE ACLARACIONES Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, La Junta de Aclaraciones se llevará a cabo en el horario, y fecha descritas en la parte inicial (cronograma) de las presentes bases en la Dirección de Recursos Materiales, primer piso del Centro Administrativo (CAT), xxxxx xx Xxxxxxx xxxxxx #00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx, Jalisco, México. Al Licitante que requiera mayor información de algún punto de las presentes bases deberá enviar mediante correo electrónico a la cuenta xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx el documento señalado como Anexo A debidamente llenado en formato PDF y WORD, señalando en el asunto del correo número de licitación, documento en el cual deberán de integrar sus preguntas y enviarlo al Secretario Ejecutivo en el horario, y fecha descritas en la parte inicial de las presentes bases (cronograma) a efecto de que puedan ser resueltas en la Junta de Aclaraciones. Los acuerdos, aclaraciones, modificaciones y disposiciones que se pacten o se aclaren en esta Junta de Aclaraciones, formarán parte integral de las Bases de esta Licitación y deberán de ser cumplidas sin excepción por parte de los LICITANTES, asista o no a esta Junta, sin que al efecto sea necesario que se le notifique de las modificaciones o aclaraciones que ahí se pudieran llegar a darse, ya que es su obligación si no llegará a asistir a la Junta, el acudir a la Unidad Centralizada de Compras Recursos Materiales citada y obtener la información necesaria. De la Junta de Aclaraciones se levantará la correspondiente Acta, en la se asentaran las cuestiones efectuadas por los licitantes en el tiempo y formas indicadas, así como las respuestas otorgadas por la convocante, además se indicaran situaciones de tiempo y lugar, en esta Junta de Aclaraciones los asistentes podrán formular cuestionamientos que no hayan sido hechos en el formato Anexo A, sin embargo la convocante no tendrá obligación de plasmar las respuestas a éstos en el acta correspondiente, a no ser que a juicio de la Unidad de Xxxxxxx, las respuestas otorgadas sean de trascendencia para la convocatoria y sus anexos. (art. 63 fracción III de la Ley) A esta Junta de Aclaraciones asistirá un representante de la Unidad Centralizada de Compras de Recursos Materiales y del Área Requirente.

  • Comisión de Seguimiento 4.1. Se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de cada una de las partes firmantes del convenio. Las funciones de la Comisión serán las siguientes: - Puesta en marcha, control, y seguimiento del programa objeto del presente convenio. - Aclarar y resolver cuantas dudas puedan plantearse en la interpretación y ejecución del presente convenio.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • Prendas de trabajo 1. En base al Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, se entiende por Equipo de Protección Individual (EPI en adelante) cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. También se considerará como EPI la prenda de trabajo/uniforme que esté destinado específicamente a proteger la salud o integridad física del trabajador. En base al Se seguirán; para la elección, utilización y mantenimiento de los equipos de protección las disposiciones mínimas de seguridad y de salud establecidas en el Real Decreto anteriormente mencionado.

  • ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES Las proposiciones se recibirán a través de CompraNet, por lo que se estará a lo dispuesto en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado CompraNet” y el soporte documental deberá remitirse de forma legible (en archivo PDF sin utilizar baja resolución, formato imagen o equivalente), utilizando la firma electrónica que asignó el SAT en favor del LICITANTE para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Asimismo, se precisa que en la documentación técnica, legal y económica que integre la proposición remitida a través de CompraNet, se deberán emplear los medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa; lo anterior de conformidad con lo señalado en la fracción II del artículo 26 Bis, el último párrafo del artículo 27 de la LAASSP y el primer párrafo del artículo 50 del RLAASSP. Las proposiciones deberán elaborarse conforme a lo señalado en esta CONVOCATORIA en formatos word, excel, pdf, html o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo jpg o gif. Preferentemente, identificarán cada una de las páginas que integran las proposiciones con los datos siguientes: clave del Registro Federal de Contribuyentes, número de Licitación y número de página, cuando técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de las proposiciones. Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas las páginas que los integren (en caso de una página en blanco, poner “Sin texto”). Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica; así como, la documentación legal administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 50, del RLAASSP, iniciando la numeración de cada propuesta, con el número uno, y concluyendo con el correspondiente a la cantidad de hojas que contenga. Se procederá a la apertura de los sobres generados mediante el sistema; en el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad del ÁREA CONVOCANTE , no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo lo previsto en el numeral 29 del “ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet” el cual contempla lo siguiente: “29.- Las dependencias y entidades, a través de la Unidad Compradora, recabarán de los LICITANTES su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Unidad Compradora, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la dependencia o entidad.” En término de lo dispuesto por el artículo 39, fracción III, inciso d) del REGLAMENTO, una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos; éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión, de resultar adjudicado deberán estar vigentes durante la vigencia del contrato. Recibidas las proposiciones que hayan sido enviadas a través del Sistema CompraNet, se procederá a la apertura de todas y cada una de ellas, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido, por lo que, en el caso de que algún licitante omita la presentación de algún documento o algún requisito, no serán desechadas en ese momento, haciéndose constar ello en el formato de revisión Administrativa, legal. Técnica y económica, lo anterior de conformidad con lo establecido el artículo 47 del REGLAMENTO. Si por causas ajenas a la voluntad de la SHCP o de la convocante, no fuera posible abrir los archivos que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción. La SHCP podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las propuestas que obren en poder de la convocante. Cuando las proposiciones sean desechadas podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, de conformidad a lo establecido el artículo 56 de la LAASSP y 104 de su REGLAMENTO. La convocante rubricará las proposiciones económicas que hayan sido recibidas e integrará al acta una versión impresa de las mismas. Conforme al artículo 35 fracción III de la LAASSP, se levantará el acta correspondiente que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar las proposiciones que fueron recibidas en tiempo y forma para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas, se adjuntará copia de las mismas (Propuesta Económica), así como el lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Licitación. Al finalizar el acto se difundirá un ejemplar del acta en CompraNet, para efectos de notificación. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de presentarse alguna inconformidad o cualquier medio de impugnación derivados del procedimiento de contratación, la cotización estará vigente hasta en tanto ésta no sea resuelta. En el presente procedimiento No se reciben proposiciones a través del servicio postal o mensajería, ni de forma presencial.

  • GARANTÍA DE LOS BIENES 28.1 El Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, sin uso, del modelo más reciente o actual e incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 24 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 30 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

  • PLAZO DE ENTREGA “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago. ----------------------

  • Jornada de trabajo La jornada máxima de trabajo queda establecida para el periodo de vigencia del convenio, en 1.712 horas efectivas año. Una vez deducidas vacaciones, domingos, festivos no recuperables y los días de permisos retribuidos que se pactan. Al objeto de garantizar la cobertura médica y necesaria de los servicios que prestan las empresas sometidas al ámbito de aplicación del convenio, se podrá ampliar la jornada laboral de aquellos facultativos que se requiera, hasta el límite máximo en cómputo anual establecido en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y con la retribución prevista en el artículo 39 del presente convenio. Durante la vigencia de este convenio se pactan cuatro días libres a elección del trabajador y trabajadora, no computables a efectos de jornada máxima anual, y supeditados dos de ellos a las necesidades del servicio. Deberán solicitarse dentro de los 30 días naturales anteriores a su disfrute y como mínimo 7 días naturales antes de su disfrute. La empresa dará respuesta en las 72 horas antes del disfrute de la solicitud. De no producirse, el permiso se entenderá concedido. El exceso de jornada se aplicará mediante días de descanso a designar por la dirección de la empresa. csv: BOA20221017018 Una vez atribuido los días de descanso en aplicación de la jornada, si todavía hubiera un exceso de horas de trabajo, estas se podrán compensar retributivamente o bien mediante descanso inferior a la jornada. En el marco global de las empresas se pactará con la representación de los trabajadores y trabajadoras, los criterios generales a seguir en la confección y elaboración de los calendarios laborales en los que se incluirá jornada, turnos y festivos. La jornada podrá realizarse de manera continuada o partida, pudiendo fraccionarse en dos periodos, que serán diurnos. Durante la jornada continuada, que exceda de seis horas, existirá un descanso retribuido de 20 minutos que a todos los efectos se considerará como tiempo de trabajo efectivo. A efectos de seguimiento y control de asistencia, se establecerán los sistemas que vengan a considerar como más adecuados las empresas, de acuerdo a su volumen, en los que se reflejarán los días y horas efectivas trabajadas por cada uno de los que puedan quedar su- jetos al mismo. Los documentos que a tal efecto se produzcan (fichas, tarjetas, listas de firma, etc.) se conservarán por un período de cuatro años pudiendo, durante este tiempo, ser examinadas por los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras, previa solicitud a la Dirección de la empresa o a la persona por ella delegada. Con efectos del día 1 de enero de 2024, la jornada laboral anual quedará reducida en 7 horas, pasando a ser la misma de 1.705 horas de trabajo real y efectivo al año.

  • LUGAR DE ENTREGA Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén de “La Secretaría” ubicado en la prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx N°. 43 de la Colonia Viveros del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el departamento xx xxxxxxx, con previo aviso al teléfono 000-00-00, en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.