Firmas Asociadas Cláusulas de Ejemplo

Firmas Asociadas. 2.1 La información señalada en las Cláusulas 1.1 – 1.7 anteriores deberá ser proporcionada por cada socio de las firmas asociadas. 2.2 Adjunte poder para el/los firmante(s) de la Oferta que autoriza la firma de la Oferta en nombre de las firmas asociadas. 2.3 Adjunte el Convenio entre todos los socios de las firmas asociadas (y que es legalmente obligatorio para todos los socios), que demuestra que: (a) Todos los socios serán responsables solidarios para la ejecución del Contrato en conformidad con los términos del Contrato; (b) Uno de los socios será nombrado como responsable, autorizado para asumir obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los socios de las firmas asociadas; y (c) La ejecución de todo el Contrato, incluyendo el pago, deberá hacerse exclusivamente al socio responsable.
Firmas Asociadas. La información señalada en los renglones anteriores deberá ser proporcionada por cada socio de las firmas asociadas, a excepción de la información requerida respecto del Programa propuesto, la cual deberá ser proporcionada por la “Asociación en Participación”. Adjunte poder para el/los firmante(s) de la Oferta mediante el cual se autoriza a que firme/n la Oferta en nombre de la “Asociación de Participación”. Adjunte el Acuerdo entre todos los socios del “Asociación de Participación” (y que es legalmente obligatorio para todos los socios), que demuestra que: (a) Todos los socios serán responsables conjuntos y solidariamente para la ejecución del Contrato en conformidad con los términos del Contrato; (b) Uno de los socios será nombrado como responsable a cargo, autorizado para asumir obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los socios de la “Asociación de Participación”; y (c) La ejecución de todo el Contrato, incluyendo el pago, deberá hacerse exclusivamente al socio responsable a cargo.
Firmas Asociadas. 5.5.1. Nombre o razón social de la empresa con la que se presenta asociada. 5.5.2. Forma de asociación: Análisis detallado. 5.5.3. Aportes o tareas que tendrá a su cargo la titular de esta presentación. 5.5.4. Aportes y tareas que tendrá a su cargo su asociada.

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  • Obligaciones laborales y sociales En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista. El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente, en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el importe que se facturará por la realización del objeto contractual. La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento, así como de los procedimientos de seguridad de SOGAMA. En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A. Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre convenientemente cubierta. Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA, S.A.

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  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones de las cláusulas.