Identificación de Defectos. 36.1 Los principios y modalidades de la Inspección de los Servicios por el Contratante serán los establecidos en la CEC. El Contratante deberá verificar el cumplimiento del Proveedor de Servicios y notificarle acerca de cualquier defecto que se detecte. Dicha verificación no deberá afectar las responsabilidades del Proveedor de Servicios. El Contratante puede dar instrucciones al Proveedor de Servicios para que identifique un defecto y revele y pruebe cualquier servicio que el Contratante considera que tiene un defecto. El Período de Responsabilidad por Defectos es el definido en las CEC.
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Samples: Licitación Pública Nacional, Contratación Del Servicio Para Instalación De Parcelas Remedibles De Inventario Forestal, Licitación Pública Nacional
Identificación de Defectos. 36.1 Los principios El principio y las modalidades de la Inspección inspección de los Servicios por el Contratante servicios, a cargo del Contratante, serán los establecidos indicados en la las CEC. El Contratante deberá verificar controlará el cumplimiento desempeño del Proveedor del Servicio y lo notificará de Servicios los defectos que pudiera encontrar. Este control no incidirá en las obligaciones y notificarle acerca de cualquier defecto que se detecte. Dicha verificación no deberá afectar las responsabilidades del Proveedor de Serviciosdel Servicio. El Contratante puede dar instrucciones indicar al Proveedor de Servicios para del Servicio que identifique busque un defecto y revele que descubra y pruebe cualquier algún servicio que el Contratante considera considere que tiene pueda tener un defecto. El Período período de Responsabilidad responsabilidad por Defectos defectos es el definido que se define en las CEC.
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