Formación y perfeccionamiento. Considerando que la formación es un instrumento fundamental para la profesionalización del personal y la mejora de los servicios, los trabajadores podrán asistir, con el fin de actualizar o perfeccionar sus conocimientos profesionales, a cursos de formación profesional y promoción, de conformidad con lo que se establezca en el Acuerdo entre la Junta de Extremadura y las Organizaciones Sindicales sobre formación y perfeccionamiento de los empleados públicos que esté vigente. La Administración procurará el acceso de los trabajadores con régimen a turnos a las acciones formativas que convoque la Consejería de Presidencia a través de la Escuela de Administración Pública. A tal efecto, los centros de trabajo realizarán, en la medida de lo posible, las oportunas adecuaciones para facilitar la participación de los trabajadores en las acciones formativas. En todo caso, la autorización para la asistencia a las acciones formativas que coincidan con la jornada laboral del trabajador estará supeditada a las necesidades del servicio.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Formación y perfeccionamiento. Considerando que la formación es un instrumento fundamental para la profesionalización del personal y la mejora de los servicios, los trabajadores podrán asistir, con el fin de actualizar o perfeccionar sus conocimientos profesionales, a cursos de formación profesional y promoción, de conformidad con lo que se establezca en el Acuerdo entre la Junta de Extremadura y las Organizaciones Sindicales sobre formación y perfeccionamiento de los empleados públicos que esté vigente. La Administración procurará el acceso de los trabajadores con régimen a turnos a las acciones formativas que convoque la Consejería de Presidencia a través de la Escuela de Administración Pública. A tal efecto, los centros de trabajo realizarán, en la medida de lo posible, las oportunas adecuaciones para facilitar la participación de los trabajadores en las acciones formativas. En todo caso, la autorización para la asistencia laasistencia a las acciones formativas que coincidan con la jornada laboral del trabajador estará supeditada a las necesidades del servicio.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Formación y perfeccionamiento. Considerando que 1) La Empresa a través del Departamento de Relaciones Laborales, promoverá la formación es un instrumento fundamental para la profesionalización del personal realización de cursos y la mejora de los servicios, los trabajadores podrán asistir, con el fin de actualizar o perfeccionar sus conocimientos profesionales, a cursos acciones diversas de formación profesional y promocióndirigidas a todos/as los/as trabajadores/as de la EMVS, de conformidad con para lo que se establezca en destinará el Acuerdo 1% de la masa salarial del año anterior. El Plan determinará la naturaleza de la actividad formativa distinguiendo entre la Junta de Extremadura y las Organizaciones Sindicales sobre formación y perfeccionamiento de los empleados públicos que esté vigente. La Administración procurará el acceso de los trabajadores con régimen a turnos a las aquellas acciones formativas que convoque la Consejería de Presidencia a través de la Escuela de Administración Pública. A tal efecto, los centros cuyo contenido sea imprescindible para el correcto desempeño del puesto de trabajo realizarán, en la medida de lo posible, las oportunas adecuaciones para facilitar la participación de los trabajadores en las acciones formativas. En todo caso, la autorización para la asistencia a las acciones formativas que coincidan con la jornada laboral del trabajador estará supeditada a o cuando las necesidades del servicioservicio así lo determinen, y aquellas dirigidas a la promoción interna.
a) Formación para el desempeño del puesto de trabajo, perfeccionamiento y/o readaptación. Es aquella que proporciona una mejora o actualización en los conocimientos o habilidades necesarios para el eficaz desempeño del puesto de trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo