PLAN DE COMPRAS Cláusulas de Ejemplo

PLAN DE COMPRAS. ACTIVOS FIJOS 200.000.000
PLAN DE COMPRAS. Listado de bienes y servicios que la entidad pública planea adquirir a lo largo de una vigencia fiscal el cual es enviado a la Contraloría respectiva. Obedece al principio de planeación. OFERTA: Número de unidades de un determinado bien o servicio que los vendedores están dispuestos a vender a determinados precios.
PLAN DE COMPRAS. El Plan Anual de Compras, es un instrumento informativo a cargo de la dirección de planeación que contempla la lista de los bienes, obras y servicios que la Institución proyecta adquirir durante la respectiva vigencia, y deberá ser consultado y aplicado obligatoriamente a cualquier proceso contractual por los responsables. PARÁGRAFO 1. Hacen parte del Plan Anual de compras, los bienes, obras y servicios que cada unidad académica o administrativa proyecta ejecutar durante la vigencia respectiva y que obedecen a programas y proyectos del plan de acción institucional debidamente registrado en el Banco de Proyectos. PARÁGRAFO 2 Todas las unidades académicas y administrativas, al momento de realizar el proyecto de presupuesto, deberán indicar en un acápite las compras que planea realizar en la siguiente vigencia fiscal, el cual se incorporará al Plan Anual de Compras. Así mismo, en otro acápite se deberán programar las inversiones y ejecuciones que correspondan a gastos adicionales para cumplir con las iniciativas del plan de acción institucional, de acuerdo con los planes y programas registrados en él.
PLAN DE COMPRAS. Todas las actividades contractuales que adelanten Empresas Públicas de Armenia ESP. deberán cumplir con las disposiciones referentes a los planes de compra.
PLAN DE COMPRAS. La Secretaria o dependencia solicitante verificará que el proyecto se encuentre ajustado al Plan de Compras y así lo manifestará dentro del documento de estudios previos. Para todos los fines, el Plan Anual de Compras hace referencia a la adquisición de bienes muebles (compra de equipo, vehículos y equipo de transporte, equipo de comunicaciones, equipo de sistemas, equipo de aseo y cafetería, equipo y máquinas de oficina, mobiliario, enseres, audiovisuales entre otros), y materiales y suministros (dotaciones, aceites y combustibles, papelería y útiles de escritorio, elementos de aseo y cafetería, repuestos y herramientas, entre otros) destinados a apoyar el desarrollo de las funciones de la Alcaldía Municipal de Alpujarra. Para la elaboración del Plan de Compras será necesaria la intervención activa de las diferentes Secretarias de la planta de la administración Municipal en coordinación con las dependencias que requieran los bienes y servicios si es el caso. Este Plan durante la vigencia fiscal de su ejecución, podrá ser objeto de modificaciones por parte de la Administración Municipal, teniendo en cuenta para ello los recursos presupuestales y las prioridades de compra definidas por la Alcaldía municipal de Alpujarra. Estará a cargo la Secretaria General y de Gobierno impartir las orientaciones necesarias a las demás secretarías y dependencias del Municipio para la correcta elaboración y aplicación del plan de compras de bienes y servicios. Las compras que se realicen se sujetarán a lo estipulado al plan de compras, para lo cual la oficina de Tesorería, deberá solicitar a las diferentes dependencias el listado de los consumos para determinar las necesidades reales durante la respectiva vigencia fiscal. De acuerdo con lo anterior, previo el inicio de los procesos de contratación (por convocatoria pública) o de la celebración de contratos de mínima cuantía o de contratación directa, deberá solicitarse a la Secretaria de Hacienda o Tesorería, la certificación sobre la inclusión de los bienes y o servicios que se requieran contratar en el plan de compras de la Alcaldía, certificación que obrará, como un soporte más en el expediente del contrato. La contratación de los mencionados bienes y servicios se sujetará a dicha programación y a sus modificaciones y será adelantada a través de la Secretaría de Hacienda o Tesoreria y en coordinación con cada una de las secretarías que requiera el bien o servicio, quienes deberán remitir a esta dependencia todos los docu...
PLAN DE COMPRAS. El Gerente aprobará el Plan de Compras, donde se reflejarán las necesidades de contratación presentadas por las diferentes áreas de la EPC, el cual se incluirá en el Presupuesto Anual.
PLAN DE COMPRAS. Es el documento que contiene las obras, bienes y servicios que ejecutará la Procuraduría para cumplir con sus finalidades. Su elaboración es una obligación legal, previa planeación de las necesidades de la entidad, la cual está a cargo de la División Administrativa de la Procuraduría y debe ser aprobado por la Secretaría General. El plan de compras debe registrarse en el SICE antes del 31 de enero de cada año fiscal. Para adelantar cualquier contratación debe obtenerse el certificado que indique que el bien, obra o servicio se encuentra registrado allí.
PLAN DE COMPRAS. Se deja constancia que esta contratación, se encuentra prevista en el Plan de Compras del Ministerio para la presente anualidad.
PLAN DE COMPRAS. De acuerdo con la Ley 598 de 2000 y el Decreto 3512 de 2003, La EMRU E.I.C.E., contará con un plan de compras, en el cual deberá constar la planeación de las necesidades de obras, adquisiciones de bienes y/o servicios, acorde con el presupuesto asignado para la vigencia fiscal correspondiente.
PLAN DE COMPRAS. Listado de bienes y servicios que la entidad pública planea adquirir a lo largo de una vigencia fiscal el cual es enviado a la Contraloría respectiva. Obedece al principio de planeación. (Véase DISPOSICIONES FINALES). PLIEGO DE CONDICIONES. Documento en el cual una entidad pública plasma todas las reglas que regirán un proceso de contratación (con excepción de una contratación directa, en la que no se requieren), para que en igualdad de oportunidades los interesados presenten sus propuestas, a fin de seleccionar entre ellas la más favorable. . Antes de publicarse el PLIEGO DE CONDICIONES la entidad estatal publica el PROYECTO de aquel pliego, el cual no obliga a la entidad.