Garantías y Compromisos del Patrocinador. El Patrocinador garantiza y se compromete a: 4.2.1 tener y conservar durante todo el Plazo del presente, la capacidad de obligarse y cumplir con las obligaciones aquí detalladas (incluyendo pero no limitado a la capacidad de pago establecido en la Contraprestación, y a la obligación de proporcionar Productos/Servicios de conformidad con el Apéndice 4), 4.2.2 sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula precedente, el Patrocinador deberá tener y conservar durante todo el Plazo la autoridad para otorgar licencias a BAYOGOC para utilizar la Marca del Patrocinador en la medida exigida por BAYOGOC para brindar los Derechos y el uso de los mismos, a fin de evitar violar los Derechos de Propiedad Intelectual de terceros en el Territorio; 4.2.3 cumplir con todas las disposiciones de la Carta Olímpica que le son aplicables en relación con el ejercicio de sus Derechos y su nombramiento como Participante del Programa BAYOGOC y de un modo consistente con el buen nombre, buena voluntad, reputación e imagen del Movimiento Olímpico; 4.2.4 cumplir con las disposiciones en relación con la explotación de los Derechos y todas las comunicaciones, actividades de publicidad, ventas y propuestas de marketing; 4.2.5 sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 4.2.4, todas las comunicaciones, los materiales de publicidad, marketing y promoción utilizados o emitidos por el Patrocinador en relación con la explotación de los Derechos y todas las actividades de publicidad cumplirán con las leyes y normativas aplicables; 4.2.6 no utilizará, ni autorizará el uso de los Derechos: (a) de un modo contrario a los términos y condiciones del presente contrato; o
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Samples: Sponsorship Agreement, Sponsorship Agreement
Garantías y Compromisos del Patrocinador. El Patrocinador garantiza y se compromete a:
4.2.1 tener y conservar durante todo el Plazo del presente, la capacidad de obligarse y cumplir con las obligaciones aquí detalladas (incluyendo pero no limitado a la capacidad de pago establecido en la Contraprestación, y a la obligación de proporcionar Productos/Servicios de conformidad con el Apéndice 4),detalladas;
4.2.2 sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula precedente, el Patrocinador deberá tener y conservar durante todo el Plazo la autoridad para otorgar licencias a BAYOGOC para utilizar la Marca del Patrocinador en la medida exigida por BAYOGOC para brindar los Derechos y el uso de los mismos, a fin de evitar violar la violación de los Derechos de Propiedad Intelectual de terceros en el Territorio;
4.2.3 cumplir con todas las disposiciones de la Carta Olímpica que le son aplicables en relación con el ejercicio de sus Derechos y su nombramiento como Participante del Programa BAYOGOC y de un modo consistente con el buen nombre, buena voluntad, reputación e imagen del Movimiento Olímpico;
4.2.4 cumplir con las disposiciones en relación con la explotación de los Derechos y todas las comunicaciones, actividades de publicidad, ventas y propuestas de marketing;
4.2.5 sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 4.2.4, todas las comunicaciones, los materiales de publicidad, marketing y promoción utilizados o emitidos por el Patrocinador en relación con la explotación de los Derechos y todas las actividades de publicidad cumplirán con las leyes y normativas aplicables;
4.2.6 no utilizará, ni autorizará el uso de los Derechos:
(a) de un modo contrario a los términos y condiciones del presente contrato; o
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Samples: Patrocinio
Garantías y Compromisos del Patrocinador. El Patrocinador garantiza y se compromete a:
4.2.1 tener y conservar durante todo el Plazo del presente, la capacidad de obligarse y cumplir con las obligaciones aquí detalladas (incluyendo pero no limitado a la capacidad de pago establecido en la Contraprestación, y a la obligación de proporcionar Productos/Servicios de conformidad con el Apéndice 4),detalladas;
4.2.2 sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula precedente, el Patrocinador deberá tener y conservar durante todo el Plazo la autoridad para otorgar licencias a BAYOGOC para utilizar la Marca del Patrocinador en la medida exigida por BAYOGOC para brindar los Derechos y el uso de los mismos, a fin de evitar violar la violación de los Derechos de Propiedad Intelectual de terceros en el Territorio;
4.2.3 cumplir con todas las disposiciones de la Carta Olímpica que le son aplicables en relación con el ejercicio de sus Derechos y su nombramiento como Participante del Programa BAYOGOC y de un modo consistente con el buen nombre, buena voluntad, reputación e imagen del Movimiento Olímpico;
4.2.4 cumplir con las disposiciones en relación con la explotación de los Derechos y todas las comunicaciones, actividades de publicidad, ventas y propuestas de marketing;
4.2.5 sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 4.2.4, todas las comunicaciones, los materiales de publicidad, marketing y promoción utilizados o emitidos por el Patrocinador en relación con la explotación de los Derechos y todas las actividades de publicidad cumplirán con las leyes y normativas aplicables;
4.2.6 no utilizará, ni autorizará el uso de los Derechos:
(a) de un modo contrario a los términos y condiciones del presente contrato; o
(b) para publicitar, promover o vender cualquier producto o servicio que no sean los Productos/Servicios;
4.2.7 sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 4.2.6, no utilizará los Derechos fuera del Territorio o tendrá como objetivo ningún público fuera del mismo, ya sea por Internet o por otro medio, por lo que se reconoce que el derecho del Patrocinador en relación con la explotación de los Derechos por Internet solo se implementará en sitios web con base en y dirigidos al público en el Territorio únicamente. El Patrocinador podrá enviar solicitudes a BAYOGOC para obtener el derecho a explotar dichos Derechos en sitios web dirigidos a públicos fuera del Territorio, en cuyo caso, estarán sujetas a la previa aprobación por escrito del COI;
4.2.8 no ejercerá los Derechos de tal manera que el público pueda confundirse respecto a los productos y/o servicios para los cuales el Patrocinador obtuvo los Derechos;
4.2.9 salvo una actividad de promoción conjunta permitida con otro Participante del Programa BAYOGOC, Patrocinador TOP o un Colaborador del COI, el Patrocinador no podrá, sin la previa aprobación por escrito de XXXXXXX, participar en actividades promocionales, o explotar de otro modo ningún Derecho con o en relación con algún tercero o los productos o servicios de ningún tercero;
4.2.10 procurará que sus directores, ejecutivos y empleados senior así como los directores, ejecutivos y otros empleados sénior de cualquier filial del Patrocinador no realicen declaraciones difamatorias o despectivas sobre el Movimiento Olímpico, sobre cualquier Patrocinador TOP o cualquier Colaborador del COI, o cualquier otro Participante del Programa BAYOGOC, o que participe en actividades que utilicen los Derechos de tal modo que sea o pueda ser despectivo, o que sea o podría ser perjudicial para la reputación de cualquiera de los mencionados anteriormente o que podría ser inconsistente con la posición del Patrocinador como patrocinador de BAYOGOC y los JOJ; 4.2.11 cumplirá y se asegurará de que las subsidiarias del Patrocinador cumplan con las reglas de sedes limpias y los lineamientos del COI y de BAYOGOC, durante el Período JOJ. Esto incluirá una obligación de asegurarse de que todo el equipo, los uniformes, los Productos/Servicios y todo otro material utilizado por el Patrocinador como parte del cumplimiento de sus obligaciones o la activación de sus derechos en cualquier Parque y Sede durante el Período JOJ estará sujeto a la aprobación previa del COI, caso por caso, según el criterio del COI; 4.2.12 no realizará actividades que puedan considerarse como una acción de Marketing de emboscada o socavar cualquiera de los derechos otorgados por BAYOGOC o el COI a cualquier Participante del Programa BAYOGOC, Patrocinador TOP o Colaborador del COI, o que sea perjudicial para los intereses de BAYOGOC, el COI o el Movimiento Olímpico; 4.2.13 cumplirá y se asegurará de que sus ejecutivos, directores, agentes, empleados, contratistas y/o invitados cumplan con todas las reglas emitidas por BAYOGOC y/o por el COI para los JOJ en lo relacionado con el transporte, seguridad, acreditaciones y accesos a los Parques y Sedes, entre otros; y 4.2.14 toda aprobación o consentimiento dado por BAYOGOC a las solicitudes del Patrocinador de conformidad con las disposiciones del presente Contrato no se considerarán una confirmación de la legitimidad o legalidad del contenido de dicha solicitud. Si se decide que el contenido de dicha solicitud es ilegal por parte de una autoridad gubernamental u otra autoridad, BAYOGOC no será responsable como consecuencia de dicha solicitud y el Patrocinador adoptará toda medida apropiada, asumiendo los costos, para eliminar todo efecto adverso que podría tener con respecto a BAYOGOC, los JOJ, el COI, todo Patrocinador TOP y/o cualquier Participante del Programa BAYOGOC en forma oportuna.
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Samples: Public Contract