ENTREGA MATERIAL Cláusulas de Ejemplo

ENTREGA MATERIAL. La entrega material de la(s) unidad(es) la efectuará directamente el FIDEICOMITENTE al BENEFICIARIO DE ÁREA, y está prevista para que se realice antes del , fecha que está condicionada al cumplimiento por parte del BENEFICIARIO DE ÁREA de la transferencia de los recursos a los que se obliga con la celebración de este contrato prorrogable automáticamente por meses (_) meses más, en caso de así requerirlo el Fideicomitente. Esta fecha está condicionada al cumplimiento por parte del BENEFICIARIO DE ÁREA de todas sus obligaciones, inclu- yendo: a) La transferencia de los recursos a los que se obliga con la celebración de este contrato. b) Tener aprobado el crédito para el pago de la suma de dinero a la que se refieren los parágrafos de la Cláusula Primera. Transcurrido este plazo, sin que se produzca la entrega efectiva de la(s) unidad(es), se entiende que hay incumplimiento del FIDEICOMITENTE. y, el BENEFICIARIO DE ÁREA podrá exigir la aplicación de la cláusula penal pactada. No obstante dejar previstas estas obligaciones en el presente documento a cargo del FIDEICOMITENTE, el cumplimiento de las mismas y su exigibilidad, es independiente del FIDEICOMISO mismo y de la FIDUCIARIA. PARÁGRAFO PRIMERO: Sin perjuicio de lo pactado en este contrato, en el evento xx xxxx en la transferencia de los recursos que se obliga a realizar el BENEFICIARIO DE ÁREA, el FIDEICOMITENTE podrá a su juicio, suspender la construcción de los trabajos en la(s) unidad(es) que le corresponden al BENEFICIARIO DE ÁREA, sin que esto implique incumplimiento por parte del FIDEICOMITENTE, de la FIDUCIARIA o del FIDEICOMISO. En este caso la fecha de entrega se prorroga por igual período al de la xxxx. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando la(s) unidad(es) estén terminadas y listas para su entrega material, el FIDEICOMI- TENTE lo hará saber por escrito al BENEFICIARIO DE ÁREA a la dirección registrada para notificaciones, quien deberá comparecer a recibirla(s) el día indicado en la carta de aviso. La entrega material se hará constar en acta suscrita por ambas partes, y en la misma se indicarán aquellos detalles de acabado que sean susceptibles de ser corregidos como garantía que otorga el FIDEICOMITENTE, sin que las observaciones que se hicieren al respecto, constituyan motivo para abstenerse de recibir la(s) unidad(es) o de pagar los dineros adeudados por el BENEFICIARIO DE ÁREA, por cualquier concepto. Queda entendido que en la fecha en que se suscriba el acta de entrega, el BENEFICIARIO DE ÁREA recibe l...
ENTREGA MATERIAL. La entrega material del inmueble se realizará _____ (Indicar fecha, plazo o condición) SEXTA:
ENTREGA MATERIAL. La entrega material de el (los) bien(es) objeto del Contrato la realizará el fabricante o proveedor de el(los) bien(es) que constituye(n) el objeto de este, en los términos señalados para la adquisición de el(los) mismo(s) por EL LOCATARIO. EL LOCATARIO comunicará a LA COMPAÑÍA que ha(n) recibido materialmente el(los) bien(es) objeto del contrato. En caso de presentarse alguna circunstancia que imposibilite a el fabricante y/o a el proveedor, para la entrega de el (los) bien (es) o se le presente alguna situación de fuerza mayor o caso fortuito, que igualmente impida la citada entrega de el(los) bien(es), LA COMPAÑÍA podrá requerir a EL LOCATARIO para que cancele todos los gastos derivados de la fabricación o adquisición de el (los) bien (es) objeto del presente contrato, en virtud del mandato bajo el que actúa LA COMPAÑÍA frente a EL LOCATARIO para la fabricación o adquisición de el (los) bien (es) objeto del contrato. Dado el evento anterior, LA COMPAÑÍA le transferirá a EL LOCATARIO toda la documentación que soporte las obligaciones a cargo del fabricante o del proveedor, para que como titular de las acciones y derechos que tiene LA COMPAÑÍA frente a estos (fabricante o proveedor) reclame directamente al fabricante o al proveedor o lleve a cabo ante las autoridades judiciales o administrativas, las acciones tendientes al cumplimiento del contrato o a la resolución del mismo, con el resarcimiento de daños y perjuicios. CLÁUSULA QUINTA:
ENTREGA MATERIAL. La entrega material del inmueble se realizará (AL MOMENTO DE CANCELAR EL VALOR TOTAL Y/O ANTERIORES DUEÑOS CANCELAN ARRENDAMIENTO SIN SUPERAR TRES MESES PAGO TOTAL INMUEBLE) SEXTA: OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA. Las partes acuerdan que la firma de la Escritura Pública de compraventa del inmueble objeto de este contrato, se llevará a cabo el día 12 del mes de OCTUBRE del año 2018 a las (hora) 09:00 en la Notaría ONCE del Círculo de MEDELLIN Los gastos que se generen por concepto SA NA FM 040 VERSION 1 - - - -USADA Pg. 2 de escrituración e impuestos serán asumidos por LAS DOS PARTES. SÉPTIMA:
ENTREGA MATERIAL. EL ARRENDATARIO declara que en la
ENTREGA MATERIAL. EL BANCO declara que ha recibido del Contrato No.: 0000000000000000000001918 celebrado entre el BANCO DAVIVIENDA S.A. y que se señalan en el Detalle de Condiciones, que en documentos separados se suscribe y forma parte integral del presente contrato. PARÁGRAFO: EL ARRENDADOR no podrá invocar al momento de la restitución del inmueble condiciones físicas, mejoras, o cualquier clase de concepto o sobre costo que no haya sido expresamente previsto por las partes en el Acta de Entrega de Local y/o espacio Comercial suscrita por las partes al inicio del presente contrato, sin perjuicio de las obras necesarias de adaptación que realice EL ARRENDATARIO para el desarrollo de sus actividades financieras, las cuales, no representarán ningún costo o indemnización a favor de EL ARRENDADOR de acuerdo a la potestad incorporada en la CLÁUSULA CUARTA.
ENTREGA MATERIAL. EL ARREN- DATARIO declara que en la actualidad se encuentra

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.