FIRMA ELECTRÓNICA Para efectos del presente Instrumento el Banco podrá entregar al (a los) Cliente(s) titular(es) de la(s) Cuenta(s), una Clave de Acceso y un código de activación para que el Cliente active su Clave de Acceso y dé de alta su Número de Identificación Personal; para Tarjetas de Crédito, el Número de Identificación Personal podrá generarse a través del Sistema de Audio Respuesta para conformar así su Firma Electrónica; adicionalmente el Banco entregará al Cliente Factores de Autenticación adicionales para operar en Banca Telefónica a través del mencionado servicio como pueden ser dispositivos que generan un segundo Factor de Autenticación como el Dispositivo Físico OTP, mismos que también conformarán su Firma Electrónica. La Firma Electrónica se regirá por lo siguiente: 1.- Desde el momento de su recepción o activación el Cliente será el único responsable por su uso, guarda y custodia y, en consecuencia, desde este momento libera al Banco de una manera tan amplia como en derecho proceda por cualquier utilización que de la misma efectúe ya sea el Cliente o cualquier tercero con posterioridad a su entrega o activación. 2.- El Cliente se encontrará facultado en cualquier momento a cambiar los elementos de identificación o Autenticación, mismos que no pueden ser del conocimiento del Banco y por lo tanto éste no asumirá responsabilidad alguna por su uso desde el momento en que se efectúe el cambio indicado. Para la realización de dicho cambio, el Cliente se obliga a seguir los procedimientos que establezcan las políticas generales del Banco a este respecto y a cubrir las comisiones, impuestos o demás cargos financieros correspondientes que en su caso llegue a fijar el Banco por tal concepto, los cuales serán notificados oportunamente al Cliente. 3.- El Cliente sabe y acepta que su Firma Electrónica puede ser irrecuperable, por lo tanto en caso de pérdida o deterioro de la misma o cuando por cualquier causa no pueda ser utilizada, deberá seguir las instrucciones y políticas de seguridad establecidas por el Banco. 4.- El Banco podrá indicar al Cliente la necesidad de modificar su Firma Electrónica o alguno de sus componentes, (Factor de Autenticación de segundo nivel o número de identificación del servicio), siguiendo al efecto las especificaciones que el Banco le indique; en estas hipótesis el Cliente se obliga a cumplir con lo anterior, en el entendido de que de no hacerlo el Banco podrá dar por terminado el presente Contrato sin responsabilidad alguna a su cargo.
COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA El asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, según corresponda, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de un accidente, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos de cada una de las alternativas de cobertura contratadas. El accidente necesariamente debe ocurrir dentro del período de vigencia del asegurado en el contrato de seguro y las coberturas, que darán origen al pago del monto asegurado o al reembolso de gastos médicos, deben encontrarse contratadas por el asegurado y vigentes al momento de la ocurrencia del accidente. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si el accidente ocurrió con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. Adicionalmente, el asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de una enfermedad, si así lo contempla la alternativa de cobertura contratada, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos contemplados en ella. La enfermedad que dé lugar a la cobertura de alguna de las alternativas de este contrato de seguro, necesariamente debe haber sido diagnosticada durante la vigencia del asegurado en el contrato de seguro y de la alternativa de cobertura. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si la enfermedad fue diagnosticada con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. El contratante podrá contratar una o más de estas alternativas de cobertura, las que según corresponda deberán estar expresamente indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza. Las alternativas de cobertura son las siguientes:
Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre A” Los documentos contenidos en el “Sobre A” deberán ser presentados en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con TRES COPIAS fotocopias simples de los mismos, debidamente marcada, en su primera página, como “COPIA I, II y III”. El original y las copias deberán firmarse en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. El “Sobre A” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación: (Sello Social) Firma del Representante Legal COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
Alcance de la cobertura El pago de los daños, perjuicios y daño moral consecuencial, por los que sea responsable el Asegurado, se hará conforme a la legislación aplicable en materia de Responsabilidad Civil vigente en la República Mexicana o legislación extranjera en el caso de viajes familiares en el extranjero, y a lo previsto en la presente sección. El pago de los gastos de defensa del Asegurado incluye: a) El pago del importe de las primas por fianzas judiciales que el Asegurado deba otorgar en garantía del pago de las sumas que le sean reclamadas a título de Responsabilidad Civil amparada por esta Cobertura.
Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.
Apertura y Evaluación de las Ofertas IAO 24.1 La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: las oficinas del Fondo Vial: Colonia Xxxxx xxx Xxxxx, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa M.D.C., Honduras, C. A. Fecha: día jueves 15 de Diciembre de 2016, a las 9:00 a. m. IAO 24.3 Metodologia de orden de apertura: Primeramente se abrirá el Sobre A que contiene el DOCUMENTO DE LICITACION", Los Formularios de Oferta de la Sección IV de este documento de licitación (Del 1 al 3), Garantia o Fianza de Mantenimiento de Oferta y Documentos legales y financieros. Anunciando el nombre de oferente, monto de la garantía o fianza, aseguradora o banco, Número de garantía o fianza, y periodo de vigencia. Seguidamente se abrirán los Sobres B que contienen las Ofertas Económicas para los proyectos de Categoría “A” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación, y finalizando con la apertura de las ofertas de los proyectos de categoría “B” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación. a) No estar firmadas por el oferente o su representante legal el formulario o la carta de presentación de la oferta y cualquier documento, referente a precios unitarios o precios por partidas específicas; b) Estar escritas en lápiz “grafito”. c) Haberse omitido la garantía de mantenimiento de oferta, o cuando fuere presentada por un monto o vigencia inferior al exigido o sin ajustarse a los tipos de garantía admisibles. d) Haberse presentado por compañías o personas inhabilitadas para contratar con el Estado, de acuerdo con los artículos 15, 16 y 18 de la Ley de Contratación del Estado. e) Haberse presentado con raspaduras o enmiendas en el precio, plazo de entrega, cantidad o en otro aspecto sustancial de la propuesta, salvo cuando hubieran sido expresamente salvadas por el oferente en el mismo documento; f) Haberse presentado por oferentes no precalificados. g) Establecer condicionamientos que no fueren requeridos; h) Establecer cláusulas diferentes a las previstas en la Ley, en el Reglamento o en el pliego de condiciones; i) Haberse presentado por oferentes que hubieren ofrecido pagos y otros beneficios indebidos a funcionarios o empleados para influir en la adjudicación del contrato;
Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Formalizado el contrato el adjudicatario elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Obra, ajustado al Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en estos. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución del nivel de protección previsto en el Estudio. El Plan será aprobado por el Ayuntamiento, antes del inicio de la obra, previo informe del Coordinador en materia de seguridad y salud o de la Dirección facultativa de la Obra, si no fuera preceptivo designar Coordinador, y se comunicará a la Autoridad Laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de replanteo e inicio de la obra.
Subasta electrónica Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: No.
Licitación electrónica Se admite la presentación de ofertas por medios electrónicos: NO Tablón de anuncios electrónico como medio de comunicación de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada: