FUNCIONES EN LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL Cláusulas de Ejemplo

FUNCIONES EN LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL. ⮚ Cada una de las secretarias Elabora del Plan de Compras y de contratación o Plan Anual de Adquisiciones para ser consolidado por la oficina de contratación en los formatos de Colombia Compra y proceder a su publicación en el término establecido en la ley. ⮚ La Dependencia que requiere la contratación elabora los estudios previos de acuerdo con lo dispuesto en la ley y sus decretos reglamentarios, estimación y cobertura de riesgos, definición de los requisitos habilitantes y definición de los criterios de evaluación de propuestas y estudios del sector y estudios o anexos técnicos. ⮚ La oficina de contratación se encarga de la elaboración del proyecto xx xxxxxx de condiciones, pliego de condiciones definitivo, aviso de convocatoria, recepción de observaciones o solicitudes de aclaraciones al pliego definitivo, así como la realización y consolidación de observaciones y liderar las respuestas de las observaciones por el comité evaluador en los terminos previstos en el cronograma de cada proceso, para ser publicados en el SECOP.

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  • OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES 12.1.1.- Las condiciones especiales de ejecución indicadas en la cláusula 11 de cláusulas específicas del contrato. 12.1.2.- Adscribir a la ejecución del contrato los medios indicados, en su caso, en el cuadro de la declaración responsable que figura en el ANEXO II-2 “Compromiso de adscripción de medios”, así como aquellos medios humanos y/o materiales cuya posesión y/o disponibilidad, en su caso, se haya/n acreditado en el procedimiento de adjudicación a efectos de cumplir los requisitos de solvencia técnica o profesional. 12.1.3.- La obligación de realizar la propia contratista determinadas partes de la prestación o trabajos concretos de conformidad con las cláusulas 14.1 y 18.3 de cláusulas específicas del contrato. 12.1.4.- Las condiciones para proceder a la subcontratación indicadas en la cláusula 14.1 de cláusulas específicas del contrato, la acreditación de la aptitud de la persona subcontratista de conformidad con la cláusula 34.1 de condiciones generales y la acreditación de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de urgencia a las que se refiere la letra c) del art. 215.2 LCSP. 12.1.5.- Otras: No El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales constituye

  • CONDICIONES CONTRACTUALES Los contratos a celebrar con para las INSTITUCIONES iniciarán sus respectivas vigencias a partir del día 01 xx xxxxxx de 2022 concluyendo ambos al 30 de septiembre de 2024. Los plazos para la entrega de los servicios se encuentran detallados en el Anexo 1 de la presente convocatoria y será realizada en los siguientes domicilios: BANCOMEXT: Xxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México. NAFIN: Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, C.P. 01020, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México. Los entregables por el servicio prestado objeto de la presente invitación, deberán entregarse a la persona que designen NAFIN y BANCOMEXT en las instalaciones de cada una de ellas. El licitante ganador deberá entregar los dispositivos móviles con las especificaciones, características solicitadas por las INSTITUCIONES, con remisión correspondiente. Es necesario que el personal del licitante ganador que realice las entregas tenga capacidad de respuesta (Sustitución y/o cambio de dispositivos móviles en mal estado o que no cumplan las especificaciones y calidad requerida), para solucionar cualquier anomalía o cualquier eventualidad que pudiera presentarse con los dispositivos móviles. Una vez recibido el servicio, las áreas requirentes dispondrán de un plazo de 5 (cinco) días naturales para la revisión y en su caso aceptación de las facturas (CFDI) y en caso de que aplique, su complemento en XLM contra las remisiones correspondientes, al término de este plazo el área requirente deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas para que éste realice las adecuaciones correspondientes y continúe el proceso de generar el CFDI (comprobante fiscal digital por internet) correcto basado en la remisión autorizada, para dar seguimiento al proceso de pago. Seguros (No aplica para este proceso) - Cada una de LAS INSTITUCIONES aplicarán por concepto de deducción por la prestación del servicio en forma parcial o deficiente (niveles de servicio) al licitante las siguientes: Telefonía Celular Tiempo Aire 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea) * (N° líneas con indisponibilidad) * (% correspondiente a cada NS) Servicio de Datos Tiempo Aire Servicio de Datos 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * N° líneas con indisponibilidad) * (%correspondiente a cada NS) Falla o Descompostura De Teléfono Diagnóstico 5 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. 10% Por cada día adicional sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con indisponibilidad) * (No. De días sin Servicio) * 10% Reparación Sustitución 10 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. 10% Por cada día adicional sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con descompostura) * (No. De días sin Servicio) * 10% La(s) deducciones a que se hace referencia este numeral, no podrá(n) rebasar individual o acumulativamente el equivalente al 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo total del contrato que cada una de LAS INSTITUCIONES celebren y, en el evento de que el prestador de servicios alcance dicho máximo LAS INSTITUCIONES podrán optar por cancelar total o parcialmente el servicio aplicando la pena por incumplimiento correspondiente, lo anterior en términos del artículo 100 del Reglamento de la LAASSP, o bien optar por rescindir el contrato en términos de la LAASSP.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA (arts. 133.2, 196, 201, 202 y 211.1 LCSP) 23.1.- La contratista está obligada a cumplir fielmente lo establecido en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere la persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación. 23.2.- La contratista habrá de cumplir las obligaciones medioambientales, sociales y laborales establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado. 23.3.- Será obligación de la contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. 23.4.- La contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 133.2 de la LCSP. 23.5.- La contratista está obligada a suministrar al órgano de contratación, previo requerimiento y en un plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 4 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la información pública. La información deberá suministrarse por escrito acompañada de una declaración responsable por parte de la adjudicataria en la que se declare, bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos aportados. La presentación podrá realizarse igualmente mediante transmisión por medios electrónicos o telemáticos, siempre que tales medios estén respaldados por procedimientos que garanticen la autenticidad, confidencialidad de los documentos y el reconocimiento de su firma, de acuerdo con la normativa vigente al respecto. 23.6.- La contratista habrá de pagar a los subcontratistas o suministradores que intervienen en la ejecución del contrato, en las condiciones establecidas en el artículo 216 LCSP. 23.7.- Asimismo, tiene las siguientes obligaciones, que tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales: 23.7.1- Cumplir todas las condiciones ofertadas en su proposición.

  • Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales Si los suministros sufriesen un retraso en su ejecución y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista, si éste ofreciera cumplir sus compromisos se concederá por el órgano de contratación un plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 100 del RGLCAP. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, si éstos se hubiesen previsto, para lo que se estará al apartado 16 de la cláusula 1, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 192 de la LCSP. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato. Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por las penalidades que se determinan en el apartado 19 de la cláusula 1. En caso de cumplimiento defectuoso de la ejecución del contrato, o, en su caso, incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes o de las condiciones especiales de ejecución del contrato en materia medioambiental, de innovación, social o laboral, la Administración podrá imponer al contratista las penalidades indicadas en el apartado 19 de la cláusula 1, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 192.1 de la LCSP. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista. La infracción de las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 215.3 de la LCSP podrá dar lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato o la resolución del contrato, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el segundo párrafo de la letra f) del apartado 1 del artículo 211 de la LCSP. Asimismo, el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 217 de la LCSP, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se especifican en el apartado 19 de la cláusula 1.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN Y DOMICILIO CONTRACTUAL Las actividades previstas en el presente Contrato se desarrollarán en [lugar o lugares de ejecución de la obra] y el domicilio contractual es [nombre de la ciudad o municipio que funcionará como domicilio contractual].

  • Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los Diarios oficiales como en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 19 del Anexo I al presente pliego. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 16 del Anexo I al presente pliego. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

  • OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA 1. Cumplir con el objeto del contrato y atender de forma oportuna los requerimientos que en desarrollo del mismo le efectúe la ANM, de conformidad con lo previsto en el Anexo ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS, el documento de estudios previos, la oferta y demás documentos que forman parte integral del contrato. 2. Entregar bajo su responsabilidad, los equipos de Cómputo y sus elementos, objeto del presente contrato, junto con los insumos necesarios para su instalación y puesta en funcionamiento, en los tiempos, lugares y demás condiciones establecidas en el Anexo ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS, el pliego de condiciones, la oferta y demás documentos que forman parte integral del contrato. 3. Garantizar la calidad de los bienes que se adquieran objeto de este proceso por un mínimo de tres (3) años a partir del recibo a satisfacción emitido por el Supervisor del contrato directamente del fabricante, incluyendo mano de obra y repuestos sin costo adicional para la Entidad. Durante el plazo de garantía, el fabricante prestará el soporte técnico de hardware y software. 4. Realizar un (1) mantenimiento preventivo por cada año de garantía. Los mantenimientos constarán mínimo de: Actualización de Software de los equipos suministrados, limpieza interna y externa de los dispositivos que lo permitan y cambio de las piezas que estén presentando problemas, lo cual es un servicio post-venta. 5. Garantizar el reemplazo de partes o reemplazo total por fallas de funcionamiento, suministro e instalación de los respectivos repuestos y mano de obra en sitio. 7 x 24 x 6 (7 días a Ia semana, 24 horas, 6 horas de atención) por el mismo tiempo de Ia garantía y soporte en Sitio. 6. Entregar a la Entidad, una carta de garantía de fábrica que ampare la originalidad, la calidad y el buen funcionamiento de todos los equipos de cómputo y sus componentes, por mínimo tres (3) año contado a partir del recibo a satisfacción por parte de la Entidad.

  • MODIFICACIONES CONTRACTUALES El presente contrato podrá 1. Solicitarse por escrito, justificada y soportada por EL CONTRATISTA. También, deberá acompañarse de la reprogramación del cronograma del contrato, si hay lugar a ello, o si es requerido por la Interventoría. 2. Revisarse y avalarse por escrito por el INTERVENTOR. 3. Una vez revisada la solicitud por el supervisor, este presentará su recomendación al Comité Técnico.

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.