Formación en materia de prevención. Formación de los trabajadores. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que todo trabajador reciba una formación teórica y práctica suficiente y adecuada en materia preventiva. Se definen como suficientes y adecuados en el ámbito de este convenio los siguientes programas: Nivel específico por oficios: 1. Técnicas preventivas de oficio y función.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Formación en materia de prevención. Formación de los trabajadoreslas personas trabajadoras. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que todo trabajador toda persona trabajadora reciba una formación teórica y práctica suficiente y adecuada en materia preventiva. Se definen como suficientes y adecuados en el ámbito de este convenio los siguientes programas: Nivel específico por oficios:
1. Técnicas preventivas de oficio y función.
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Formación en materia de prevención. Formación de los trabajadores. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que todo trabajador reciba una formación teórica y práctica suficiente y adecuada en materia preventiva. Se definen como suficientes y adecuados en el ámbito de este convenio los siguientes programas: Nivel específico por oficios:
1. Técnicas preventivas de oficio y función.
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Samples: Convenio Estatal De Fabricantes De Yesos, Escayolas, Cales Y Sus Prefabricados