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IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN DE COMÚN ACUERDO.- Cláusulas de Ejemplo

IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN DE COMÚN ACUERDO.-. Las causales por las cuales no procede la suspensión de común acuerdo son las siguientes: a. Cuando no medie autorización escrita de los terceros que puedan verse afectados.
IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN DE COMÚN ACUERDO.-. Las causales por las cuales no procede la suspensión de común acuerdo son las siguientes: LLAMGCL002-07 / Actualizado 2024/07/17 1. Cuando no medie autorización escrita de los terceros que puedan verse afectados. 2. Cuando el suscriptor o usuario se encuentre en xxxx. 3. Cuando el suscriptor o usuario tenga algún valor pendiente por cancelar, generado de la prestación del servicio, diferente al derivado de la xxxx del no pago de la factura mensual. 4. Cuando el suscriptor o usuario se encuentra inmerso en alguna de las causales de suspensión del servicio. 5. Cuando exceda el tiempo de dos años, tal y como se establece en el numeral 39.1 del presente contrato.
IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN DE COMÚN ACUERDO.-. Las causales por las cuales no procede la suspensión de común acuerdo son las siguientes: 1. Cuando no medie autorización escrita de los terceros que puedan verse afectados. 2. Cuando el suscriptor o usuario se encuentre en xxxx. 3. Cuando el suscriptor o usuario tenga algún valor pendiente por cancelar, generado de la prestación del servicio, diferente al derivado de la xxxx del no pago de la factura mensual. 4. Cuando el suscriptor o usuario se encuentra inmerso en alguna de las causales de suspensión del servicio. 5. Cuando exceda el tiempo de dos años, tal y como se establece en el numeral 39.1 del presente contrato.

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  • Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Los Adjudicatarios cuyos Contratos excedan el equivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10.000,00), están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de Fianzas de compañías aseguradoras de reconocida solvencia en la República Dominicana a solicitud del MOPC, con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el plazo de Cinco (5) días hábiles, contados a partir de la Notificación de la Adjudicación, por el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del Contrato a intervenir, en el caso de tratarse de una MIPYME, corresponderá a UNO POR CIENTO (1%) a disposición de la Entidad Contratante, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de Adjudicación del Contrato. La no comparecencia del Oferente Adjudicatario a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Garantía de Seriedad de la Oferta. Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Entidad Contratante, como Órgano de Ejecución del Contrato, notificará la Adjudicación de los renglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación, conforme al Reporte de Lugares Ocupados. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por la Entidad Contratante, mediante comunicación formal.

  • VIGENCIA DE LA PÓLIZA Es el período durante el cual la aseguradora se compromete, mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona según se detalla en las Condiciones Particulares.

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  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

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