Evaluación Final de Cumplimiento. Transcurrido el plazo establecido en el Acuerdo para dar cumplimiento a las metas y acciones, se procederá a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos, a través de la auditoria correspondiente. Esta se realiza según los criterios y requisitos de la NCh2807.Of2009 y la debe realizar un auditor registrado cumpliendo los requerimientos establecidos en la NCh2825.Of2009. Las empresas deberán remitir los resultados de las auditorias finales a la Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco, dos meses después de alcanzado el plazo de duración del Acuerdo, es decir, veintiséis (26) meses, contado desde el término del periodo de adhesión del APL. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco elaborará el “Informe Consolidado Final” de todas las auditorias finales, el cual debe contener: • Cumplimiento promedio por acción y por meta de cada instalación, cada productor y del sector. • Contener observaciones específicas y objetivas relacionadas con el proceso de auditoría. • Información relativa a los costos y beneficios de la implementación del Acuerdo que entreguen las empresas. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco remitirá dicho informe al CPL, quien verificará si cumple con los requisitos mínimos establecidos en la NCh2807.Of2009, para luego remitirlos a los organismos públicos firmantes, para su validación. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco entregará este informe al CPL al mes veintidós (22), contado desde la fecha de finalización del período de adhesión del APL. Finalizada la auditoria final de cumplimiento del Acuerdo, se emite un informe que señala el porcentaje de cumplimiento final alcanzado por la instalación. En caso de obtener un 100% de cumplimiento la empresa puede acceder al otorgamiento del Certificado de cumplimiento de APL. Aquellas empresas que no hubieren obtenido el 100% en la evaluación final, pero que hayan alcanzado más de un 75%, podrán acceder a dicho certificado siempre y cuando corrijan los incumplimientos detectados, en el plazo propuesto por el auditor que hubiere realizado la evaluación y que cuente con la validación del CPL. Previo a la entrega del Certificado respectivo, el CPL solicitará un informe a los organismos públicos firmantes, respecto del cumplimiento satisfactorio de aquellas metas y acciones que se encuentren en el ámbito de su competencia. El ente fiscalizador puede realizar inspecciones o visitas para validar el informe, y tendrá un plazo de 90 días para entregar su evaluación. El certificado es otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL). El certificado dará cuenta en forma individual que la instalación cumplió con el 100% de las metas y acciones comprometidas en el presente Acuerdo. Para el cálculo de los porcentajes referidos en la presente cláusula, se considerarán únicamente aquellas acciones comprometidas por las empresas beneficiarias en el presente acuerdo. Las empresas que hayan obtenido el Certificado de Cumplimiento del Acuerdo de Producción Limpia otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia, podrán optar al uso del Sello APL (“Estrella Azul”), que corresponde a una marca mixta registrada a nombre del Consejo Nacional de Producción Limpia, Registro N° 865723 del 09/11/2009. Para hacer uso del sello, las empresas deberán suscribir un contrato de licenciamiento de marca con el Consejo Nacional de Producción Limpia, redactado por este último, que contendrá los derechos y obligaciones a que estarán sujetos los usuarios del sello, las condiciones de su uso, y su duración.
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Samples: www.odepa.gob.cl
Evaluación Final de Cumplimiento. Transcurrido el plazo establecido en el Acuerdo para dar cumplimiento a las metas y acciones, se procederá a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos, a través de la auditoria correspondiente. Esta se realiza según los criterios y requisitos de la NCh2807.Of2009 y la debe realizar un auditor registrado cumpliendo los requerimientos establecidos en la NCh2825.Of2009. Las empresas Los establecimientos portuarios deberán remitir los resultados de las auditorias finales a la Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco, Asexma Biobío AG dos meses después de alcanzado el plazo de duración del Acuerdo, es decir, veintiséis meses (26) meses, contado desde el término del periodo de adhesión del APL). La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Asexma elaborará el un “Informe Consolidado Final” de todas las auditorias finales, el cual debe contener: • ▪ Cumplimiento promedio por acción y por meta de cada instalación, cada productor empresa y del sector. • ▪ Contener observaciones específicas y objetivas relacionadas con el proceso de auditoríaauditoria. • ▪ Información relativa a los costos y beneficios de la implementación del Acuerdo que entreguen las empresas. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Asexma Biobío AG remitirá dicho informe al CPL, quien verificará si cumple con los requisitos mínimos establecidos en la NCh2807.Of2009, para luego remitirlos a los organismos públicos firmantes, para su validación. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Asociación gremial entregará este informe al CPL al mes veintidós veintisiete (2227), contado desde la fecha de finalización del período de adhesión firma del APL. Finalizada la auditoria final de cumplimiento del Acuerdo, se emite un informe que señala el porcentaje de cumplimiento final alcanzado por la instalación. En caso de obtener un 100% de cumplimiento la empresa puede acceder al otorgamiento del Certificado de un certificado de cumplimiento de del APL. Aquellas empresas instalaciones que no hubieren obtenido el 100% en la evaluación final, pero que hayan alcanzado más de un 75%, podrán acceder a dicho certificado siempre y cuando corrijan los incumplimientos detectados, en el plazo propuesto por el auditor que hubiere realizado la evaluación y que cuente con la validación del CPL. Previo a la entrega del Certificado respectivo, el CPL solicitará un informe a los organismos públicos firmantes, respecto del cumplimiento satisfactorio de aquellas metas y acciones que se encuentren en el ámbito de su competencia. El ente fiscalizador puede realizar inspecciones o visitas para validar el informe, y tendrá un plazo de 90 días para entregar su evaluación. El certificado es otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL). El certificado dará cuenta en forma individual que la instalación cumplió con el 100% de las metas y acciones comprometidas en el presente Acuerdo. Para el cálculo de los porcentajes referidos en la presente cláusula, se considerarán únicamente aquellas acciones comprometidas por las empresas beneficiarias en el presente acuerdo. Las empresas que hayan obtenido el Certificado de Cumplimiento del Acuerdo de Producción Limpia otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia, podrán optar al uso del Sello APL (“Estrella Azul”), que corresponde a una marca mixta registrada a nombre del Consejo Nacional de Producción Limpia, Registro N° 865723 del 09/11/2009. Para hacer uso del sello, las empresas deberán suscribir un contrato de licenciamiento de marca con el Consejo Nacional de Producción Limpia, redactado por este último, que contendrá los derechos y obligaciones a que estarán sujetos los usuarios del sello, las condiciones de su uso, y su duración.
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Evaluación Final de Cumplimiento. Transcurrido el plazo establecido en el Acuerdo para dar cumplimiento a las metas y acciones, se procederá a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos, a través de la auditoria auditoría correspondiente. Esta se realiza realizará según los criterios y requisitos de la NCh2807.Of2009 y la debe realizar un auditor registrado cumpliendo los requerimientos establecidos en la NCh2825.Of2009. Las empresas deberán remitir los resultados de las auditorias auditorías finales a la Cooperativa Agrícola Berries del Lago RancoTurismo Xxxxxxxx Crusoe A.G., dos meses después de alcanzado el plazo de duración del Acuerdo, es decir, veintiséis (26) mesesen el mes 20, contado desde el término del periodo de adhesión del APL. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Turismo Xxxxxxxx Crusoe A.G. elaborará el un “Informe Consolidado Finalconsolidado final” de todas las auditorias auditorías finales, el cual debe contener: • Cumplimiento promedio por acción y por meta de cada instalación, cada productor empresa y del sector. • Contener observaciones Observaciones específicas y objetivas relacionadas con el proceso de auditoría. • Información relativa a los costos y beneficios de la implementación del Acuerdo que entreguen las empresas. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco remitirá • Información relativa a los indicadores de sustentabilidad definidos para el sector. Turismo Xxxxxxxx Xxxxxx A.G.remitirá dicho informe al CPLa la ASCC, quien verificará si cumple con los requisitos mínimos establecidos en la NCh2807.Of2009, para luego remitirlos a los organismos públicos firmantescorrespondientes, para su validación. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco entregará Turismo Xxxxxxxx Crusoe A.G.entregará este informe al CPL a la ASCC al mes veintidós (22)21, contado desde la fecha de finalización del período de adhesión del APL. Finalizada la auditoria auditoría final de cumplimiento del Acuerdo, se emite un informe que señala el porcentaje de cumplimiento final alcanzado por la instalación. En caso de obtener un 100% de cumplimiento la empresa puede acceder al otorgamiento del Certificado de cumplimiento de Cumplimiento del APL. Aquellas empresas instalaciones que no hubieren obtenido el 100% en la evaluación final, pero que hayan alcanzado más de un 75%, podrán acceder a dicho certificado siempre y cuando corrijan los incumplimientos detectados, en el plazo propuesto por el auditor que hubiere realizado la evaluación y que cuente con la validación del CPLde la ASCC. Previo a la entrega del Certificado respectivo, el CPL respectivo la ASCC solicitará un informe a los organismos públicos firmantes, respecto del cumplimiento satisfactorio de aquellas metas y acciones que se encuentren en el ámbito de su competencia. El ente fiscalizador puede realizar inspecciones o visitas para validar el informe, y tendrá un plazo de 90 días para entregar su evaluación. El certificado es otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL)la ASCC. El certificado dará cuenta en forma individual que la instalación cumplió con el 100% de las metas y acciones comprometidas en el presente Acuerdo. Para el cálculo de los porcentajes referidos en la presente cláusula, se considerarán únicamente aquellas acciones comprometidas por las empresas beneficiarias en el presente acuerdo. Las empresas que hayan obtenido el Certificado de Cumplimiento del Acuerdo de Producción Limpia otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpiala ASCC, podrán optar al uso del Sello APL (sello “Estrella Azul”), que corresponde a una marca mixta registrada a nombre del Consejo Nacional de Producción Limpia, Registro N° 865723 del 09/11/2009. Para hacer uso del sello, las empresas deberán suscribir un contrato de licenciamiento de marca con el Consejo Nacional de Producción Limpiala ASCC, redactado por este últimoesta última, que contendrá los derechos y obligaciones a que estarán sujetos los usuarios del sello, las condiciones de su uso, y su duración.
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Evaluación Final de Cumplimiento. Transcurrido el plazo establecido en el Acuerdo para dar cumplimiento a las metas y acciones, se procederá a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos, a través de la auditoria correspondiente. Esta se realiza según los criterios y requisitos de la NCh2807.Of2009 y la debe realizar un auditor registrado cumpliendo los requerimientos establecidos en la NCh2825.Of2009. Las empresas Los pequeños productores silvícolas deberán remitir los resultados de las auditorias finales a la Cooperativa Agrícola Berries del Lago RancoLa Federación La Conquista Campesina Ñuble, dos meses después de alcanzado el plazo de duración del Acuerdo, es decir, veintiséis veinte meses (26) meses20), contado desde el término del periodo de adhesión del APL. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Federación elaborará el un “Informe Consolidado Final” de todas las auditorias finales, el cual debe contener: • ▪ Cumplimiento promedio por acción y por meta de cada instalación, cada productor empresa y del sector. • ▪ Contener observaciones específicas y objetivas relacionadas con el proceso de auditoría. • ▪ Información relativa a los costos y beneficios de la implementación del Acuerdo que entreguen las empresas. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Federación La Conquista Campesina Ñuble remitirá dicho informe al CPL, quien verificará si cumple con los requisitos mínimos establecidos en la NCh2807.Of2009, para luego remitirlos a los organismos públicos firmantes, para su validación. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Asociación gremial entregará este informe al CPL al mes veintidós (22), contado desde la fecha de finalización del período de adhesión del APL. Finalizada la auditoria final de cumplimiento del Acuerdo, se emite un informe que señala el porcentaje de cumplimiento final alcanzado por la instalación. En caso de obtener un 100% de cumplimiento la empresa los pequeños productores silvícolas puede acceder al otorgamiento del Certificado de un certificado de cumplimiento de del APL. Aquellas empresas instalaciones que no hubieren obtenido el 100% en la evaluación final, pero que hayan alcanzado más de un 75%, podrán acceder a dicho certificado siempre y cuando corrijan los incumplimientos detectados, en el plazo propuesto por el auditor que hubiere realizado la evaluación y que cuente con la validación del CPL. Previo a la entrega del Certificado respectivo, el CPL solicitará un informe a los organismos públicos firmantes, respecto del cumplimiento satisfactorio de aquellas metas y acciones que se encuentren en el ámbito de su competencia. El ente fiscalizador puede realizar inspecciones o visitas para validar el informe, y tendrá un plazo de 90 días para entregar su evaluación. El certificado es otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL). El certificado dará cuenta en forma individual que la instalación el pequeño productor silvícola cumplió con el 100% de las metas y acciones comprometidas en el presente Acuerdo. Para el cálculo de los porcentajes referidos en la presente cláusula, se considerarán únicamente aquellas acciones comprometidas por las empresas beneficiarias en el presente acuerdo. Las empresas que hayan obtenido el Certificado de Cumplimiento del Acuerdo de Producción Limpia otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia, podrán optar al uso del Sello APL (“Estrella Azul”), que corresponde a una marca mixta registrada a nombre del Consejo Nacional de Producción Limpia, Registro N° 865723 del 09/11/2009. Para hacer uso del sello, las empresas deberán suscribir un contrato de licenciamiento de marca con el Consejo Nacional de Producción Limpia, redactado por este último, que contendrá los derechos y obligaciones a que estarán sujetos los usuarios del sello, las condiciones de su uso, y su duración.
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Samples: www.ascc.cl
Evaluación Final de Cumplimiento. Transcurrido el plazo establecido en el Acuerdo para dar cumplimiento a las metas y accionesacciones (cláusula decimotercera del presente Acuerdo), se procederá procede a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos, a través de la auditoria correspondiente. Esta se realiza según los criterios y requisitos de la NCh2807.Of2009 y la debe NCh2807.Of2009, debiéndola realizar un auditor registrado cumpliendo registrado, según los requerimientos establecidos en la NCh2825.Of2009. Las empresas deberán remitir los resultados de las auditorias finales a la Cooperativa Agrícola Berries del Lago RancoFEDEFRUTA, dos meses después de alcanzado el plazo de duración del Acuerdo, es decir, veintiséis en el mes veintiseis (26) meses), contado desde el término del periodo de adhesión del APL. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco FEDEFRUTA, elaborará el un “Informe Consolidado Finalconsolidado final” de todas las auditorias finales, el cual debe contener: • Cumplimiento promedio por acción y por meta de cada instalación, cada productor empresa y del sector. • Contener observaciones específicas y objetivas relacionadas con el proceso de auditoría. • Información relativa a los costos y beneficios de la implementación del Acuerdo que entreguen las empresas. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco • Información relativa a los indicadores de sustentabilidad definidos para el sector. FEDEFRUTA, remitirá dicho informe al CPL, quien verificará si cumple con los requisitos mínimos establecidos en la NCh2807.Of2009, para NCh2807.Of2009 y que luego remitirlos remitirá a los organismos públicos firmantescorrespondientes, para su validación. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco FEDEFRUTA entregará este informe al CPL al mes veintidós veintisiete (2227), contado desde la fecha de finalización del período de adhesión del APL. Finalizada la auditoria final de cumplimiento del Acuerdo, se emite un informe que señala el porcentaje de cumplimiento final alcanzado por la instalación. En caso de obtener un 100% de cumplimiento la empresa puede acceder al otorgamiento del Certificado de cumplimiento de Cumplimiento del APL. Aquellas empresas instalaciones que no hubieren obtenido el 100% en la evaluación final, pero que hayan alcanzado más de un 75%, podrán acceder a dicho certificado siempre y cuando corrijan los incumplimientos detectados, en el plazo propuesto por el auditor que hubiere realizado la evaluación y que cuente con la validación del CPL. Previo a la entrega del Certificado respectivo, respectivo el CPL solicitará un informe a los organismos públicos firmantes, Servicios Fiscalizadores correspondientes respecto del cumplimiento satisfactorio de aquellas metas y acciones que se encuentren en el ámbito de su competencia. El ente fiscalizador puede realizar inspecciones o visitas para validar el informe, y tendrá un plazo de 90 días para entregar su evaluación. El certificado es otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL). El certificado dará cuenta en forma individual que la instalación cumplió con el 100% de las metas y acciones comprometidas en el presente Acuerdo. Para el cálculo de los porcentajes referidos en la presente cláusula, se considerarán únicamente aquellas acciones comprometidas por las empresas beneficiarias en el presente acuerdo. Las empresas que hayan obtenido el Certificado de Cumplimiento del Acuerdo de Producción Limpia otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia, podrán optar al uso del Sello APL (sello “Estrella Azul”), que corresponde a una marca mixta registrada a nombre del Consejo Nacional de Producción Limpia, Registro N° 865723 del 09/11/2009. Para hacer uso del sello, las empresas deberán suscribir un contrato de licenciamiento de marca con el Consejo Nacional de Producción Limpia, redactado por este último, que contendrá los derechos y obligaciones a que estarán sujetos los usuarios del sello, las condiciones de su uso, y su duración.
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Samples: www.odepa.gob.cl
Evaluación Final de Cumplimiento. Transcurrido el plazo establecido en el Acuerdo para dar cumplimiento a las metas y acciones, se procederá a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos, a través de la auditoria correspondiente. Esta se realiza según los criterios y requisitos de la NCh2807.Of2009 y la debe realizar un auditor registrado cumpliendo los requerimientos establecidos en la NCh2825.Of2009. Las empresas deberán ASIPLA deberá remitir los resultados de las auditorias auditorías finales a la Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco, dos meses después de alcanzado el plazo de duración del Acuerdo, es decir, veintiséis (26) meses, contado desde el término del periodo de adhesión del APL. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco ASIPLA elaborará el un “Informe Consolidado Finalconsolidado final” de todas las auditorias finalesauditoría, el cual debe contener: • ● Cumplimiento promedio por acción y por meta de cada instalación, cada productor y del sectormeta. • ● Contener observaciones específicas y objetivas relacionadas con el proceso de auditoría. • ● Información relativa a los costos y beneficios de la implementación del Acuerdo que entreguen las empresas. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco ASIPLA remitirá dicho informe al CPLa la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático, quien que verificará si cumple con los requisitos mínimos establecidos en las metas y acciones. Dicho informe será entregado a la NCh2807.Of2009, Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático para luego remitirlos a los organismos públicos firmantescorrespondientes, para su validación. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco entregará este informe al CPL al mes veintidós (22), contado desde Esta evaluación se realizará según los criterios y requisitos de la fecha de finalización del período de adhesión del APLNCh 2807.Of 2009 y la que debe realizar un auditor registrado cumpliendo los requerimientos establecidos en la NCh 2825.Of 2009. Finalizada la auditoria final de cumplimiento del Acuerdo, se emite un informe que señala el porcentaje de cumplimiento final alcanzado por la instalación. En caso de obtener un 100% de cumplimiento la empresa puede acceder al otorgamiento del Certificado de cumplimiento de APL. Aquellas empresas que no hubieren obtenido el 100% en la evaluación final, pero que hayan alcanzado más de un 75%, podrán acceder a dicho certificado siempre y cuando corrijan los incumplimientos detectados, en el plazo propuesto por el auditor que hubiere realizado la evaluación y que cuente con la validación del CPL. Previo a la entrega del Certificado respectivo, el CPL Agencia solicitará un informe a los organismos públicos firmantes, respecto del cumplimiento satisfactorio de aquellas metas y acciones que se encuentren en el ámbito de su competencia. El ente fiscalizador puede realizar inspecciones o visitas para validar el informe, y tendrá un plazo máximo de 90 días para entregar su evaluación. El certificado es otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL). El certificado la Agencia y dará cuenta en forma individual que la instalación cumplió las empresas cumplieron con el 100% de las metas y acciones comprometidas en el presente Acuerdo. Para el cálculo de los porcentajes referidos en la presente cláusula, se considerarán únicamente aquellas acciones comprometidas por las empresas beneficiarias en el instalaciones adheridas al presente acuerdoAcuerdo. Las empresas que hayan obtenido el Certificado de Cumplimiento del Acuerdo de Producción Limpia otorgado por el Consejo Nacional la Agencia de Producción LimpiaSustentabilidad y Cambio Climático, podrán optar al hacer uso del Sello APL (sello “Estrella Azul”), que corresponde a una marca mixta registrada a nombre del Consejo Nacional la Agencia de Producción LimpiaSustentabilidad y Cambio Climático, Registro N° 865723 del 09/11/2009. Para hacer uso del sello09/11/2009 y marca mixta CLEAN PRODUCTION AGREEMENT – CHILE –, Nº de Registro: 895.547 en las empresas deberán suscribir un contrato de licenciamiento de marca con el Consejo Nacional de Producción Limpia, redactado por este último, que contendrá los derechos y obligaciones a que estarán sujetos los usuarios del sello, las condiciones de su uso, y su duración.siguientes condiciones:
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Samples: www.asipla.cl
Evaluación Final de Cumplimiento. Transcurrido el plazo establecido en el Acuerdo para dar cumplimiento a las metas y acciones, se procederá a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos, a través de la auditoria correspondiente. Esta se realiza según los criterios y requisitos de la NCh2807.Of2009 y la debe realizar un auditor registrado cumpliendo los requerimientos establecidos en la NCh2825.Of2009. Las empresas deberán remitir los resultados de las auditorias finales a la Cooperativa Agrícola Berries del Lago RancoCorporación de Certificación de Leña, dos meses después de alcanzado el plazo de duración del Acuerdo, es decir, veintiséis catorce meses (26) meses14), contado desde el término del periodo de adhesión del APL. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Corporación elaborará el un “Informe Consolidado Finalconsolidado final” de todas las auditorias finales, el cual debe contener: • ▪ Cumplimiento promedio por acción y por meta de cada instalación, cada productor empresa y del sector. • ▪ Contener observaciones específicas y objetivas relacionadas con el proceso de auditoríaauditoria. • ▪ Información relativa a los costos y beneficios de la implementación del Acuerdo que entreguen las empresas. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Corporación de certificación de Xxxx remitirá dicho informe al CPL, quien verificará si cumple con los requisitos mínimos establecidos en la NCh2807.Of2009, para luego remitirlos a los organismos públicos firmantes, para su validación. La Cooperativa Agrícola Berries del Lago Ranco Asociación entregará este informe al CPL al mes veintidós dieciséis (2216), contado desde la fecha de finalización del período de adhesión del APL. Finalizada la auditoria final de cumplimiento del Acuerdo, se emite un informe que señala el porcentaje de cumplimiento final alcanzado por la instalación. En caso de obtener un 100% de cumplimiento la empresa puede acceder al otorgamiento del Certificado de un certificado de cumplimiento de del APL. Aquellas empresas instalaciones que no hubieren obtenido el 100% en la evaluación final, pero que hayan alcanzado más de un 75%, podrán acceder a dicho certificado siempre y cuando corrijan los incumplimientos detectados, en el plazo propuesto por el auditor que hubiere realizado la evaluación y que cuente con la validación del CPL. Previo a la entrega del Certificado respectivo, el CPL solicitará un informe a los organismos públicos firmantes, respecto del cumplimiento satisfactorio de aquellas metas y acciones que se encuentren en el ámbito de su competencia. El ente fiscalizador puede realizar inspecciones o visitas para validar el informe, y tendrá un plazo de 90 días para entregar su evaluación. El certificado es otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL). El certificado dará cuenta en forma individual que la instalación cumplió con el 100% de las metas y acciones comprometidas en el presente Acuerdo. Para el cálculo de los porcentajes referidos en la presente cláusula, se considerarán únicamente aquellas acciones comprometidas por las empresas beneficiarias en el presente acuerdo. Las empresas que hayan obtenido el Certificado de Cumplimiento del Acuerdo de Producción Limpia otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia, podrán optar al uso del Sello APL (sello “Estrella Azul”), que corresponde a una marca mixta registrada a nombre del Consejo Nacional de Producción Limpia, Registro N° 865723 del 09/11/2009. Para hacer uso del sello, las empresas deberán suscribir un contrato de licenciamiento de marca con el Consejo Nacional de Producción Limpia, redactado por este último, que contendrá los derechos y obligaciones a que estarán sujetos los usuarios del sello, las condiciones de su uso, y su duración.
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Samples: www.agenciasustentabilidad.cl