GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 48, fracción II y 49, fracción II de la Ley, para garantizar el cumplimiento del Contrato que se adjudique al licitante que resulte ganador, éste deberá constituir una fianza, en pesos mexicanos a favor de Diconsa, S.A. de C.V., la cual deberá ser entregada a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del Contrato, por un importe del 10% del monto total del Contrato sin impuesto al Valor Agregado, ante una institución legalmente autorizada para tal efecto, misma que deberá tener vigencia hasta el término máximo de un mes posterior a la entrega del servicio, Dicha fianza deberá contener lo establecido en el Artículo 103 del Reglamento , y con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La redacción de la garantía de la fianza del 10% deberá expresar los siguientes textos: Nombre o denominación del proveedor por quien se otorga la fianza a favor de Xxxxxxx, S.A. de C.V. La indicación del importe total garantizado con número y letra en moneda nacional. Información relativa al Contrato: Número, fecha de firma y especificaciones de las obligaciones garantizadas. La vigencia, que deberá ser igual a la señalada en el Contrato, con la previsión del respectivo endoso para el caso de suscribir un convenio modificatorio en términos del Art. 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico. a) “que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato respectivo”. b) “que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito signado por el Gerente de la Sucursal de DICONSA”. c) “que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”. d) “que en caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida”. e) “en caso de otorgamiento de prorrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia del Contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la Fianza”. Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 279, 280, 281, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Diconsa confirmará la autenticidad de la Fianza directamente con la afianzadora emisora y con la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. Diconsa determina que, en caso de que el proveedor no entregue la fianza en el tiempo establecido, se procederá a la rescisión del Contrato.
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GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto Con fundamento en los Artículos artículos 48, fracción II II, 49, fracción I de la “LAASSP”; 85 fracción III y 49103 del “RLAASSP”, 48, fracción II de la Ley, para garantizar el cumplimiento del Contrato que se adjudique al licitante que resulte ganador, éste deberá constituir una fianza, en pesos mexicanos a favor Ley de Diconsa, S.A. Tesorería de C.V., la cual deberá ser entregada a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del Contrato, por un importe del 10% del monto total del Contrato sin impuesto al Valor Agregado, ante una institución legalmente autorizada para tal efecto, misma que deberá tener vigencia hasta el término máximo de un mes posterior a la entrega del servicio, Dicha fianza deberá contener lo establecido en el Artículo 103 del Reglamento , Federación y con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, inciso b), del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La redacción de la garantía de la fianza del 10% deberá expresar los siguientes textos: Nombre o denominación del proveedor por quien se otorga la fianza a favor de Xxxxxxx, S.A. de C.V. La indicación del importe total garantizado vigentes, en relación con número y letra en moneda nacional. Información relativa al Contrato: Número, fecha de firma y especificaciones el numeral 5.3.4 de las obligaciones garantizadas. La vigencia, que deberá ser igual a la señalada POBALINES en el Contrato, con la previsión del respectivo endoso para el caso de suscribir un convenio modificatorio en términos del Art. 52 de la Ley materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
a) de “que la fianza LA AEFCM”, “EL PROVEEDOR” se otorga atendiendo obliga a todas las estipulaciones contenidas constituir una garantía divisible y en el Contrato respectivo”.
b) “que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito signado por el Gerente de la Sucursal de DICONSA”.
c) “que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento este caso se hará efectiva en proporción al incumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contratoprincipal, así como durante mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.
d) “que en caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro a favor de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legalTesorería de la Federación, por pago extemporáneo un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del importe monto máximo total del contrato, sin incluir el I.V.A. Dicha fianza debe ser entregada a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato, a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios de “LA AEFCM”, ubicada en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, número 58, Piso 3, Colonia Tránsito, Código Postal 06820, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a 15:00 horas. Para tales efectos “EL PROVEEDOR” deberá observar el modelo de póliza de fianza requeridapara garantizar el cumplimiento, aprobado en las “Disposiciones de carácter general”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 15 xx xxxxx de 2022, que se encuentra disponible en compranet. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se podrá realizar de manera electrónica, a los correos: xxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx y xxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx.xx. De no cumplir con dicha entrega, “LA AEFCM” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o causas de fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido será motivo de rescisión del contrato. La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente contrato, y de ninguna manera impedirá que “LA AEFCM” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del presente contrato o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA AEFCM”, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del “RLAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. Una vez cumplidas las obligaciones a satisfacción, el servidor público facultado por “LA AEFCM” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales y dará inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato, lo que comunicará a “EL PROVEEDOR”. Cuando la prestación del servicio se realice en un plazo no menor a 10 (diez) días naturales, “EL PROVEEDOR” quedará exceptuado de la prestación de la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la “LAASSP”.
e) “en caso de otorgamiento de prorrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia del Contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la Fianza”. Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 279, 280, 281, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Diconsa confirmará la autenticidad de la Fianza directamente con la afianzadora emisora y con la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. Diconsa determina que, en caso de que el proveedor no entregue la fianza en el tiempo establecido, se procederá a la rescisión del Contrato.
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Samples: Contratación Consolidada Del Servicio De Suministro De Vales De Despensa
GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 48, fracción II y 49, fracción II de la Ley, para garantizar el cumplimiento del Contrato que se adjudique al licitante que resulte ganador, éste deberá constituir una fianza, en pesos mexicanos a favor de Diconsa, S.A. de C.V., la cual deberá ser entregada a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del Contrato, por un importe del 10% del monto total del Contrato sin impuesto al Valor Agregado, ante una institución legalmente autorizada para tal efecto, misma que deberá tener vigencia hasta el término máximo de un mes posterior a la entrega del servicio, Dicha fianza deberá contener lo establecido en el Artículo 103 del Reglamento , y con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La redacción de la garantía de la fianza del 10% deberá expresar los siguientes textos: Nombre o denominación del proveedor por quien se otorga la fianza a favor de Xxxxxxx, S.A. de C.V. La indicación del importe total garantizado con número y letra en moneda nacional. Información relativa al Contrato: Número, fecha de firma y especificaciones de las obligaciones garantizadas. La vigencia, que deberá ser igual a la señalada en el Contrato, con la previsión del respectivo endoso para el caso de suscribir un convenio modificatorio en términos del Art. 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
a) “que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato respectivo”.
b) “que, que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito signado por el Gerente de la Sucursal de DICONSA”.
c) “que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.
d) “que en caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida”.
e) “en caso de otorgamiento de prorrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia del Contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la Fianza”. Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 279, 280, 281, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Diconsa confirmará la autenticidad de la Fianza directamente con la afianzadora emisora y con la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. Diconsa determina que, en caso de que el proveedor no entregue la fianza en el tiempo establecido, se procederá a la rescisión del Contrato.
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Samples: Convocatoria a La Invitación a Cuando Menos Tres Personas
GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto Con fundamento en los Artículos artículos 48, fracción II II, 49, fracción I de la “LAASSP”; 85 fracción III y 49103 del “RLAASSP”, 48, fracción II de la Ley, para garantizar el cumplimiento del Contrato que se adjudique al licitante que resulte ganador, éste deberá constituir una fianza, en pesos mexicanos a favor Ley de Diconsa, S.A. Tesorería de C.V., la cual deberá ser entregada a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del Contrato, por un importe del 10% del monto total del Contrato sin impuesto al Valor Agregado, ante una institución legalmente autorizada para tal efecto, misma que deberá tener vigencia hasta el término máximo de un mes posterior a la entrega del servicio, Dicha fianza deberá contener lo establecido en el Artículo 103 del Reglamento , Federación y con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, inciso b), del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La redacción de la garantía de la fianza del 10% deberá expresar los siguientes textos: Nombre o denominación del proveedor por quien se otorga la fianza a favor de Xxxxxxx, S.A. de C.V. La indicación del importe total garantizado vigentes, en relación con número y letra en moneda nacional. Información relativa al Contrato: Número, fecha de firma y especificaciones el numeral 5.3.4 de las obligaciones garantizadas. La vigencia, que deberá ser igual a la señalada POBALINES en el Contrato, con la previsión del respectivo endoso para el caso de suscribir un convenio modificatorio en términos del Art. 52 de la Ley materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
a) de “que la fianza LA AEFCM”, “EL PROVEEDOR” se otorga atendiendo obliga a constituir una garantía divisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas las estipulaciones contenidas en el Contrato respectivo”.
b) “queobligaciones derivadas de este contrato, para cancelar mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito signado por el Gerente de la Sucursal de DICONSA”.
c) “que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.
d) “que en caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro a favor de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legalTesorería de la Federación, por pago extemporáneo un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del importe monto máximo total del contrato, sin incluir el I.V.A. Dicha fianza debe ser entregada a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato, a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios de “LA AEFCM”, ubicada en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, número 58, Piso 3, Colonia Tránsito, Código Postal 06820, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a 15:00 horas. Para tales efectos “EL PROVEEDOR” deberá observar el modelo de póliza de fianza requeridapara garantizar el cumplimiento, aprobado en las “Disposiciones de carácter general”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 15 xx xxxxx de 2022, que se encuentra disponible en compranet. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se podrá realizar de manera electrónica, a los correos: xxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx y xxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx.xx. De no cumplir con dicha entrega, “LA AEFCM” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o causas de fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido será motivo de rescisión del contrato. La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente contrato, y de ninguna manera impedirá que “LA AEFCM” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del presente contrato o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA AEFCM”, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del “RLAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. Una vez cumplidas las obligaciones a satisfacción, el servidor público facultado por “LA AEFCM” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales y dará inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato, lo que comunicará a “EL PROVEEDOR”. Cuando la prestación del servicio se realice en un plazo no menor a 10 (diez) días naturales, “EL PROVEEDOR” quedará exceptuado de la prestación de la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la “LAASSP”.
e) “en caso de otorgamiento de prorrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia del Contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la Fianza”. Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 279, 280, 281, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Diconsa confirmará la autenticidad de la Fianza directamente con la afianzadora emisora y con la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. Diconsa determina que, en caso de que el proveedor no entregue la fianza en el tiempo establecido, se procederá a la rescisión del Contrato.
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Samples: Contratación Consolidada Del Servicio De Suministro De Vales De Despensa
GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto Con fundamento en los Artículos artículos 48, fracción II II, 49, fracción I de la “LAASSP”; 85 fracción III y 49103 del “RLAASSP”, 48, fracción II de la Ley, para garantizar el cumplimiento del Contrato que se adjudique al licitante que resulte ganador, éste deberá constituir una fianza, en pesos mexicanos a favor Ley de Diconsa, S.A. Tesorería de C.V., la cual deberá ser entregada a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del Contrato, por un importe del 10% del monto total del Contrato sin impuesto al Valor Agregado, ante una institución legalmente autorizada para tal efecto, misma que deberá tener vigencia hasta el término máximo de un mes posterior a la entrega del servicio, Dicha fianza deberá contener lo establecido en el Artículo 103 del Reglamento , Federación y con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, inciso b), del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La redacción de la garantía de la fianza del 10% deberá expresar los siguientes textos: Nombre o denominación del proveedor por quien se otorga la fianza a favor de Xxxxxxx, S.A. de C.V. La indicación del importe total garantizado vigentes, en relación con número y letra en moneda nacional. Información relativa al Contrato: Número, fecha de firma y especificaciones el numeral 5.3.4 de las obligaciones garantizadas. La vigencia, que deberá ser igual a la señalada POBALINES en el Contrato, con la previsión del respectivo endoso para el caso de suscribir un convenio modificatorio en términos del Art. 52 de la Ley materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
a) de “que la fianza LA AEFCM”, “EL PROVEEDOR” se otorga atendiendo obliga a todas las estipulaciones contenidas constituir una garantía divisible y en el Contrato respectivo”.
b) “que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito signado por el Gerente de la Sucursal de DICONSA”.
c) “que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento este caso se hará efectiva en proporción al incumplimiento de la obligación principal, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato, sin incluir el I.V.A. Dicha fianza debe ser entregada a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato, a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios de “LA AEFCM”, ubicada en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, número 58, Piso 3, Colonia Tránsito, Código Postal 06820, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a 15:00 horas. Para tales efectos “EL PROVEEDOR” deberá observar el modelo de póliza de fianza para garantizar el cumplimiento, aprobado en las “Disposiciones de carácter general”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 15 xx xxxxx de 2022, que garantice se encuentra disponible en compranet. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se podrá realizar de manera electrónica, a los correos: xxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx y continuará xxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx.xx. De no cumplir con dicha entrega, “LA AEFCM” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o causas de fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido será motivo de rescisión del contrato. La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente contrato, y de ninguna manera impedirá que “LA AEFCM” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del presente contrato o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA AEFCM”, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del “RLAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. “EL PROVEEDOR” queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada hasta en tanto “LA AEFCM” expresamente manifieste que recibió a su entera conformidad el servicio objeto del presente contrato, en caso de que se otorgue prórroga al quede alguna obligación pendiente de cumplimiento del Contratoprevista en este contrato, así como ya sea una obligación principal, accesoria o de garantía, y durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y interpongan, hasta que se pronuncie dicte resolución definitiva por y firme que emita la autoridad competente, en la inteligencia de forma tal que su vigencia no dicha fianza sólo podrá acotarse en razón del plazo ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de ejecución del Contrato principal o fuente “LA AEFCM”. Una vez cumplidas las obligaciones a satisfacción, el servidor público facultado por “LA AEFCM” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligacionesobligaciones contractuales y dará inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato, o cualquier otra circunstancialo que comunicará a “EL PROVEEDOR”.
d. Cuando la prestación del servicio se realice en un plazo no menor a 10 (diez) días naturales, “que en caso EL PROVEEDOR” quedará exceptuado de hacerse efectiva la presente garantíaprestación de la garantía de cumplimiento, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución conformidad con lo establecido en el artículo 282 48 último párrafo de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida“LAASSP”.
e) “en caso de otorgamiento de prorrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia del Contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la Fianza”. Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 279, 280, 281, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Diconsa confirmará la autenticidad de la Fianza directamente con la afianzadora emisora y con la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. Diconsa determina que, en caso de que el proveedor no entregue la fianza en el tiempo establecido, se procederá a la rescisión del Contrato.
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Samples: Contrato Abierto Para La Contratación Consolidada Del Servicio De Suministro De Combustible
GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 48, fracción II y 49, fracción II de la Ley, para garantizar el cumplimiento del Contrato contrato que se adjudique al licitante que resulte ganador, éste deberá constituir una fianza, en pesos mexicanos a favor de DiconsaXxxxxxx, S.A. de C.V., C.V. la cual deberá ser entregada a más mas tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del Contratocontrato, por un importe del 10% del monto total del Contrato contrato sin impuesto al Valor Agregado, ante una institución legalmente autorizada para tal efecto, misma que deberá tener vigencia hasta el término máximo de un mes posterior a la entrega del serviciorealización y prestación de los servicios, Dicha fianza deberá contener lo establecido en el Artículo 103 del Reglamento , y con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad HacendariaReglamento. La redacción de la garantía de la fianza del 10% deberá expresar los siguientes textos: Nombre o denominación del proveedor por quien se otorga la fianza a favor de Xxxxxxx, Xxxxxxx S.A. de C.V. La indicación del importe total garantizado con número y letra en moneda nacional. Información relativa al Contratocontrato: Número, fecha de firma y especificaciones de las obligaciones garantizadas. La vigencia, que deberá ser igual a la señalada en el Contratocontrato, con la previsión del respectivo endoso para el caso de suscribir un convenio modificatorio en términos del Art. 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
a) . “que La institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento establecido en los artículos 94 y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas”. “La presente garantía de cumplimiento del contrato únicamente podrá ser cancelada mediante un escrito del Area de Administración y Finanzas de DICONSA, SUCURSAL NOROESTE” “Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato respectivo”.
b) contrato ” “que, para cancelar Que la fianza, será requisito contar con la constancia garantía de cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito signado por el Gerente de la Sucursal de DICONSA”.
c) “que la fianza permanecerá estará vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la substanciación sustantación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato contrato principal o fuente de las obligaciones, obligaciones o cualquier otra circunstancia.”.
d) . “que en caso de hacerse efectiva Que la presente garantía, la institución de fianzas afianzadora acepta expresamente someterse al procedimiento a los procedimientos de ejecución establecido previstos en el artículo 282 la ley federal de instituciones de fianzas para la Ley efectividad de Instituciones de Seguros y de Fianzaslas fianzas, procedimiento al que también se sujetará aun para el caso del de que procediera el cobro de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 intereses, con motivo del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida”.
e) “. La fianza, su vigencia y su liberación, se sujetaran a lo dispuesto en caso el oficio No. 401T45639 del 12 de otorgamiento de prorrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligacionesdiciembre del 2006, derivadas emitido por la titular de la formalización Tesorería de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia la Federación y 103 del Contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la Fianza”. Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 279, 280, 281, 282 y 283 reglamento de la Ley de Instituciones de Seguros Adquisiciones, arrendamientos y de FianzasServicios del Sector Publico. Diconsa confirmará dará como válida la fianza de garantía del contrato, una vez que se verifique ante la afianzadora emisora la autenticidad de la Fianza directamente con la afianzadora emisora y con la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. Diconsa determina que, en caso misma. En el supuesto de que se convenga la modificación del contrato vigente el proveedor no entregue deberá contratar la modificación de la póliza de fianza en el tiempo establecidoque corresponda, se procederá presentando endoso a la rescisión misma, o bien contratar una nueva fianza por el importe de la modificación convenida, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del Contrato.convenio modificatorio observando lo señalado en este numeral
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GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en Conforme a los Artículos artículos 48, fracción II y II, 49, fracción I, de la “LAASSP”; 85, fracción III, y 103 de su Reglamento, 48 fracción II de la LeyLey de Tesorería de la Federación y 79 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para garantizar vigentes, en relación con el numeral 5.3.4 de las POBALINES en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de “LA AEFCM”, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento del Contrato que se adjudique al licitante que resulte ganadorfiel y exacto de todas las obligaciones derivadas de este contrato; mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, éste deberá constituir una fianza, en pesos mexicanos a favor de Diconsala Tesorería de la Federación, S.A. de C.V.por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, la cual sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes posteriores a la firma del Contratopresente contrato, por un importe del 10% del monto total del Contrato sin impuesto al Valor Agregado, ante una institución legalmente autorizada para tal efecto, misma que deberá tener vigencia hasta el término máximo de un mes posterior a la entrega del servicioDirección de Recursos Materiales y Servicios de “LA AEFCM”, Dicha ubicada en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx No. 58, Piso 3, Colonia Tránsito, Código Postal 06820, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Ciudad de México. Para tales efectos “EL PROVEEDOR” deberá observar el modelo de póliza de fianza deberá contener lo establecido para garantizar el cumplimiento, aprobado en las “Disposiciones de carácter general”, publicadas en el Artículo 103 del Reglamento Diario Oficial de la Federación, el 15 xx xxxxx de 2022. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se debe realizar de manera electrónica, a los correos: xxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx y xxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx.xx No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o causas de fuerza mayor plenamente comprobados. En caso de que “EL PROVEEDOR” incumpla con alguna la entrega de las formas la garantía en el plazo establecido, “LA AEFCM” podrá rescindir el contrato y dará vista al Órgano Interno de otorgamiento Control para que proceda en el ámbito de sus facultades. La garantía de cumplimiento no será considerada como una limitante de responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y no impedirá que “LA AEFCM” reclame la indemnización por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA AEFCM”, dentro de los 10 (diez días) naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 79, fracción III91, del Reglamento de la Ley Federal “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La redacción que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía de la fianza del 10% deberá expresar los siguientes textos: Nombre o denominación del proveedor por quien se otorga la fianza a favor de Xxxxxxx, S.A. de C.V. La indicación del importe total garantizado con número y letra en moneda nacionalotorgada inicialmente. Información relativa al Contrato: Número, fecha de firma y especificaciones de Una vez cumplidas las obligaciones garantizadas. La vigenciaa satisfacción, que deberá ser igual el servidor público facultado por “LA AEFCM” procederá inmediatamente a la señalada en el Contrato, con la previsión del respectivo endoso para el caso de suscribir un convenio modificatorio en términos del Art. 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
a) “que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato respectivo”.
b) “que, para cancelar la fianza, será requisito contar con extender la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito signado por el Gerente dará inicio a los trámites para la cancelación de la Sucursal garantía cumplimiento del contrato, lo que comunicará a “EL PROVEEDOR”. Cuando la prestación de DICONSA”.
c) los servicios se realice en un plazo menor a diez días naturales, “que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento EL PROVEEDOR” quedará exceptuado de la obligación que garantice y continuará vigente en caso presentación de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la substanciación garantía de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competentecumplimiento, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.
d) “que en caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución conformidad con lo establecido en el artículo 282 48 último párrafo de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida”"LAASSP".
e) “en caso de otorgamiento de prorrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia del Contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la Fianza”. Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 279, 280, 281, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Diconsa confirmará la autenticidad de la Fianza directamente con la afianzadora emisora y con la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. Diconsa determina que, en caso de que el proveedor no entregue la fianza en el tiempo establecido, se procederá a la rescisión del Contrato.
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Samples: Servicio De Sonido, Efectos Especiales E Iluminación
GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 48, fracción II y 49, fracción II de la Ley, para garantizar el cumplimiento del Contrato contrato que se adjudique al licitante que resulte ganador, éste deberá constituir una fianza, en pesos mexicanos a favor de DiconsaXxxxxxx, S.A. de C.V., C.V. la cual deberá ser entregada a más mas tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del Contratocontrato, por un importe del 10% del monto total del Contrato contrato sin impuesto al Valor Agregado, ante una institución legalmente autorizada para tal efecto, misma que deberá tener vigencia hasta el término máximo de un mes posterior a la entrega del serviciorealización y prestación de los servicios, Dicha fianza deberá contener lo establecido en el Artículo 103 del Reglamento , y con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad HacendariaReglamento. La redacción de la garantía de la fianza del 10% deberá expresar los siguientes textos: Nombre o denominación del proveedor por quien se otorga la fianza a favor de Xxxxxxx, Xxxxxxx S.A. de C.V. La indicación del importe total garantizado con número y letra en moneda nacional. Información relativa al Contratocontrato: Número, fecha de firma y especificaciones de las obligaciones garantizadas. La vigencia, que deberá ser igual a la señalada en el Contratocontrato, con la previsión del respectivo endoso para el caso de suscribir un convenio modificatorio en términos del Art. 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
a) . “que La institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento establecido en los artículos 94,95 y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas”. “La presente garantía de cumplimiento del contrato únicamente podrá ser cancelada mediante un escrito del Area de Administración y Finanzas de DICONSA, SUCURSAL NOROESTE” “Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato respectivo”.
b) contrato ” “que, para cancelar Que la fianza, será requisito contar con la constancia garantía de cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito signado por el Gerente de la Sucursal de DICONSA”.
c) “que la fianza permanecerá estará vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la substanciación sustentación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato contrato principal o fuente de las obligaciones, obligaciones o cualquier otra circunstancia.”.
d) . “que en caso de hacerse efectiva Que la presente garantía, la institución de fianzas afianzadora acepta expresamente someterse al procedimiento a los procedimientos de ejecución establecido previstos en el artículo 282 la ley federal de instituciones de fianzas para la Ley efectividad de Instituciones de Seguros y de Fianzaslas fianzas, procedimiento al que también se sujetará aun para el caso del de que procediera el cobro de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 intereses, con motivo del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida”.
e) “. La fianza, su vigencia y su liberación, se sujetaran a lo dispuesto en caso el oficio No. 401T45639 del 12 de otorgamiento de prorrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de sus obligacionesdiciembre del 2006, derivadas emitido por la titular de la formalización Tesorería de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia la Federación y 103 del Contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la Fianza”. Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 279, 280, 281, 282 y 283 reglamento de la Ley de Instituciones de Seguros Adquisiciones, arrendamientos y de FianzasServicios del Sector Publico. Diconsa confirmará dará como válida la fianza de garantía del contrato, una vez que se verifique ante la afianzadora emisora la autenticidad de la Fianza directamente con la afianzadora emisora y con la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. Diconsa determina que, en caso misma. En el supuesto de que se convenga la modificación del contrato vigente el proveedor no entregue deberá contratar la modificación de la póliza de fianza en el tiempo establecidoque corresponda, se procederá presentando endoso a la rescisión misma, o bien contratar una nueva fianza por el importe de la modificación convenida, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del Contrato.convenio modificatorio observando lo señalado en este numeral
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Samples: Licitación Pública Nacional
GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en Conforme a los Artículos 48artículos 48 fracción II, 49 fracción II I de la “LAASSP”; 85 fracción III y 49103 del “RLAASSP”, 48 fracción II de la Ley, para garantizar el cumplimiento del Contrato que se adjudique al licitante que resulte ganador, éste deberá constituir una fianza, en pesos mexicanos a favor Ley de Diconsa, S.A. Tesorería de C.V., la cual deberá ser entregada a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del Contrato, por un importe del 10% del monto total del Contrato sin impuesto al Valor Agregado, ante una institución legalmente autorizada para tal efecto, misma que deberá tener vigencia hasta el término máximo de un mes posterior a la entrega del servicio, Dicha fianza deberá contener lo establecido en el Artículo 103 del Reglamento , Federación y con alguna de las formas de otorgamiento de garantía estipuladas en el artículo 79, fracción III, inciso b), del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La redacción de la garantía de la fianza del 10% deberá expresar los siguientes textos: Nombre o denominación del proveedor por quien se otorga la fianza a favor de Xxxxxxx, S.A. de C.V. La indicación del importe total garantizado vigentes, en relación con número y letra en moneda nacional. Información relativa al Contrato: Número, fecha de firma y especificaciones el numeral 5.3.4 de las obligaciones garantizadas. La vigencia, que deberá ser igual a la señalada ”POBALINES” en el Contrato, con la previsión del respectivo endoso para el caso de suscribir un convenio modificatorio en términos del Art. 52 de la Ley materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
a) de “que la fianza LA AEFCM”, “EL PROVEEDOR” se otorga atendiendo obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas las estipulaciones contenidas en el Contrato respectivo”.
b) “queobligaciones derivadas de este contrato, para cancelar mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales y será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito signado por el Gerente de la Sucursal de DICONSA”.
c) “que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia”.
d) “que en caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro a favor de la indemnización por xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legalTesorería de la Federación, por pago extemporáneo un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del importe monto máximo total del contrato, sin incluir el I.V.A. Dicha fianza debe ser entregada a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato, a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios de “LA AEFCM”, ubicada en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, número 58, Piso 3, Colonia Tránsito, Código Postal 06820, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a 15:00 horas. Para tales efectos “EL PROVEEDOR” deberá observar el modelo de póliza de fianza requeridapara garantizar el cumplimiento, aprobado en las “Disposiciones de carácter general”.
e) , publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 15 xx xxxxx de 2022, que se encuentra disponible en CompraNet. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se podrá realizar de manera electrónica, a los correos: xxxx.xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx y xxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx. De no cumplir con dicha entrega, “LA AEFCM” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”. No se otorgarán prórrogas salvo caso fortuito o causas de fuerza mayor plenamente comprobados. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido será motivo de rescisión del contrato. La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente contrato, y de ninguna manera impedirá que “LA AEFCM” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de otorgamiento de prorrogas incremento al monto del presente contrato o esperas modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “El ProveedorLA AEFCM”, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del “RLAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada inicialmente. La garantía de cumplimiento de contrato se podrá hacer efectiva por “LA AEFCM” cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos: • Previa substanciación del procedimiento de rescisión. • Cuando por causas imputables el proveedor incumpla con cualquiera de las condiciones pactadas en el contrato y consecuentemente se le rescinda el mismo. • Cuando se haya vencido el plazo para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas inicio de la formalización de convenios de ampliación al monto, plazo o vigencia del Contratocontrato y “EL PROVEEDOR” por sí mismo o a requerimiento de “LA AEFCM”, se deberá realizar la modificación correspondiente no sustente debidamente las razones del incumplimiento en el inicio, previo agotamiento de las penas convencionales respectivas. • De manera inmediata por reclamo directo a la Fianzaafianzadora. • Cuando se detecten vicios ocultos o defectos en la calidad de los bienes entregados. • Cuando se realicen pagos en exceso y “EL PROVEEDOR” no los reintegre, conforme a lo establecido en el artículo 51, segundo y tercer párrafo de “LAASSP”. Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 178 279, 280, 281, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Diconsa confirmará la autenticidad de la Fianza directamente con la afianzadora emisora y con la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. Diconsa determina que, en En el caso de que el proveedor no entregue hacer efectiva la fianza en el tiempo establecidogarantía de cumplimiento, ésta se procederá a la rescisión del Contratoaplicará de manera proporcional por los defectos, vicios ocultos y calidad de los bienes entregados.
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Samples: Contrato De Adquisición