Excedencias voluntarias. Las Empresas concederán a su personal de plantilla que, como mínimo, cuente con una antigüedad de un año de servicio en la Empresa el paso a la situación de excedencia voluntaria, por un período de tiempo no inferior a cuatro meses ni superior a cinco años. El paso a la expresada situación podrá pedirse sin especificación de motivos por el solicitante y será obligatoria su concesión por parte de la Empresa, salvo que vaya a utilizarse para trabajar en otra actividad idéntica o similar a la de la Empresa de origen. Será potestativa su concesión si no hubieran transcurrido cuatro años, al menos, desde el disfrute por el trabajador de excedencia anterior. El tiempo de excedencia voluntaria no será computado a efectos de antigüedad. El trabajador podrá renunciar, a pesar de que se haya solicitado y concedido por un plazo superior a cuatro meses, al resto de la excedencia. La petición del reingreso deberá hacerse con un mes de antelación a su deseo de reincorporase al trabajo activo. El trabajador excedente voluntario que solicite su incorporación tendrá derecho preferente al ingreso en la vacante de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjera en la empresa. La petición del reingreso deberá hacerse dentro del período de excedencia. En caso de que algún trabajador en situación de excedencia no solicitara el reingreso en las condiciones citadas, se entenderá que causa baja voluntaria.
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Samples: Convenio Colectivo Para La Industria Fotográfica (2017 2018 2019), Convenio Colectivo
Excedencias voluntarias. Las Empresas concederán a su personal de plantilla que, como mínimo, cuente con una antigüedad de un año de servicio en la Empresa el paso a la situación de excedencia voluntaria, por un período de tiempo no inferior a cuatro meses un año ni superior a cinco años. El paso a la expresada situación podrá pedirse sin especificación de motivos por el solicitante y será obligatoria su concesión por parte de la Empresa, salvo que vaya a utilizarse para trabajar en otra actividad idéntica o similar a la de la Empresa de origen. Será potestativa su concesión si no hubieran transcurrido cuatro años, al menos, desde el disfrute por el trabajador de excedencia anterior. El tiempo Durante el disfrute de excedencia voluntaria no será computado a efectos de antigüedad. El trabajador podrá renunciarla excedencia, a pesar de que se haya solicitado y concedido por un plazo superior a cuatro mesesun año, transcurrido esté podrá el trabajador renunciar al resto de la excedencia. La petición del reingreso deberá hacerse , con la obligación de avisar con un mes de antelación a su deseo de reincorporase reincorporarse al trabajo activo; cumplidos estos requisitos por el trabajador, la Empresa le reincorporará al puesto de trabajo que desempeñaba al solicitar la excedencia. El trabajador excedente voluntario que solicite su incorporación tendrá derecho preferente al ingreso en la vacante tiempo de igual o similar categoría excedencia voluntaria no será computado a la suya que hubiera o se produjera en la empresaefectos de antigüedad. La petición del reingreso deberá hacerse dentro del período de excedencia. En caso de que algún trabajador en situación de excedencia no solicitara el reingreso en las condiciones citadas, se entenderá que causa baja voluntaria.
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Samples: Convenio Colectivo
Excedencias voluntarias. Las Empresas concederán a su El personal fijo de plantilla que, como mínimo, cuente con una antigüedad un tiempo mínimo de un año continuado al servicio de servicio en la Empresa el paso empresa tendrá derecho a que se le reconozca la situación de excedencia voluntaria, por un período de tiempo no inferior a cuatro meses ni superior a cinco años. El paso a la expresada situación podrá pedirse sin especificación de motivos por el solicitante y será obligatoria su concesión por parte de la Empresa, salvo que vaya a utilizarse para trabajar en otra actividad idéntica o similar a la de la Empresa de origen. Será potestativa su concesión si no hubieran transcurrido cuatro años, al menos, desde el disfrute por el trabajador de excedencia anterior. El tiempo de excedencia voluntaria no será computado a efectos de antigüedad. El trabajador podrá renunciar, a pesar de que se haya solicitado y concedido por un plazo superior a cuatro meses, al resto seis meses e inferior a cinco años. No se computará el tiempo que dure esta situación a efec- tos de la excedenciaaumentos por años de servicio. La petición de excedencia xxxxxx despacharse favorable- mente cuando se fundamente en terminación o ampliación de estudios, exigencias familiares de carácter ineludible u otras causas análogas que xxxx debidamente acreditadas por el/la trabajador/a. Si el/la trabajador/a no solicita el reingreso treinta xxxx antes del reingreso deberá hacerse con un mes de antelación término señalado por la excedencia perderá el dere- cho a su deseo de reincorporase al trabajo activo. El trabajador excedente voluntario que solicite su incorporación tendrá derecho preferente al ingreso en la vacante de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjera puesto en la empresa. La petición del El/la trabajador/a que solicite su reingreso deberá hacerse dentro del período límite fijado tendrá derecho a ocupar la primera vacante que se produzca dentro de excedenciasu categoría y su profesión. En caso Si xx xxxxxxx producida fuera de categoría inferior a la suya podrá optar entre ocuparla con el salario a xxxx asignado o esperar que algún trabajador en situación se produzca una vacante de excedencia no solicitara el reingreso en las condiciones citadas, se entenderá que causa baja voluntariasu categoría.
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Samples: Collective Agreement
Excedencias voluntarias. Las Empresas concederán a su personal de plantilla que, como mínimo, cuente con una antigüedad de un año de servicio en la Empresa el paso a la situación de excedencia voluntaria, por un período periodo de tiempo no inferior a cuatro meses ni superior a cinco años. El paso a la expresada situación podrá pedirse sin especificación de motivos por el solicitante y será obligatoria su concesión por parte de la Empresa, salvo que vaya a utilizarse para trabajar en otra actividad idéntica o similar a la de la Empresa de origen. Será potestativa su concesión si no hubieran transcurrido cuatro años, al menos, desde el disfrute por el trabajador de excedencia anterior. El tiempo de excedencia voluntaria no será computado a efectos de antigüedad. El trabajador podrá renunciar, a pesar de que se haya solicitado y concedido por un plazo superior a cuatro meses, al resto de la excedencia. La petición del reingreso deberá hacerse con un mes de antelación a su deseo de reincorporase al trabajo activo. El trabajador excedente voluntario que solicite su incorporación tendrá derecho preferente al ingreso en la vacante de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjera en la empresa. La petición del reingreso deberá hacerse dentro del período periodo de excedencia. En caso de que algún trabajador en situación de excedencia no solicitara el reingreso en las condiciones citadas, se entenderá que causa baja voluntaria.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal Para La Industria Fotográfica