Common use of Garantías y responsabilidades Clause in Contracts

Garantías y responsabilidades. El Proveedor es responsable de todo daño o perjuicio que se cause a NOVARTIS o a terceras personas o cosas durante la realización de los servicios y/o productos objeto del Pedido, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna a NOVARTIS. El Proveedor se compromete a cumplir en todos los servicios que ofrezca y realice para NOVARTIS, la normativa establecida en el "Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica" vigente en cada momento. Les informamos que el 27 mayo de 2016 entraron en vigor unas modificaciones en el Código de Buenas Practicas de la Industria farmacéutica de FARMAINDUSTRIA, cuyo objetivo es publicar de forma individual las transferencias de valor a profesional es sanitarios realizadas a partir del 1 de enero de 2017, que se publicaran en el año 2018 y sucesivos. Se entiende por “Transferencia de Valor” cualquier pago o contraprestación directa o indirecta, en efectivo o en especie realizado a un profesional u organización sanitaria. A este respecto, el Proveedor se obliga a proporcionar a NOVARTIS, en caso de que resultara aplicable al servicio objeto de pedido, la información necesaria para llevar a cabo dicha publicación, en el formato, con la cadencia y del modo que se establezca a tal efecto. Asimismo, el Proveedor se obliga a proporcionar los documentos que acreditan dichas transferencias de valor previo requerimiento de NOVARTIS en un plazo no superior a 48 horas. En dicho requerimiento NOVARTIS proporcionará al Proveedor el procedimiento y formato en que este le deberá reportar la información. El incumplimiento por parte del Proveedor de esta obligación facultará a NOVARTIS a exigir al Proveedor una compensación por los daños y perjuicios que la falta de publicación o la publicación de datos incorrectos o inexactos pueda causar. En caso de que el Proveedor sea una organización sanitaria y el presente pedido corresponda a una colaboración y/o patrocinio, NOVARTIS publicará en su página web en el primer semestre del año natural siguiente, la transferencia de valor objeto del presente pedido, indicando el nombre de la organización sanitaria, importe de la transferencia de valor y tipología (donación, colaboración/patrocinio, prestación de servicios). Ninguna cláusula de las presentes Condiciones ni de cualquier otro documento anterior o futuro suscrito entre el Proveedor y NOVARTIS podrá de ningún modo limitar o impedir a NOVARTIS dicha publicación. Además, en el contexto de prevención ante la crisis sanitaria de COVID-19, el Proveedor se compromete a disponer de los medios de protección adecuados, extremar las medidas de prevención y seguridad y cumplir con las normas higiénicas y sanitarias de Farmaindustria, así como a respetar las normas e instrucciones de las autoridades, en el supuesto de que el producto y/o servicio conlleve la celebración presencial de un evento/congreso/jornada.

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Samples: www.novartis.com, www.novartis.com

Garantías y responsabilidades. El Proveedor es responsable La ley regula de todo daño o perjuicio que se cause a NOVARTIS o a terceras personas o cosas durante forma específica la realización figura de la garantía de los servicios y/inmuebles, aunque actualmente coexisten dos regímenes legales distintos, en función de si la licencia de edificación o productos objeto construcción se solicitó antes del Pedido6 xx xxxx de 2000 o después. A partir de esta fecha la garantía de los edificios está regulada por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Según ella, y los agentes intervinientes en el proceso de la edificación (promotor, proyectista, constructor, director de obra, director de ejecución de obra, ...) deben responder, en la medida que le sea imputablesean responsables, debiendo reparar o indemnizar de los daños causados, sin existentes en los plazos siguientes: ·Los daños materiales que le sea exigible responsabilidad alguna a NOVARTIS. El Proveedor se compromete a cumplir en todos los servicios que ofrezca y realice para NOVARTIS, la normativa establecida aparezcan en el "Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica" vigente en cada momento. Les informamos que el 27 mayo de 2016 entraron en vigor unas modificaciones en el Código de Buenas Practicas de la Industria farmacéutica de FARMAINDUSTRIA, cuyo objetivo es publicar de forma individual las transferencias de valor a profesional es sanitarios realizadas a partir del 1 de enero de 2017, que se publicaran en el año 2018 y sucesivos. Se entiende por “Transferencia de Valor” cualquier pago o contraprestación directa o indirecta, en efectivo o en especie realizado a un profesional u organización sanitaria. A este respecto, el Proveedor se obliga a proporcionar a NOVARTIS, en caso de que resultara aplicable al servicio objeto de pedido, la información necesaria para llevar a cabo dicha publicación, en el formato, con la cadencia y del modo que se establezca a tal efecto. Asimismo, el Proveedor se obliga a proporcionar los documentos que acreditan dichas transferencias de valor previo requerimiento de NOVARTIS edificio en un plazo no superior de 10 años y estén causados por defectos que afectan a 48 horasla cimentación , los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. ·Los daños materiales que aparezcan en el plazo de 3 años y estén causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad (por ejemplo humedades que o afecten a la estructura, defectos que anulen el aislamiento acústico, etc.) ·Los defectos en elementos de terminación o acabado durante el plazo de un año (desprendimientos en la pintura, azulejos rotos, desajustes en la grifería, etc) El plazo en cada uno de los casos empieza a contar desde la fecha de recepción y aceptación de las obras. La recepción de la obra es el acto formalizado por escrito en el que el constructor, una vez concluido el edificio, hace entrega de éste al promotor y es aceptada por éste. Todo ello se recoge en un acta que pasa a formar parte de la documentación del edificio. En dicho requerimiento NOVARTIS proporcionará al Proveedor la generalidad de los casos, la recepción y aceptación se entiende producida transcurridos 30 días desde el procedimiento y formato en que este le deberá reportar Certificado Final de Obra. Además de los plazos de garantía indicados, la información. El incumplimiento por parte del Proveedor ley establece un plazo de esta obligación facultará a NOVARTIS a exigir al Proveedor una compensación por dos años para reclamar judicialmente los daños y perjuicios que la falta de publicación o la publicación de datos incorrectos o inexactos pueda causar. En caso de que el Proveedor sea una organización sanitaria y el presente pedido corresponda a una colaboración y/o patrocinio, NOVARTIS publicará en su página web en el primer semestre del año natural siguiente, la transferencia de valor objeto del presente pedido, indicando el nombre de la organización sanitaria, importe de la transferencia de valor y tipología (donación, colaboración/patrocinio, prestación de servicios). Ninguna cláusula de las presentes Condiciones ni de cualquier otro documento anterior o futuro suscrito entre el Proveedor y NOVARTIS podrá de ningún modo limitar o impedir a NOVARTIS dicha publicación. Además, en el contexto de prevención ante la crisis sanitaria de COVID-19, el Proveedor se compromete a disponer de los medios de protección adecuados, extremar las medidas de prevención y seguridad y cumplir con las normas higiénicas y sanitarias de Farmaindustria, así como a respetar las normas e instrucciones de las autoridades, en el supuesto de que el producto y/o servicio conlleve la celebración presencial de un evento/congreso/jornadavez hayan aparecido.

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Samples: www.alicante.es

Garantías y responsabilidades. El Proveedor es Todas las reparaciones y sustitución de repuestos que se lleven a cabo en los vehículos municipales deberán efectuarse con diligencia, y deberán estar garantizadas por la empresa adjudicataria por un período de seis meses, desde la fecha de devolución del vehículo y sin límites de kilometraje. En caso de cualquier incidencia, la empresa adjudicataria realizará todas las acciones necesarias para resolver la misma. Será responsabilidad del contratista la calidad de los trabajos objeto de este contrato, así como el control y gestión de todos los residuos que se generen, como aceites, valvulinas, neumáticos, baterías, lámparas, etc, debiendo contar para ello con el personal responsable y preparado para esta misión, ajustándose en todo momento a las normas de carácter legal establecidas en la actualidad o que en el futuro puedan promulgarse por las Administraciones del Estado, Autonómicas o Locales. De igual modo, el contratista será responsable de todo daño los accidentes, daños de cualquier naturaleza y perjuicios que pueda causar a terceros o perjuicio que se cause a NOVARTIS o a terceras personas o cosas durante al Municipio como consecuencia de la realización de los servicios y/o productos objeto trabajos que exige la prestación de este servicio. Será responsabilidad del Pedidoadjudicatario, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna notificar a NOVARTIS. El Proveedor se compromete a cumplir en todos los servicios que ofrezca y realice para NOVARTIS, la normativa establecida en el "Código Ciudad Autónoma de Buenas Prácticas Melilla de la Industria Farmacéutica" vigente en cada momento. Les informamos que el 27 mayo de 2016 entraron en vigor unas modificaciones en el Código de Buenas Practicas de la Industria farmacéutica de FARMAINDUSTRIA, cuyo objetivo es publicar de forma individual las transferencias de valor a profesional es sanitarios realizadas a partir del 1 de enero de 2017, todas aquellas anomalías que se publicaran detecten en el año 2018 y sucesivos. Se entiende por “Transferencia los vehículos como consecuencia de Valor” cualquier pago o contraprestación directa o indirecta, en efectivo o en especie realizado a un profesional u organización sanitaria. A este respecto, el Proveedor se obliga a proporcionar a NOVARTIS, en caso de que resultara aplicable al servicio objeto de pedido, la información necesaria para llevar a cabo dicha publicación, en el formato, con la cadencia y del modo las revisiones que se establezca a tal efectorealicen. Asimismo, el Proveedor se obliga a proporcionar La realización de trabajos defectuosos implicará la reparación inexorable de los documentos que acreditan dichas transferencias de valor previo requerimiento de NOVARTIS en un plazo no superior a 48 horas. En dicho requerimiento NOVARTIS proporcionará al Proveedor el procedimiento y formato en que este le deberá reportar la información. El incumplimiento mismos o su nueva realización por parte cuenta del Proveedor de esta obligación facultará a NOVARTIS a exigir al Proveedor una compensación por los daños y perjuicios que la falta de publicación o la publicación de datos incorrectos o inexactos pueda causaradjudicatario. En caso de que el Proveedor sea una organización sanitaria y el presente pedido corresponda a una colaboración y/o patrocinio, NOVARTIS publicará en su página web en el primer semestre del año natural siguienteincumplimiento, la transferencia Ciudad Autónoma de valor objeto del presente pedido, indicando Melilla podrá ordenar que esta reparación se realice en otro taller exigiéndole al adjudicatario el nombre de la organización sanitaria, importe de la transferencia de valor y tipología (donaciónreparación o compensándolo con las facturas pendientes a abonar, colaboración/patrocinio, prestación de servicios). Ninguna cláusula todo ello sin perjuicio de las presentes Condiciones ni de cualquier otro documento anterior o futuro suscrito entre el Proveedor y NOVARTIS podrá de ningún modo limitar o impedir a NOVARTIS dicha publicación. Además, penalidades previstas en el contexto de prevención ante la crisis sanitaria de COVID-19, el Proveedor se compromete a disponer de los medios de protección adecuados, extremar las medidas de prevención y seguridad y cumplir con las normas higiénicas y sanitarias de Farmaindustria, así como a respetar las normas e instrucciones de las autoridades, en el supuesto de que el producto y/o servicio conlleve la celebración presencial de un evento/congreso/jornada.Pliego Administrativo. 12

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Particulares Para La Contratación Del "Servicio De Mantenimiento Y Reparación Integral Del Parque Móvil De La Ciudad Autónoma De Melilla