FORMA DE PAGO El monto total del contrato se cancelará de la siguiente manera: Un primer pago por el valor correspondiente al veinticinco por ciento (25%) del valor del contrato de consultoría, previa presentación de la respectiva cuenta de cobro y del primer informe ejecutivo determinado al efecto en el Anexo No. 4 – Requerimientos Técnicos del Contrato de Consultoría, el cual deberá contar con la revisión del Supervisor designado para la aprobación por parte del ordenador del gasto. Un segundo pago por el valor correspondiente al veinticinco por ciento (25%) del valor del contrato de consultoría, previa presentación de la respectiva cuenta de cobro y del tercer informe ejecutivo determinado al efecto en el Anexo No. 4 – Requerimientos Técnicos del Contrato de Consultoría, el cual deberá contar con la revisión del Supervisor designado para la aprobación por parte del ordenador del gasto. Un tercer y último pago, por el valor correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato de consultoría, previa presentación de la respectiva cuenta de cobro y del entregable definitivo determinado al efecto en el Anexo No. 4 – Requerimientos Técnicos del Contrato de Consultoría, que consistirá en un informe final, físico y digital y/o magnético de los diferentes tomos necesarios y exigidos para determinar los “ESTUDIOS, DISEÑOS Y GESTIÓN PREDIAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LOS PUENTES PEATONALES XXXXXX XXXXXX”, “EL DORADO” y “DUCALES” - FASE III O INGENIERÍA DE DETALLE, incluyendo una etapa de socialización de los mencionados estudios y diseños a la Agencia y/o quien ella delegue, adicionalmente y de así requerirse, a las autoridades del municipio xx Xxxxxx y a la comunidad que se beneficiara de la elaboración del mencionado producto, previa revisión y aprobación por parte de la Agencia.. Como quiera que el cálculo del presupuesto atiende todos los gastos requeridos para el cumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del contratista interventor, el monto del contrato se estableció a precio global fijo. Con relación al pago de la gestión predial, es preciso aclarar que esta se hará conforme a las actividades de elaboración de insumos prediales y de enajenación voluntaria que EL CONSULTOR haya desarrollado al momento de presentar la respectiva cuenta y el valor corresponderá a lo establecido en la respectiva tabla de reconocimiento de actividades ejecutadas para enajenación voluntaria según el Anexo No. 4 – Requerimientos Técnicos del Contrato de Consultoría.