OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. 12.1.1.- Las condiciones especiales de ejecución indicadas en la cláusula 11 de cláusulas específicas del contrato.
12.1.2.- Adscribir a la ejecución del contrato los medios indicados, en su caso, en el cuadro de la declaración responsable que figura en el ANEXO II-2 “Compromiso de adscripción de medios”, así como aquellos medios humanos y/o materiales cuya posesión y/o disponibilidad, en su caso, se haya/n acreditado en el procedimiento de adjudicación a efectos de cumplir los requisitos de solvencia técnica o profesional.
12.1.3.- La obligación de realizar la propia contratista determinadas partes de la prestación o trabajos concretos de conformidad con las cláusulas 14.1 y 18.3 de cláusulas específicas del contrato.
12.1.4.- Las condiciones para proceder a la subcontratación indicadas en la cláusula 14.1 de cláusulas específicas del contrato, la acreditación de la aptitud de la persona subcontratista de conformidad con la cláusula 34.1 de condiciones generales y la acreditación de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de urgencia a las que se refiere la letra c) del art. 215.2 LCSP.
12.1.5.- Otras: No El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales constituye
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. Serán obligaciones del adjudicatario las siguientes: - La ejecución del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en el presente Xxxxxx y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como a las instrucciones que diere al contratista el responsable del contrato. - La adscripción al contrato de los medios humanos comprometidos en su oferta. - El compromiso de utilizar únicamente el programa de gestión contable que utiliza DIPC. Dicho programa es un sistema de gestión ERP, y deberá conocerse el funcionamiento del mismo, o en su defecto, adquirir el compromiso de aprender su manejo en el plazo de veinte días desde la formalización del contrato. - La elaboración en tiempo y forma de los cuestionarios trimestrales correspondientes del Gobierno Xxxxx, así como el cuestionario de cierre anual. - Revisión de toda la contabilidad del año en curso, así como la gestión de los impuestos pendientes. - La colaboración y apoyo a la empresa auditora de DIPC. - La obediencia de las instrucciones dadas por el responsable del contrato y por el personal técnico de DIPC y la ejecución de las tareas objeto del contrato de manera coordinada con aquél, debiéndole mantener informado de manera continua. - La satisfacción de cualesquiera gastos que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. - La constitución de la garantía definitiva, con arreglo a la Cláusula 11ª del presente Xxxxxx. - El cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y de Seguridad Social en relación con el personal que emplee en la prestación del suministro contratado. - El cumplimiento del deber de confidencialidad, con arreglo a la Cláusula 21ª del presente Xxxxxx. - La suscripción y mantenimiento durante toda la vigencia de contrato, de la póliza de seguro indicada en la Cláusula 22ª del presente Pliego. - El cumplimiento de los servicios en el supuesto de huelga. Si no se garantizasen tales servicios, DIPC estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los servicios, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos. Durante el período de huelga, se abonará únicamente el precio correspondiente a los servicios efectivamente prestados. Las obligaciones previstas en la presente Cláusula tendrán el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las misma...
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. Serán obligaciones contractuales esenciales las establecidas en la Cláusula 21 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. Las establecidas como tales en los pliegos
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. Xxxxxx Xxxxx 0X - 00000 Xxxxxxxxx (Xxxxxxx) IFK/CIF. X0000000X
1. Editar, imprimir y distribuir una revista/periódico mensual en color de un mínimo de 8 páginas en A3 o 16 en A4 que se deberá buzonear una vez al mes en el municipio de Etxebarri.
2. Se deberán realizar 11 números anuales que se buzonearán todos los meses a excepción del mes xx xxxxxx, siendo la tirada mínima de 4.600 ejemplares. La información se deberá entregar en los buzones interiores y el resto se depositará en distintos espacios municipales. En todo caso, el ejemplar será gratuito para las personas destinatarias.
3. La distribución se realizará a domicilio y se deberán depositar los ejemplares dentro de los buzones. Con carácter mensual se deberá presentar informe que recoja las incidencias al respecto de cara a valorar la eficacia del servicio: relación xx xxxxxxxx en los que se ha entregado, ausencias, dificultades de entrega...
4. Al menos 4 páginas en A3 u 8 en A4 estarán reservadas para información suministrada por el Ayuntamiento de Etxebarri de cara a informar sobre asuntos de interés general y a la agenda cultural y deportiva mensual. Esta última deberá ir en las páginas centrales de la revista/periódico. Será potestad del Ayuntamiento la elección del idioma para cada una de las informaciones a publicar en estas páginas.
5. Se deberá presentar propuesta de nombre de la revista/periódico y el logotipo que se ubicará siempre en la portada.
6. Se deberá asignar una persona interlocutora para recabar la información anterior. Esa persona se coordinará con los interlocutores que designe el Ayuntamiento de Etxebarri de cara a facilitar la información municipal. Deberá facilitar una dirección de correo electrónico y contacto telefónico para trasmitir las incidencias del servicio.
7. En los meses xx xxxxx y diciembre, deberá contener un suplemento de, al menos, 4 páginas en A3 u 8 en A4 adicionales para informar sobre las actividades xx xxxxxx y Navidad respectivamente. Asimismo, es preciso poner especial atención y coordinar el buzoneo del periódico/revista para informar sobre el programa de las fiestas de San Xxxxxxx (Junio) y Etxebarri (Julio). xxx.xxxxxxxxx.xxx
8. El calendario y la fecha de entrega mensual se coordinará con responsables del Ayuntamiento de Etxebarri.
9. El resto de la publicación será gestionada por el adjudicatario. La información complementaria podrá contener publicidad siempre y cuando cumpla con la legislación vigente. 944267000 944491458 xxxxxxxxx@xx...
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. Las establecidas como tales en la normativa y en los pliegos. - La adscripción de medios personales y materiales necesarios para la ejecución del contrato. El adjudicatario con carácter previo a la firma del Acta de Inicio del Contrato deberá acreditar la efectiva disposición de lo medios personales y materiales exigidos para la ejecución del contrato conforme a lo dispuesto en el pliego de Prescripciones Técnicas.
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. (Cláusula 10 del PCAP)
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. Las establecidas como tales en la normativa y en los pliegos. - La adscripción de medios personales y materiales necesarios para la ejecución del contrato.
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. 1)Obligaciones contractuales generales . -Las condiciones especiales de ejecución indicadas en el PCAP y en el PPT, en su caso. - La adscripción de medios personales y materiales necesarios para la ejecución del contrato y en especial los indicados en su proposición. - Las condiciones para proceder a la subcontratación según lo dispuesto en el art. 215.3 LCSP 2)Obligaciones en materia social o laboral: Cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación y en todo caso, a cumplir las condiciones salariales de las personas trabajadoras conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación.
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES. Adscripción de medios personales y /o materiales necesarios. Cumplimiento de características de la prestación que se hayan tenido en cuenta para la valoración de la oferta.