PRORROGA DEL PLAZO. La Entidad podrá prorrogar el plazo del Contrato de Servicio de Ínfima Cuantía, únicamente en caso.
PRORROGA DEL PLAZO. 9.1. EL CONTRATANTE podrá extender el plazo de la vigencia del presente contrato solo en los casos que se indican a continuación: Por caso fortuito, o fuerza mayor, SOLICITADO por el contratista debidamente justificado, en los términos establecidos en el Art 30 del Código Civil. Al aceptar la prórroga, la Del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquia Rural de Pioter, definirá su duración y la incorporación de un nuevo cronograma que sustituirá al original o precedente, que deberá ser suscrito por las partes y tendrá el mismo valor contractual del sustituido.
PRORROGA DEL PLAZO. Si las circunstancias de fuerza mayor y/o caso fortuito de cualquier naturaleza que se produzcan, resultan ser tales que con justicia dan derecho al contratista a una prórroga del plazo, el interventor y/o supervisor deberá determinar la extensión de dicha prorroga, siempre que el contratista dentro de los diez días calendario anteriores al vencimiento del contrato le haya entregado los datos completos y pormenorizados de toda demanda de prórroga del plazo que considere tener derecho, con el objeto que su demanda pueda ser investigada y resuelta. El contratista deberá demostrar la situación de fuerza mayor o caso fortuito, caso en el cual tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna ni a variación de las condiciones iníciales. Lo anterior no exonera al contratista de su obligación de constituir y mantener vigentes los seguros y garantías que correspondan según lo estipulado en los términos y condiciones de la convocatoria y será responsable de los daños que sufra XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. por no haberlos constituido o mantenido vigentes. Una vez cese las causales de fuerza mayor o caso fortuito el contratista deberá comunicar esta situación inmediatamente a XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. y continuar la ejecución del contrato presentando la reprogramación del mismo, donde se trate de recuperar el mayor tiempo posible.
PRORROGA DEL PLAZO. Habrá lugar a prórroga del plazo del contrato por una de las siguientes causas: a) fuerza mayor o caso fortuito. b) mutuo acuerdo entre las partes. Lo anterior para su perfeccionamiento se requiere la firma de las partes y la prórroga de las pólizas. OCTAVA:
PRORROGA DEL PLAZO. La Entidad podrá prorrogar el plazo del Contrato de Servicio de Ínfima Cuantía, únicamente en caso. DIRECCIÓN: Orellana y Av. 11 de Xxxxx Xxxx. (00)0000-000/ 0000-000 / 0000-000 Fax: (00)0000-000 Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx E-mail: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx / xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx 0 XXXXXXXXX XXX XXXXXXX
PRORROGA DEL PLAZO. La SUBARRENDATARIA podra prorrogar el Plazo de este Contrato por 3 (tres) periodos adicionales de un ano cada, los cuales seran prorrogados automaticamente. B. Extension to the Lease Term. The SUBLESSEE may extend the Term for 3 (three) additional terms of one year each, which will be extended automatically..
PRORROGA DEL PLAZO. Prorrogar el plazo de ejecución del contrato TC-LPN-001 DE 2014 por el termino de CUARENTA (40) días calendario, en la ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA, contados a partir del vencimiento del plazo prorrogado a través del OTRO SI No. 1 al contrato original, de acuerdo a la recomendación dada por la interventoria en la comunicación citada en la consideraciones del presente OTRO SI. PARAGRAFO PRIMERO: Las actividades objeto de la adición serán ejecutadas en forma inmediata y así mismo procederá su cancelación. PARAGRAFO SEGUNDO: Dadas las condiciones de la presenta adición y prorroga, EL CONTRATISTA con su suscripción, reconoce que la prorroga no demanda recursos que alteren el equilibrio económico del contrato y declaro que no realizará reclamaciones por este motivo. PARAGRAFO TERCERO: La ETAPA DE RECIBO FINAL y la ETAPA DE CORRECCION DE DEFECTOS continúan con el mismo plazo establecido en la clausula Sexta del contrato original. PARAGRAFO CUARTO: Tomando en consideración el plazo de la prórroga, el nuevo calendario del contrato queda de la siguiente manera: PLAZO FECHA INICIAL FECHA FINAL Cinco (5) meses 20 Marzo'15 19 Agosto '15 PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO Etapa de Construcción Inicial Otrosí No. 1 Veinte (20) días 20 Agosto'15 8 Septiembre Otro si No. 2 Cuarenta (40) 9 Septiembre 19 Octubre '15 � OTRO SI MODIFICATORIO No. 2 al CONTRATO DE OBRA PUBLICA No. TC-LPN-001 de 2014 SUSCRITO ENTRE TRANSCARIBE S.A. y la UNION TEMPORAL ESTACIÓN BAZURTO, Integrada CONSTRUCCIONES CIVILES S.A., Y SEÑAL IZACIONES Y CONSTRUCCIONES LTDA PRORROGA DEL PLAZO Y ADICION EN VALOR 1 TransCaribe Corrección de Defectos Recibo Final y Liquidación TOTAL CONTRATO días Quince (15) días '15 '15 20 Octubre '15 3 Noviembre 4 Noviembre 3 Diciembre'15 '15 20 Marzo '15 3 Diciembre '15
PRORROGA DEL PLAZO. Prorrogar el plazo de ejecución del contrato TC-LPN-001 DE 2020 por el término de Tres (03) meses, contados a partir del vencimiento del plazo del otrosí 3, de acuerdo a la recomendación dada por el Director del Departamento de Planeación e Infraestructura, quien ejerce la supervisión sobre el contrato, y que consta en el estudio de conveniencia y oportunidad por él suscrito, y el cual se anexa al presente documento. PARAGRAFO PRIMERO: Dadas las condiciones de la presenta adición y prorroga, EL CONTRATISTA con su suscripción, reconoce que la prorroga no demanda recursos que alteren el equilibrio económico del contrato y declara que no realizará reclamaciones por este motivo.
PRORROGA DEL PLAZO. Prorrogar el plazo de la etapa preoperativa hasta el dieciséis (16) de noviembre de 2015. Los tiempos de Implantación se realizarán de acuerdo con el Cronograma de PMI anexo al presente documento modificatorio y que hace parte integral del mismo, previa aprobación de TRANSCARIBE S,A. �· S.A. Y EL CONSORCIO COLCARD DE RECAUDO Y GESTIÓN DE FLOTAS DE ll�!'J��!Jj�
PRORROGA DEL PLAZO. Si las circunstancias de caso fortuito de cualquier naturaleza que se produzcan, resultan ser tales que con justicia dan derecho al contratista a una prórroga del plazo, el supervisor deberá determinar la extensión de dicha prórroga, siempre que el contratista le haya entregado oportunamente los datos completos y pormenorizados de toda demanda de prórroga del plazo que considere tener derecho, con el objeto que su demanda pueda ser resuelta. El contratista deberá demostrar la situación de fuerza mayor o caso fortuito, caso en el cual tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna ni a variación de las condiciones iníciales. Lo anterior no exonera al contratista de su obligación de constituir y mantener vigentes los seguros y garantías que correspondan según lo estipulado en el pliego de condiciones. Una vez cese las causales de fuerza mayor o caso fortuito el contratista deberá comunicar esta situación inmediatamente a La Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social de la Gobernación de Cundinamarca y continuar la ejecución del contrato.