Common use of FUNCIONES Y SERVICIOS Clause in Contracts

FUNCIONES Y SERVICIOS. La Tarjeta es un medio de pago, de dispo- sición de dinero en efectivo, así como un identificador de acceso, vía telefónica y/o electrónica, a información y transaccio- nes sobre las cuentas de su titular y a la contratación y pago de bienes y servicios. La Tarjeta es personal e intransferible y tiene asociado, para su uso en cajeros y terminales de autoservicio, un número secreto. Sin embargo, pueden estable- cerse otras claves complementarias para otros usos o dispositivos. La Tarjeta permite a su titular la realiza- ción de todas o algunas de las siguientes operaciones: a) Obtención de dinero en efectivo en las oficinas y cajeros automáticos de Triodos Bank, o de otras entidades financieras, nacionales o extranjeras con las que existan acuerdos al efec- to, sin responsabilidad del Banco por un posible rechazo. b) Pago de bienes y servicios en los establecimientos, nacionales o extranjeros, en los que la Tarjeta sea aceptada. c) Consulta de saldos, cambios de modalidad de pago, de número se- creto y demás operaciones relativas a la Tarjeta; extractos de cuentas, transferencias, traspasos y demás operaciones financieras; contratación y pago de bienes y servicios: entradas, títulos de transporte, impuestos, recarga de teléfonos móviles, etc.; todo ello a través de cajeros o a través de Banca Telefónica o Banca Internet de Triodos Bank y con las limitaciones inherentes al tipo de acceso y la ne- cesidad de claves complementarias para determinadas operaciones. Las posibilidades anteriores son citadas a título enumerativo y no limitativo. En el futuro, pueden incorporarse otros servicios y utilidades o modificarse los existentes, de lo que se informará me- diante comunicaciones o a través de los dispositivos automáticos. Constituirán justificantes de las ope- raciones y de su importe el que registre en la propia Tarjeta, el que figure en los registros informáticos del Banco y los comprobantes emitidos por cualquier dispositivo habilitado para operar con Xxxxxxxx, tanto si han sido efectuadas por el propio titular o por titulares de Tarjeta autorizados, así como por terceras per- sonas, con o sin autorización de aquel. La acreditación de la utilización de la Tarjeta mediante facturas, recibos de datáfonos o terminales electrónicos de registro y/o autorización de operaciones o la lectura de su banda magnética, que hagan presumir su presentación directa o identificación electrónica, aún cuando no se requiera del Titular o Titulares auto- rizados la exhibición de su documento personal de identidad, firma o Número de Identificación Personal, implica la realidad de la transacción efectuada y la conformidad de este a la anotación de la operación en la Cuenta Corriente Triodos asociada. Tiene las mismas consecuen- cias la identificación de su número en las ventas a distancia, ya que se presume la efectiva utilización de la Tarjeta por el mero registro de la transacción en los archivos informáticos del Banco. Las operaciones realizadas por Banca Telefónica o Banca Internet, contrasta- das por los medios de autentificación, se reputarán en todo caso válidas y se entenderá que han sido cursadas por el Titular, por lo que tendrán plenos efectos jurídicos. Como medio de prueba de estas operaciones, el Titular autoriza al Banco a mantener un registro informáti- co de todas las conversaciones telefóni- cas y/o a conservar el soporte magnético correspondiente. El Titular podrá solicitar transcripción escrita de dichas con- versaciones o soportes, otorgándoles consideración de prueba suficiente ante cualquier controversia que pueda surgir entre las partes.

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FUNCIONES Y SERVICIOS. La Tarjeta es un medio instrumento de pago de pago, de dispo- sición disposición de dinero en efectivo, así como un identificador de acceso, vía telefónica y/o electrónica, a información y transaccio- nes transacciones sobre las cuentas de su titular y a la contratación y pago de bienes y servicios. La Tarjeta es personal e intransferible y tiene asociado, para su uso en cajeros automáticos y terminales de autoservicio, un número secreto. Sin embargo, pueden estable- cerse establecerse otras claves complementarias complementa- rias para otros usos o dispositivos. La Tarjeta permite a su titular la realiza- ción de todas o algunas de las siguientes operaciones: a) Obtención de dinero en efectivo en las oficinas y cajeros automáticos de Triodos Bank, o de otras entidades entida- des financieras, nacionales o extranjeras extran- jeras con las que existan acuerdos al efec- toefecto, sin responsabilidad del Banco por un posible rechazo. b) Pago de bienes y servicios en los establecimientos, nacionales o extranjeros, en los que la Tarjeta sea aceptada. c) Consulta de saldos, cambios de modalidad de pago, de número se- creto y demás operaciones relativas a la Tarjeta; extractos de cuentas, transferencias, traspasos y demás operaciones financieras; contratación y pago de bienes y servicios: entradas, títulos de transporte, impuestos, recarga de teléfonos móviles, etc.; todo ello a través de cajeros o a través de Banca Telefónica o Banca Internet de Triodos Bank y con las limitaciones inherentes al tipo de acceso y la ne- cesidad de claves complementarias para determinadas operaciones. Las posibilidades anteriores son citadas a título enumerativo y no limitativo. En el futuro, pueden incorporarse otros servicios y utilidades o modificarse los existentes, de lo que se informará me- diante comunicaciones o a través de los dispositivos automáticos. Constituirán justificantes de las ope- raciones y de su importe el que registre en la propia Tarjeta, el que figure en los registros informáticos del Banco y los comprobantes emitidos por cualquier dispositivo habilitado para operar con Xxxxxxxx, tanto si han sido efectuadas por el propio titular o por titulares de Tarjeta autorizados, así como por terceras per- sonas, con o sin autorización de aquel. La acreditación de la utilización de la Tarjeta mediante facturas, recibos de datáfonos o terminales electrónicos de registro y/o autorización de operaciones o la lectura de su banda magnética, que hagan presumir su presentación directa o identificación electrónica, aún cuando no se requiera del Titular o Titulares auto- rizados la exhibición de su documento personal de identidad, firma o Número de Identificación Personal, y en su caso, la contraseña de un sólo uso (OTP), implica la realidad de la transacción efectuada y la conformidad de este a la anotación de la operación en la Cuenta Corriente Triodos asociada. Tiene las mismas consecuen- cias consecuencias la identificación de su número nú- mero en las ventas a distancia, ya que se presume la efectiva utilización de la Tarjeta Tar- jeta por el mero registro de la transacción en los archivos informáticos del Banco. Las operaciones realizadas por Banca Telefónica o Banca Internet, contrasta- das por los medios de autentificación, se reputarán en todo caso válidas y se entenderá que han sido cursadas por el Titular, por lo que tendrán plenos efectos jurídicos. Como medio de prueba de estas operaciones, el Titular autoriza al Banco a mantener un registro informáti- co de todas las conversaciones telefóni- cas y/o a conservar el soporte magnético correspondiente. El Titular podrá solicitar transcripción escrita de dichas con- versaciones o soportes, otorgándoles consideración de prueba suficiente ante cualquier controversia que pueda surgir entre las partes.

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FUNCIONES Y SERVICIOS. La Tarjeta es un medio instrumento de pago de pago, de dispo- sición disposición de dinero en efectivo, así como un identificador de acceso, vía telefónica y/o electrónicaelectró- nica, a información y transaccio- nes transacciones sobre las cuentas de su titular y a la contratación y pago de bienes y servicios. La Tarjeta es personal e intransferible intransferi- ble y tiene asociado, para su uso en cajeros automáticos y terminales de autoservicio, un número secreto. Sin embargo, pueden estable- cerse establecerse otras claves complementarias para otros usos o dispositivos. La Tarjeta permite a su titular la realiza- ción realización de todas o algunas de las siguientes operaciones: a) Obtención de dinero en efectivo en las oficinas y cajeros automáticos de Triodos Bank, o de otras entidades financieras, nacionales o extranjeras con las que existan acuerdos al efec- toefecto, sin responsabilidad responsa- bilidad del Banco por un posible rechazo. b) Pago de bienes y servicios en los establecimientos, nacionales o extranjeros, en los que la Tarjeta sea aceptada. c) Consulta de saldos, cambios de modalidad de pago, de número se- creto secreto y demás operaciones relativas a la Tarjeta; extractos de cuentas, transferencias, traspasos y demás operaciones financieras; contratación y pago de bienes y servicios: entradas, títulos de transporte, impuestos, recarga de teléfonos móviles, etc.; todo ello a través de cajeros o a través de Banca Telefónica o Banca Internet de Triodos Bank y con las limitaciones inherentes al tipo de acceso y la ne- cesidad necesidad de claves complementarias para determinadas operaciones. Las posibilidades anteriores son citadas a título enumerativo y no limitativo. En el futuro, pueden incorporarse incor- porarse otros servicios y utilidades o modificarse los existentes, de lo que se informará me- diante comunicaciones mediante comunica- ciones o a través de los dispositivos automáticos. Constituirán justificantes de las ope- raciones operaciones y de su importe el que registre en la propia Tarjeta, el que figure en los registros informáticos del Banco y los comprobantes emitidos por cualquier dispositivo habilitado para operar con Xxxxxxxx, tanto si han sido efectuadas por el propio titular o por titulares de Tarjeta Tarje- ta autorizados, así como por terceras per- sonaspersonas, con o sin autorización de aquel. La acreditación de la utilización de la Tarjeta mediante facturas, recibos de datáfonos o terminales electrónicos electró- nicos de registro y/o autorización de operaciones o la lectura de su banda magnética, que hagan presumir su presentación directa o identificación identifica- ción electrónica, aún cuando no se requiera del Titular o Titulares auto- rizados la exhibición de su documento documen- to personal de identidad, firma o Número de Identificación Personal, y en su caso, la contraseña de un sólo uso (OTP), implica la realidad de la transacción efectuada y la conformidad con- formidad de este a la anotación de la operación en la Cuenta Corriente Triodos asociada. Tiene las mismas consecuen- cias consecuencias la identificación de su número en las ventas a distancia, ya que se presume la efectiva utilización utiliza- ción de la Tarjeta por el mero registro de la transacción en los archivos informáticos del Banco. Las operaciones realizadas por Banca Telefónica o Banca Internet, contrasta- das contrastadas por los medios de autentificación, se reputarán en todo caso válidas y se entenderá que han sido cursadas por el Titular, por lo que tendrán plenos efectos jurídicos. Como medio de prueba de estas operaciones, el Titular autoriza al Banco a mantener un registro informáti- co infor- mático de todas las conversaciones telefóni- cas telefónicas y/o a conservar el soporte sopor- te magnético correspondiente. El Titular podrá solicitar transcripción escrita de dichas con- versaciones conversaciones o soportes, otorgándoles consideración considera- ción de prueba suficiente ante cualquier cual- quier controversia que pueda surgir entre las partes.

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