Common use of Garantías y responsabilidades Clause in Contracts

Garantías y responsabilidades. La ley regula de forma específica la figura de la garantía de los inmuebles, aunque actualmente coexisten dos regímenes legales distintos, en función de si la licencia de edificación o construcción se solicitó antes del 6 xx xxxx de 2000 o después. A partir de esta fecha la garantía de los edificios está regulada por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Según ella, los agentes intervinientes en el proceso de la edificación (promotor, proyectista, constructor, director de obra, director de ejecución de obra, ...) deben responder, en la medida que sean responsables, de los daños existentes en los plazos siguientes: ·Los daños materiales que aparezcan en el edificio en un plazo de 10 años y estén causados por defectos que afectan a la cimentación , los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. ·Los daños materiales que aparezcan en el plazo de 3 años y estén causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad (por ejemplo humedades que o afecten a la estructura, defectos que anulen el aislamiento acústico, etc.) ·Los defectos en elementos de terminación o acabado durante el plazo de un año (desprendimientos en la pintura, azulejos rotos, desajustes en la grifería, etc) El plazo en cada uno de los casos empieza a contar desde la fecha de recepción y aceptación de las obras. La recepción de la obra es el acto formalizado por escrito en el que el constructor, una vez concluido el edificio, hace entrega de éste al promotor y es aceptada por éste. Todo ello se recoge en un acta que pasa a formar parte de la documentación del edificio. En la generalidad de los casos, la recepción y aceptación se entiende producida transcurridos 30 días desde el Certificado Final de Obra. Además de los plazos de garantía indicados, la ley establece un plazo de dos años para reclamar judicialmente los daños una vez hayan aparecido.

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Samples: Contract for Water Service Provision

Garantías y responsabilidades. La ley regula 9.1. Garantía: 9.1.1. TECHNIBAG garantiza los Productos frente a cualquier vicio de forma específica fabricación debidamente establecido por el Cliente: - durante un (1) año desde la figura fecha de envío de sus Productos de ocasión, salvo los componentes eléctricos y neumáticos para los cuales la garantía es de tres (3) meses, -durante un (1) año desde la fecha de envío de sus Productos nuevos. Esta garantía se limita a la sustitución gratuita de los inmueblesProductos reconocidos como impropios para el uso al que están destinados, aunque actualmente coexisten dos regímenes legales distintossin contar los gastos de desplazamiento de los técnicos. Salvo acuerdo contrario de TECHNIBAG, el Cliente deberá enviar, a su cargo, la pieza supuestamente defectuosa para que la Garantía pueda ser aplicada. La reclamación correspondiente deberá presentarse por carta certificada tan pronto como aparezca el vicio y en función de si la licencia de edificación o construcción se solicitó cualquier circunstancia, antes del 6 xx xxxx vencimiento de 2000 o después. A partir de esta fecha la garantía de los edificios está regulada por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Según ella, los agentes intervinientes en el proceso de la edificación (promotor, proyectista, constructor, director de obra, director de ejecución de obra, ...) deben responder, en la medida que sean responsables, de los daños existentes en los plazos siguientes: ·Los daños materiales que aparezcan en el edificio en un plazo de 10 años y estén causados por defectos que afectan a la cimentación días. Si el defecto no proviniera de dicha pieza, los soportes, las vigas, los forjados, los muros gastos de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente intervención de TECHNIBAG en concepto de la resistencia mecánica y la estabilidad garantía serán íntegramente refacturados al Cliente. 9.1.2. Exclusión de garantía: El impago de todo o de una parte del edificio. ·Los daños materiales que aparezcan precio en el plazo previsto, conllevará el cese inmediato de 3 años la garantía. En todo caso, no se podrá exigir ninguna responsabilidad a TECHNIBAG y estén causados por vicios o la garantía no cubrirá los defectos producidos en los supuestos siguientes: - negligencia, especialmente en el almacenaje y la utilización de los elementos constructivos Productos, - utilización de los Productos para otros fines distintos a los que están destinados, - agregación de materiales que no provengan de TECHNIBAG y/o no realizada por TECHNIBAG, - reparaciones, alteraciones, intervenciones o modificaciones sin el consentimiento previo y por escrito de TECHNIBAG, - incumplimiento del entorno del Producto. Además, la garantía nunca cubrirá las piezas de degaste que figuran en la lista de las instalaciones, que ocasionen el incumplimiento instrucciones de los requisitos de habitabilidad (por ejemplo humedades que o afecten a la estructura, defectos que anulen el aislamiento acústico, etcuso del Producto.) ·Los defectos en elementos de terminación o acabado durante el plazo de un año (desprendimientos en la pintura, azulejos rotos, desajustes en la grifería, etc) El plazo en cada uno de los casos empieza a contar desde la fecha de recepción y aceptación de las obras. La recepción de la obra es el acto formalizado por escrito en el que el constructor, una vez concluido el edificio, hace entrega de éste al promotor y es aceptada por éste. Todo ello se recoge en un acta que pasa a formar parte de la documentación del edificio. En la generalidad de los casos, la recepción y aceptación se entiende producida transcurridos 30 días desde el Certificado Final de Obra. Además de los plazos de garantía indicados, la ley establece un plazo de dos años para reclamar judicialmente los daños una vez hayan aparecido.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

Garantías y responsabilidades. La ley regula de forma específica la figura 10.1 El vendedor garantiza que los productos corresponden con su especificación al momento de la entrega de acuerdo con las cláusulas de este artículo 10. Esta garantía no procede si: a) El defecto proviene de algún error de aplicación, diseño o especificación no proporcionada por el comprador. b) Si el defecto proviene del uso y desgaste natural por el transcurso del tiempo, daños ocasionados, negligencia en su preparación o aplicación, empleo del producto en condiciones de trabajo anormales, almacenaje irregular, falla en el manejo de parte del comprador de producto o por falla en el seguimiento de las instrucciones del vendedor o las que corresponden a su uso y aplicación normal. c) Si los productos no son usados de acuerdo con la especificación; d) Si el valor total de los inmueblesproductos entregados no ha sido pagado a la fecha de vencimiento; e) Si los materiales o equipo no han sido fabricado por el vendedor. En este caso el comprador sólo tendrá el derecho al beneficio de cualquier garantía dada por el fabricante que lo produjo en términos de la póliza de garantía. 10.2 El comprador debe revisar minuciosamente los productos al momento de su entrega. Las reclamaciones del comprador basadas en cualquier defecto de calidad, aunque actualmente coexisten dos regímenes legales distintosvolumen, en función de si la licencia de edificación peso o construcción se solicitó antes del 6 xx xxxx de 2000 o después. A partir de esta fecha la garantía condición de los edificios está regulada productos o por la Ley el hecho de Ordenación de la Edificación (LOE). Según ella, los agentes intervinientes en el proceso de la edificación (promotor, proyectista, constructor, director de obra, director de ejecución de obra, ...) deben responder, en la medida que sean responsables, no correspondan con las especificaciones debe notificarlo al vendedor por escrito dentro de los daños existentes en los plazos siguientessiguientes 14 días siguientes a partir de: ·Los daños materiales que aparezcan en (i) la fecha de entrega o (ii) cuando siendo el edificio en un plazo de 10 años y estén causados por defectos que afectan a la cimentación defecto o fallo no aparente ante una inspección razonable, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. ·Los daños materiales que aparezcan en el plazo de 3 años y estén causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad (por ejemplo humedades que o afecten a la estructura, defectos que anulen el aislamiento acústico, etc.) ·Los defectos en elementos de terminación o acabado durante el plazo de un año (desprendimientos en la pintura, azulejos rotos, desajustes en la grifería, etc) El plazo en cada uno de los casos empieza a contar desde la fecha en que éste fue descubierto. Si el comprador no notifica al vendedor dentro del plazo definido se considerará que el comprador ha renunciado a su derecho de recepción reclamar por los defectos encontrados. 10.3 No se puede presentar acción legal alguna contra el vendedor en relación con los productos vendidos, a menos que éste reciba una notificación por escrito del comprador en donde se le reclame la garantía por defectos, y aceptación con ello el vendedor esté en condiciones de hacer las correcciones posibles si fueren procedente en términos del presente acuerdo, todo ello debe hacerse dentro de las obras. La 2 semanas posteriores a la recepción de las mercancías por el comprador o sus empleados. 10.4 Para efectos de la obra es cláusula anterior, el acto formalizado por escrito en el comprador tiene la obligación de probar que el constructor, una vez concluido el edificio, hace entrega de éste al promotor y es aceptada por éste. Todo ello se recoge en un acta que pasa a formar parte de la documentación del edificio. En la generalidad de los casosdaño, la recepción y aceptación pérdida o el costo fue provocado por el defecto que se entiende producida transcurridos 30 días desde le atribuye al producto suministrado, siempre que se hayan seguido las instrucciones del vendedor o cualquier otra de las condiciones establecidas en este contrato. 10.5 Cuando una reclamación válida es notificada, el Certificado Final de Obra. Además de vendedor, previo análisis en sus laboratorios autorizados: (i) repondrá los plazos de garantía indicadosproductos (o la parte en cuestión) sin costo, la ley establece un plazo de dos años para reclamar judicialmente o (ii) reparará los daños una vez hayan aparecidoproductos según corresponda.

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Samples: Términos Y Condiciones De Venta