FACULTADES DEL COMITÉ. a) Dispensar en caso que así lo considere, defectos, errores y omisiones en las propuestas, cuya importancia en sí no sea relevante, siempre y cuando se presuma que el PARTICIPANTE no obró de mala fe, y que no altere de manera sustancial la propuesta o el proceso, asimismo que no contravenga a lo dispuesto en la LEY y su REGLAMENTO.
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FACULTADES DEL COMITÉ. a) Dispensar en caso que así lo considere, defectos, errores y u omisiones en de las propuestas, cuya importancia en sí no sea relevante, siempre y cuando se presuma que el PARTICIPANTE participante no obró de mala fe, fe y que no altere de manera sustancial la propuesta o el proceso, asimismo así mismo que no contravenga a lo dispuesto en por la LEY Ley y su REGLAMENTOlos Lineamientos.
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FACULTADES DEL COMITÉ. a) Dispensar en caso que así lo considere, defectos, errores y omisiones en las propuestas, cuya importancia en sí no sea relevante, siempre y cuando se presuma que el PARTICIPANTE no obró de mala fe, y que no altere de manera sustancial la propuesta o el proceso, asimismo que no contravenga a lo dispuesto en la LEY y su REGLAMENTO.su
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